Qué propone
La medida propone la Ley Núm. 72-1993, conocida como la Ley de la Administración de Seguros de Salud de Puerto Rico (ASES), para expandir la elegibilidad al Plan de Salud del Gobierno. Específicamente, busca incluir como beneficiarios a las intercesoras o intercesores legales definidos en la Ley Núm. 54-1989 (Ley de Violencia Doméstica), así como a sus cónyuges e hijos. Se autoriza a ASES a fijar la aportación de estos nuevos beneficiarios y a promulgar los necesarios para su implementación.
Pros
Contras
Intereses en juego
📜 Perspectiva histórica
Esta medida se inscribe en la evolución del sistema de salud de Puerto Rico, que desde la Ley 72-1993 ha consolidado el Plan de Salud del Gobierno (Plan Vital) como el principal mecanismo de acceso a servicios médicos para la población médico-indigente y de bajos ingresos. La propuesta de expandir la elegibilidad a las intercesoras legales y sus familias es un ejemplo de cómo el gobierno ha adaptado y ampliado los grupos cubiertos por este plan a lo largo del tiempo.
En qué va
La medida, identificada como PC 1320, fue el 22 de junio de 2026 y apareció en Primera Lectura de la Cámara el 23 de junio de 2026, siendo referida a comisión(es) ese mismo día.
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Última acción · 23 de junio de 2026
Referido a Comisión(es)
Otras medidas sobre el mismo asunto, encontradas por significado (no solo por palabras).
Para enmendar el inciso (k) de la Sección 3, del Artículo VI, de la Ley Núm. 72-1993, según enmendada, conocida como “Ley de la Administración de Seguros de Salud de Puerto Rico (ASES)”, a los fines de incluir como beneficiarios del Plan de Salud del Gobierno de Puerto Rico a los agentes del Negociado de Investigaciones Especiales (NIE), retirados y activos, adscritos al Departamento de Seguridad Pública de Puerto Rico, conforme a la Ley 20-2017, según enmendada, así como a sus cónyuges e hijos; fijar su aportación; autorizar a la ASES a promulgar los reglamentos pertinentes; y para otros fines relacionados.
Esta medida propone enmendar la Ley de la Administración de Seguros de Salud de Puerto Rico (Ley 72-1993) para incluir a los agentes del Negociado de Investigaciones Especiales (NIE), tanto activos como retirados, junto a sus cónyuges e hijos, como beneficiarios del Plan de Salud del Gobierno. Se autoriza a la Administración de Seguros de Salud (ASES) a establecer los reglamentos necesarios y a fijar la aportación que deberán realizar estos nuevos beneficiarios.
Para enmendar el Artículo 1.3 (l), añadir nuevos incisos (m), (n), (o) y (p), y reordenar alfabéticamente los subsiguientes incisos; enmendar el Artículo 2.1, renumerar y añadir unos nuevos incisos 2.1.A, 2.1.B, y 2.1.C; y enmendar los Artículos 2.3, 2.5 y 3.6 de la Ley Núm. 54 de 15 de agosto de 1989, según enmendada, conocida como “Ley para la Prevención e Intervención con la Violencia Doméstica”, a los fines de establecer procesos más expeditos para obtener una orden de protección en protección a la víctima; para correcciones técnicas; y para otros fines relacionados.
La medida, Proyecto de la Cámara 120, propone enmendar la Ley Núm. 54 de 1989 para agilizar la obtención de órdenes de protección contra la violencia doméstica. Busca modificar varios artículos, incluyendo el 1.3, 2.1, 2.3, 2.5 y 3.6, para establecer un proceso de orden de protección inicial que sea 'automático' al momento de la radicación de la petición. El objetivo es salvaguardar la vida de la víctima de forma inmediata, sin requerir que demuestre un peligro inminente o que se incurra en dilaciones, garantizando a la vez el debido proceso para la parte peticionada mediante una orden de término fijo.
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