Qué propone
El Proyecto de la Cámara 892 buscaba la Ley de Acueductos y Alcantarillados de Puerto Rico para obligar a la Junta de Gobierno de la Autoridad de Acueductos y Alcantarillados (AAA) a someter un informe detallado a la Asamblea Legislativa dentro de los diez (10) días siguientes a cualquier determinación final sobre cambios tarifarios o cargos por servicios. Este informe debía incluir toda la documentación y estudios que justificaran dichos cambios. La medida afectaría directamente a la AAA al imponerle un nuevo requisito de divulgación y a la Asamblea Legislativa al supuestamente darle una herramienta de fiscalización adicional.
Pros
Contras
Intereses en juego
📜 Perspectiva histórica
Esta medida se conecta con el debate histórico sobre la administración del recurso hídrico y las tarifas de la Autoridad de Acueductos y Alcantarillados (AAA). La Fuente 2 detalla los retos de infraestructura y los incrementos tarifarios recurrentes de la AAA, que han sido objeto de disputa entre la y los grupos de consumidores. La medida busca aumentar la fiscalización legislativa sobre estos cambios tarifarios, un tema central en la historia de la AAA.
En qué va
El Proyecto de la Cámara 892 fue el 2 de octubre de 2025 y pasó a Primera Lectura en la Cámara de Representantes el 7 de octubre de 2025, siendo referido a comisión. Posteriormente, el 14 de mayo de 2026, la Comisión de Gobierno de la Cámara emitió un , recomendando no aprobar la medida.
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Última acción · 14 de mayo de 2026
Comisión no recomienda aprobación de la medida
Otras medidas sobre el mismo asunto, encontradas por significado (no solo por palabras).
Para crear la “Ley de Transparencia Operacional del Servicio de Agua Potable de Puerto Rico”; establecer la obligación de la Autoridad de Acueductos y Alcantarillados de proveer información pública continua sobre interrupciones del servicio, trabajos programados y métricas de desempeño operacional; enmendar la Sección 20A de la Ley Núm. 40 de 1 de mayo de 1945, según enmendada, conocida como “Ley de la Autoridad de Acueductos y Alcantarillados de Puerto Rico”; y para otros fines relacionados.”
Esta medida crea la Ley de Transparencia Operacional del Servicio de Agua Potable de Puerto Rico, obligando a la Autoridad de Acueductos y Alcantarillados (AAA) a establecer una plataforma digital pública. Dicha plataforma deberá divulgar continuamente información sobre interrupciones del servicio (causa, abonados afectados, hora estimada de restablecimiento, estatus de reparación en menos de 60 minutos desde el conocimiento), trabajos programados (con 48 horas de antelación) y métricas operacionales trimestrales. Afecta directamente a los abonados de la AAA, a la propia Autoridad en su deber de divulgación, y al Procurador del Ciudadano en su rol de fiscalización.
Para añadir un nuevo inciso (z) a la Sección 4 de la Ley Núm. 40 de 1 de mayo de 1945, según enmendada, conocida como la “Ley de Acueductos y Alcantarillados de Puerto Rico”, a los fines de prohibir a la Autoridad de Acueductos y Alcantarillados de Puerto Rico (AAA) el cobro de cargos por concepto de instalación, conexión o construcción de acometidas en propiedades donde se demuestre la existencia física de dicha infraestructura; disponer que en tales casos la Autoridad solo podrá cobrar el depósito de garantía y los cargos administrativos mínimos de activación de cuenta; requerir inspección de campo previa; imponer a la Autoridad la carga de la prueba cuando alegue que la acometida preexistente es inservible o no cumple con los estándares de seguridad; y para otros fines relacionados.
La medida, Proyecto de la Cámara 1232, enmienda la Ley de Acueductos y Alcantarillados de Puerto Rico para prohibir que la Autoridad de Acueductos y Alcantarillados (AAA) cobre cargos por instalación, conexión o construcción de acometidas de agua o alcantarillado si la infraestructura física ya existe en la propiedad. En tales casos, la AAA solo podrá cobrar un depósito de garantía y cargos administrativos mínimos de activación de cuenta. La medida exige una inspección de campo previa y traslada a la AAA la carga de probar que una acometida preexistente es inservible o insegura, requiriendo un informe técnico detallado antes de imponer nuevos cargos. Afecta directamente a ciudadanos que solicitan servicios de acueductos y alcantarillados y a la AAA en sus procesos de cobro y documentación.
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