Para establecer la política pública del Gobierno de Puerto Rico dirigida a evaluar y simplificar los procesos administrativos, permisos, licencias y requisitos regulatorios aplicables a empresas propiedad de mujeres; ordenar al Departamento de Desarrollo Económico y Comercio de Puerto Rico realizar una evaluación integral de los trámites gubernamentales que inciden en la creación y operación de dichas empresas; requerir la identificación de redundancias regulatorias y oportunidades para la simplificación y digitalización de procesos administrativos; disponer para la preparación de recomendaciones dirigidas a reducir barreras burocráticas que afectan el emprendimiento femenino en Puerto Rico; y para otros fines relacionados.
Qué propone
El P. del S. 1121, una medida legislativa , buscaba establecer la política pública del Gobierno de Puerto Rico para evaluar y simplificar procesos administrativos, permisos, licencias y requisitos regulatorios aplicables a empresas propiedad de mujeres. Ordenaba al Departamento de Desarrollo Económico y Comercio (DDEC) realizar una evaluación integral para identificar redundancias, simplificaciones y digitalización de trámites, y proponer recomendaciones para reducir barreras burocráticas al emprendimiento femenino. La medida no creaba nuevos programas de incentivos ni asignaciones presupuestarias adicionales, sino que se enfocaba en la revisión y recomendación de procesos existentes.
Pros
Contras
Intereses en juego
Perspectiva histórica
La medida se enmarca en la política de desarrollo económico de Puerto Rico, que históricamente ha buscado atraer inversión y fomentar la actividad empresarial a través de incentivos y simplificación de procesos, desde "Manos a la Obra" y la Sección 936 hasta las leyes 20/22 (ahora Ley 60). Aunque la medida se enfoca en empresas de mujeres y no crea nuevos incentivos, su objetivo de reducir barreras burocráticas es consistente con la búsqueda histórica de Puerto Rico por optimizar el entorno empresarial para el crecimiento económico.
En qué va
El P. del S. 1121 fue presentado el 9 de marzo de 2026 y referido a comisión en el Senado. Fue por su autor el 14 de septiembre de 2026, antes de avanzar en el proceso legislativo.
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Última acción · 14 de septiembre de 2026
por su Autor
Otras medidas sobre el mismo asunto. Se encuentran por significado, no solo por palabras.
Para crear el “Registro y Sistema de Certificación de Empresas Propiedad de Mujeres de Puerto Rico”, adscrito al Departamento de Desarrollo Económico y Comercio de Puerto Rico, con el propósito de establecer un mecanismo uniforme de identificación, certificación y recopilación de datos sobre empresas propiedad de mujeres; promover su participación efectiva en programas de desarrollo económico, iniciativas empresariales y oportunidades de mercado existentes; establecer deberes y responsabilidades para las agencias e instrumentalidades del Gobierno de Puerto Rico en la utilización de dicha certificación; disponer para la recopilación y publicación de estadísticas oficiales sobre el emprendimiento femenino en Puerto Rico; establecer disposiciones para su reglamentación e implantación con recursos existentes; y para otros fines relacionados.
La medida P. del S. 1123 buscaba crear el “Registro y Sistema de Certificación de Empresas Propiedad de Mujeres de Puerto Rico”, adscrito al Departamento de Desarrollo Económico y Comercio (DDEC). Su propósito era establecer un mecanismo uniforme para identificar, certificar y recopilar datos sobre estas empresas, promoviendo su participación en programas de desarrollo económico y oportunidades de mercado. La ley impondría deberes a las agencias gubernamentales para utilizar esta certificación y dispondría para la recopilación y publicación de estadísticas sobre emprendimiento femenino, utilizando recursos existentes.
Para establecer la política pública del Gobierno de Puerto Rico dirigida a evaluar periódicamente el estado del emprendimiento femenino en la isla; crear el Observatorio del Emprendimiento Femenino de Puerto Rico, adscrito al Departamento de Desarrollo Económico y Comercio de Puerto Rico; ordenar la preparación de un Informe sobre el Ecosistema Empresarial de Mujeres en Puerto Rico cada tres (3) años; disponer para la elaboración del Índice de Emprendimiento Femenino de Puerto Rico; establecer el análisis de factores relacionados con el acceso a financiamiento, la participación sectorial, las barreras regulatorias y las oportunidades de crecimiento empresarial para mujeres; y para otros fines relacionados.
Crea una nueva ley y un Observatorio del Emprendimiento Femenino dentro de la Oficina de Inteligencia y Estrategias de Negocios del Departamento de Desarrollo Económico y Comercio (DDEC). Le ordena preparar cada tres años un informe con un Índice que analice, entre otros asuntos, financiamiento, sectores económicos, barreras regulatorias y crecimiento de empresas lideradas por mujeres; el primer informe vence el 30 de junio del segundo año natural siguiente a la aprobación de la ley y los siguientes, cada tres años. El informe debe remitirse al Gobernador y a la Asamblea Legislativa dentro de los 90 días de culminado, y el DDEC debe adoptar reglamentación dentro de 180 días. No deroga ni elimina disposiciones vigentes y no asigna fondos adicionales: exige implantarla con los recursos existentes del DDEC.
Para establecer la política pública del Gobierno de Puerto Rico dirigida a fomentar la mentoría empresarial entre mujeres; ordenar al Departamento de Desarrollo Económico y Comercio de Puerto Rico facilitar la creación de un Programa de Mentoría Empresarial para Mujeres; promover la colaboración con asociaciones empresariales, cámaras de comercio, universidades y otras entidades relacionadas con el desarrollo empresarial; fortalecer las redes de apoyo para empresarias emergentes en Puerto Rico; y para otros fines relacionados.
La medida crea la Ley para la Promoción de Mentoría Empresarial entre Mujeres en Puerto Rico. Establece como política pública fomentar la mentoría empresarial femenina y ordena al Departamento de Desarrollo Económico y Comercio (DDEC) a facilitar la creación de una Red de Mentoría Empresarial para Mujeres. Esta red promoverá la colaboración entre empresarias experimentadas y emergentes, involucrando a entidades colaboradoras como asociaciones empresariales y universidades, y se implementará utilizando recursos existentes sin asignaciones presupuestarias adicionales.
“Para crear la “Ley de Incentivos para el Comercio Comunitario y de Proximidad de Puerto Rico”, a los fines de establecer mecanismos de apoyo económico, contributivo y técnico a microempresas y pequeños negocios ubicados en zonas residenciales o comunidades con baja densidad comercial; disponer sobre criterios de elegibilidad, modalidades de incentivos y fiscalización; y para otros fines relacionados.”
La medida PS 576 proponía crear la 'Ley de Incentivos para el Comercio Comunitario y de Proximidad de Puerto Rico'. Establecería un programa adscrito al Departamento de Desarrollo Económico y Comercio (DDEC) para ofrecer apoyo económico, contributivo y técnico a microempresas y pequeños negocios en zonas residenciales o de baja densidad comercial. Los incentivos incluían exención contributiva sobre ingreso neto, subsidio para renta/hipoteca, y asignaciones para acondicionamiento de estructuras, dirigidos a negocios locales con clientela mayormente comunitaria y que no fueran parte de cadenas.
Para establecer el “Fondo de Inversión Estratégico para el Desarrollo Económico”, como instrumento permanente que facilite una inversión continua enfocada en el desarrollo de programas de capacitación que cierren las brechas de habilidades básicas; de capitalización de pequeñas empresas; de crecimiento empresarial mediante la capitalización; aumentar los activos del sector cooperativista de ahorro y crédito, a los fines de desarrollar una economía local de estrecha colaboración con comerciantes, emprendedores y demás ciudadanos; y para otros fines relacionados.
La medida propone la creación del "Fondo de Inversión Estratégico para el Desarrollo Económico", administrado por el Secretario de Hacienda. Este fondo permanente se destinará a programas de capacitación para cerrar brechas de habilidades básicas (automatización, robótica, IA), capitalización de pequeñas y medianas empresas (PYMES), crecimiento empresarial y fortalecimiento del sector cooperativista de ahorro y crédito. Los fondos provendrán de remanentes de la Ley 53-2021 y asignaciones presupuestarias anuales, y su distribución se realizará mediante Resolución Conjunta de la Asamblea Legislativa, afectando a ciudadanos en busca de capacitación, PYMES, emprendedores y cooperativas.
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