Qué propone
El P. del S. 1121 establece la política pública del Gobierno de Puerto Rico para evaluar y simplificar procesos administrativos, permisos, licencias y requisitos regulatorios aplicables a empresas propiedad de mujeres. Ordena al Departamento de Desarrollo Económico y Comercio (DDEC) realizar una evaluación integral de estos trámites, identificar redundancias y oportunidades de digitalización, y preparar recomendaciones para reducir barreras burocráticas. El DDEC deberá presentar un informe al Gobernador y la Asamblea Legislativa en un plazo de 12 meses tras la aprobación de la ley, y realizar revisiones periódicas cada cuatro años.
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Última acción · 12 de marzo de 2026
Referido a Comisión(es)
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Para establecer la política pública del Gobierno de Puerto Rico dirigida a evaluar periódicamente el estado del emprendimiento femenino en la isla; crear el Observatorio del Emprendimiento Femenino de Puerto Rico, adscrito al Departamento de Desarrollo Económico y Comercio de Puerto Rico; ordenar la preparación de un Informe sobre el Ecosistema Empresarial de Mujeres en Puerto Rico cada tres (3) años; disponer para la elaboración del Índice de Emprendimiento Femenino de Puerto Rico; establecer el análisis de factores relacionados con el acceso a financiamiento, la participación sectorial, las barreras regulatorias y las oportunidades de crecimiento empresarial para mujeres; y para otros fines relacionados.
Esta medida crea el Observatorio del Emprendimiento Femenino de Puerto Rico, adscrito al Departamento de Desarrollo Económico y Comercio (DDTC). El Observatorio tendrá la función de recopilar, analizar y divulgar información estratégica sobre el emprendimiento liderado por mujeres en la isla. Cada tres años, deberá preparar un Informe sobre el Ecosistema Empresarial de Mujeres y elaborar un Índice de Emprendimiento Femenino, analizando factores como acceso a financiamiento, barreras regulatorias y oportunidades de crecimiento. La ley establece que su implementación se realizará con recursos administrativos, tecnológicos y analíticos existentes del DDTC.
Para establecer la política pública del Gobierno de Puerto Rico dirigida a fomentar la mentoría empresarial entre mujeres; ordenar al Departamento de Desarrollo Económico y Comercio de Puerto Rico facilitar la creación de un Programa de Mentoría Empresarial para Mujeres; promover la colaboración con asociaciones empresariales, cámaras de comercio, universidades y otras entidades relacionadas con el desarrollo empresarial; fortalecer las redes de apoyo para empresarias emergentes en Puerto Rico; y para otros fines relacionados.
Intereses en juego
📜 Perspectiva histórica
. La medida se enmarca en la política de desarrollo económico de Puerto Rico, que históricamente ha buscado atraer inversión y fomentar la actividad empresarial a través de incentivos y simplificación de procesos, como se vio en "Manos a la Obra" y la Sección 936, y más recientemente con las Leyes 20/22 (ahora Ley 60). Esta medida particular busca extender esa lógica de apoyo al sector empresarial, enfocándose en las empresas propiedad de mujeres, para reducir barreras burocráticas y promover su crecimiento.
En qué va
La medida, P. del S. 1121, fue el Senado el 9 de marzo de 2026 y referida a comisión el 12 de marzo de 2026, apareciendo en Primera Lectura del Senado.
Esta medida, la Ley para la Promoción de Mentoría Empresarial entre Mujeres en Puerto Rico, establece como política pública fomentar el emprendimiento femenino mediante la creación de una Red de Mentoría Empresarial para Mujeres. Ordena al Departamento de Desarrollo Económico y Comercio (DDEC) facilitar esta red, promoviendo la colaboración con entidades públicas y privadas para conectar empresarias experimentadas con mujeres que buscan iniciar o expandir negocios. La ley enfatiza el uso de recursos existentes y no asigna fondos adicionales.
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