Qué propone
Esta medida, el P. del S. 1321, establece el derecho al teletrabajo o trabajo a distancia para empleados en el sector privado. Requiere que los patronos aprueben o denieguen solicitudes por escrito en 15 días, y permite a los empleados regresar a sus puestos presenciales en cualquier momento. El Departamento del Trabajo y Recursos Humanos (DTRH) será el ente encargado de tramitar querellas y establecer penalidades por incumplimiento, incluyendo multas y compensaciones para los empleados afectados.
Pros
Contras
Intereses en juego
En qué va
La medida P. del S. 1321 fue el Senado de Puerto Rico el 15 de junio de 2026 y referida a comisión para su análisis.
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Última acción · 15 de junio de 2026
Referido a Comisión(es)
Otras medidas sobre el mismo asunto. Se encuentran por significado, no solo por palabras.
“Para establecer la “Ley del derecho a la desconexión digital”, con el fin de reconocer a toda persona empleada su derecho a la desconexión de comunicaciones electrónicas relacionadas con su empleo fuera de horas laborales; y para establecer otras disposiciones complementarias.”
Esta medida crea la "Ley del derecho a la desconexión digital" en Puerto Rico. Establece el derecho de toda persona empleada a desconectarse de comunicaciones electrónicas laborales fuera de su horario de trabajo, salvo emergencias. Requiere que los patronos desarrollen políticas escritas sobre el uso de dispositivos electrónicos y notifiquen a sus empleados sobre este derecho, estableciendo un proceso de querellas y penalidades en el Departamento del Trabajo y Recursos Humanos.
“Para añadir los incisos (8) y (9) a la Sección 13 de la Ley Núm. 15 de 14 de abril de 1931, según enmendada, conocida como “Ley Orgánica del Departamento del Trabajo y Recursos Humanos”, y enmendar dicha sección para ampliar la jurisdicción y establecer nuevas facultades a la Oficina de Mediación y Adjudicación; y para otros fines relacionados.”
La medida propone añadir dos incisos (8) y (9) a la Sección 13 de la Ley Núm. 15 de 1931, conocida como la Ley Orgánica del Departamento del Trabajo y Recursos Humanos (DTRH). El objetivo es ampliar la jurisdicción y otorgar nuevas facultades a la Oficina de Mediación y Adjudicación del DTRH. Afecta directamente a los procesos de mediación y adjudicación de disputas laborales y a los empleados y empleadores que interactúan con esta oficina.
Para enmendar los Artículos 2, 4, 5 y 12 de la Ley 36-2020, según enmendada, conocida como la “Ley de Trabajo a Distancia del Gobierno de Puerto Rico”, a los fines de ampliar la política pública allí dispuesta; incluir definiciones, deberes y requisitos; así como adoptar o atemperar la reglamentación vigente para establecer mecanismos de evaluación individualizada y consideración preferente dentro de los programas de teletrabajo en el servicio público para empleados que cualifiquen y sean adultos mayores, con diversidad funcional o que requieran acomodo razonable relacionado con condiciones físicas o mentales; y para otros fines relacionados.
El Proyecto de la Cámara 1290 propone enmendar la Ley 36-2020, conocida como la Ley de Trabajo a Distancia del Gobierno de Puerto Rico, para modificar sus Artículos 2, 4, 5 y 12. Busca ampliar la política pública sobre teletrabajo e incluir definiciones, deberes y requisitos. Principalmente, establece mecanismos de evaluación individualizada y consideración preferente para solicitudes de teletrabajo de empleados gubernamentales que sean adultos mayores, tengan diversidad funcional o requieran acomodo razonable por condiciones físicas o mentales, siempre que las funciones esenciales del puesto lo permitan y no afecte sustancialmente el servicio público.
Para establecer guías para la implementación de licencias flexibles post-parto en el sector privado; promover opciones adaptables que incluyan trabajo remoto, horarios flexibles y extensiones parciales de licencia para apoyar a las nuevas madres y familias sin costos adicionales al erario; requerir su adopción obligatoria en empresas con 15 empleados o más, mientras que sea voluntaria para empresas con menos de 15 empleados; fomentar el aumento en las tasas de natalidad en Puerto Rico mediante políticas familiares equilibradas; y para otros fines relacionados.
Esta ley, conocida como 'Ley de Guías para Licencias Flexibles Post-Parto en el Sector Privado de Puerto Rico', establece guías para la implementación de opciones de trabajo flexible para nuevas madres en empresas privadas. Requiere que las empresas con 15 empleados o más adopten estas guías, que incluyen trabajo remoto, horarios adaptados y extensiones parciales de licencia. Las empresas con menos de 15 empleados pueden adoptarlas voluntariamente. El Departamento del Trabajo y Recursos Humanos (DTRH) desarrollará las guías y establecerá sanciones por incumplimiento.
Para enmendar los Artículos 1 y 3, y añadir un Artículo 3(a) a la Ley 17-2006, según enmendada, conocida como “Ley para el Empleo Prioritario de Personas Mayores de 60 años”, a los fines de incluir expresamente entre las modalidades elegibles de empleo prioritario o la concesión de incentivos encaminados al empleo de personas adultas mayores, los Programa de Trabajo a Distancia en las agencias, departamentos, corporaciones públicas e instrumentalidades públicas, así como programas similares en el sector privado, municipios participantes; así como el implementar un programa de formación y capacitación específico para los adultos mayores en las modalidad de trabajo a distancia; y para otros fines relacionados.
El Proyecto de la Cámara 129 buscaba enmendar la Ley 17-2006 para incluir expresamente el trabajo a distancia (teletrabajo) como una modalidad elegible para el empleo prioritario o la concesión de incentivos a personas mayores de 60 años. También proponía implementar un programa de formación y capacitación específico para adultos mayores en teletrabajo. La medida afectaba directamente a las agencias públicas, corporaciones públicas, instrumentalidades públicas y municipios que pudieran implementar estos programas, así como al sector privado que participara.
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