Qué propone
Esta medida la de la Administración para el Sustento de Menores (ASUME) para establecer un marco claro de sanciones aplicables al incumplimiento en la divulgación de información financiera en casos de pensión alimentaria. Aclara que la capacidad económica no podrá ser imputada como una sanción procesal, sino que debe ser una determinación voluntaria de la parte. Además, dispone la actualización de y procedimientos de ASUME para atemperarlos a estas disposiciones, afectando a los participantes en procesos de pensión alimentaria y a la propia agencia.
Pros
Contras
Intereses en juego
📜 Perspectiva histórica
Esta medida se enmarca en la gestión del sustento de menores, que recae en la Administración para el Sustento de Menores (ASUME), como se describe en la Fuente 2. Históricamente, la efectividad de ASUME ha sido objeto de debate, con defensores de los derechos de menores argumentando que las fórmulas garantizan la supervivencia económica, mientras que grupos de padres no custodios critican los cómputos por sobreestimar ingresos y crear deudas impagables. La medida busca clarificar las sanciones por incumplimiento en la divulgación de información financiera, un aspecto crucial en la determinación de las pensiones alimentarias.
En qué va
La medida, P. del S. 1330, fue el 18 de junio de 2026 y referida a comisión tras su primera lectura en el Senado de Puerto Rico el 19 de junio de 2026.
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Última acción · 19 de junio de 2026
Referido a Comisión(es)
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