Qué propone
La medida crea la "Ley de Brazaletes de Identificación y Respuesta Rápida para Personas en Riesgo de Extravío". Establece un programa voluntario para personas vulnerables (adultos mayores, personas con diversidad funcional, demencias, etc.) que puedan extraviarse o tener dificultad para comunicarse. Utilizará brazaletes con códigos QR o números únicos para facilitar su identificación y contacto con familiares o cuidadores. La Policía de Puerto Rico custodiará el registro, y se promoverá la coordinación interinstitucional y municipal.
Pros
Contras
Intereses en juego
En qué va
La medida, Proyecto del Senado 1359, fue el 29 de junio de 2026 y referida a comisión en el Senado de Puerto Rico el 30 de junio de 2026, tras su primera lectura.
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Última acción · 30 de junio de 2026
Referido a Comisión(es)
Otras medidas sobre el mismo asunto, encontradas por significado (no solo por palabras).
Para establecer la “Ley de Alerta Protección Especial”, a los fines de crear un sistema de alerta en la jurisdicción de Puerto Rico dirigido a la protección de personas con autismo y diversidad funcional que padecen condiciones que afectan sus capacidades cognitivas o de orientación; establecer las facultades y deberes de las entidades gubernamentales; y para otros fines relacionados.
Establece la "Ley de Alerta Protección Especial" para crear un sistema de alerta pública operado por la Policía de Puerto Rico, dirigido a la localización inmediata de personas con autismo y diversidad funcional que padecen condiciones que afectan sus capacidades cognitivas o de orientación. El sistema se activará bajo criterios específicos de desaparición y riesgo inminente, y la difusión se realizará a través de medios masivos de comunicación y sistemas de alerta de emergencia.
“Para enmendar el Artículo 14 de la Ley 146-2012, según enmendada, denominada “Código Penal de Puerto Rico”, a los fines de restaurar el orden alfabético de las definiciones recogidas en el estatuto, introducir definiciones para los términos “persona con impedimentos” y “persona de edad avanzada” y realizar enmiendas técnicas; y para otros fines relacionados.”
Esta medida enmienda el Artículo 14 de la Ley 146-2012, el Código Penal de Puerto Rico. Su objetivo es reordenar alfabéticamente las definiciones existentes, e introduce definiciones específicas para los términos 'persona con impedimentos' y 'persona de edad avanzada'. Realiza también otras enmiendas de carácter técnico.
Para crear la "Ley para la Identificación, Protección y Atención Diferenciada de Personas con Trastornos Neurocognitivos Mayores en Puerto Rico", a los fines de establecer un sistema de identificación voluntaria especializada para personas diagnosticadas con trastornos neurocognitivos mayores; establecer protocolos de atención prioritaria diferenciada en servicios de salud y agencias del Gobierno de Puerto Rico; establecer un protocolo de intervención policial proactiva para la atención de estas personas; ordenar la capacitación obligatoria del personal de agencias y cuerpos de seguridad; establecer sanciones por incumplimiento; asignar funciones a las agencias concernidas; y para otros fines relacionados.
Esta medida crea la Ley para la Identificación, Protección y Atención Diferenciada de Personas con Trastornos Neurocognitivos Mayores en Puerto Rico. Establece un sistema voluntario de identificación especializada para personas diagnosticadas con estas condiciones, y exige protocolos de atención prioritaria en servicios de salud y agencias gubernamentales. También ordena la capacitación del personal de agencias y cuerpos de seguridad, y crea un protocolo de intervención policial proactiva. Afecta directamente a personas con trastornos neurocognitivos mayores, sus cuidadores, proveedores de salud, agencias gubernamentales y cuerpos de seguridad.
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