Para enmendar el Artículo 26 de la 146-2012, segun enmendada, conocida como “Código Penal de Puerto Rico”, insertar un nuevo Artículo 5 en la Ley 70-2008, según enmendada, conocida como “Ley Habilitadora para Desarrollar el Plan AMBER”, insertar un nuevo Artículo 8 en la Ley 132-2009, según enmendada, conocida como “Ley Habilitadora para Implantar el Plan de Alerta SILVER”, insertar un nuevo Artículo 6 en la Ley 149-2019, según enmendada, conocida como “Ley Habilitadora para Establecer el Plan ROSA” e insertar un nuevo Artículo 7 en la Ley 1-2021, según enmendada, conocida como “Ley Habilitadora para Establecer el Plan de Alerta Ashanti”; y renumerar los correspondientes artículos, a los fines de eximir a los agentes del orden público de responsabilidad penal cuando penetren en una propiedad durante la búsqueda de una persona reportada como desaparecida y se encuentre en peligro inminente; fomentar esfuerzos adicionales en la búsqueda de personas desaparecidas; y para otros fines relacionados.
Medida·Senado·Sesión 2025-2028
Recorrido
Radicada→En comisión→Rechazada
🤖 Resumen en lenguaje sencillo▾
Qué propone
El Proyecto del Senado 157 buscaba el Código Penal de Puerto Rico y las leyes habilitadoras de los planes de alerta (Amber, Silver, Rosa, Ashanti) para eximir a los agentes del orden público de responsabilidad penal al penetrar en una propiedad privada durante la búsqueda de una persona desaparecida en peligro inminente. La medida pretendía modificar el eximente de 'estado de necesidad' y consignar la facultad de los agentes para entrar en moradas sin orden judicial bajo una 'creencia razonable'. Afectaría directamente la actuación de la policía en situaciones de búsqueda y la protección del derecho a la intimidad y la inviolabilidad del hogar de los ciudadanos.
Pros
•Busca agilizar la búsqueda de personas desaparecidas, especialmente aquellas en peligro inminente, al eliminar posibles vacilaciones de los agentes del orden público por temor a responsabilidad penal.
•Intenta dotar a los agentes de herramientas más directas para actuar en situaciones críticas donde cada minuto puede ser crucial para salvar una vida, como se desprende del caso que motiva la medida.
•Reconoce la necesidad de fortalecer los esfuerzos de búsqueda y rescate de poblaciones vulnerables, alineándose con la política pública ya establecida en las leyes de Alerta Amber, Silver, Rosa y Ashanti.
Contras
•Presenta serios problemas constitucionales al autorizar a los agentes del orden público a entrar en propiedades privadas sin orden judicial, basándose en una 'creencia razonable', lo cual contraviene la Sección 10 del Artículo II de la Constitución de Puerto Rico y la Cuarta de la Constitución de EE. UU. sobre registros irrazonables.
•La redacción de la medida es vaga y podría conducir a una aplicación arbitraria o discrecional de la ley, sustituyendo el control judicial por decisiones subjetivas y abriendo la puerta a intervenciones abusivas o discriminatorias, especialmente contra poblaciones vulnerables.
•Las agencias consultadas, incluyendo el Departamento de la Familia, la Oficina de la Procuradora de las Mujeres y la Oficina de Servicios Legislativos, advirtieron que la medida, tal como está redactada, debilita garantías constitucionales fundamentales y no debe aprobarse sin sustanciales que protejan los derechos civiles.
Intereses en juego
Beneficia a:
Los agentes del orden público, al otorgarles mayor facultad de acción y un posible eximente penal en escenarios de búsqueda de personas desaparecidas.
Preocupa a:
Los ciudadanos, por la potencial vulneración de su derecho a la intimidad y la inviolabilidad de su hogar, y las agencias con deberes constitucionales de protección de derechos.
Quién paga o decide:
El Departamento de Seguridad Pública y sus agencias adscritas (Policía de Puerto Rico) serían los encargados de la implementación operativa. La decisión final sobre la aprobación recae en la Asamblea Legislativa, con la posible intervención del poder ejecutivo.
📜 Perspectiva histórica
. Esta medida se inscribe en el debate sobre la actuación de la Policía de Puerto Rico y la protección de los derechos civiles, un tema recurrente en la historia reciente de la Uniformada. El decreto de consentimiento federal de 2013, mencionado en los fragmentos, impuso una reforma para asegurar que los registros y arrestos se realizaran conforme a estándares constitucionales, lo que contrasta con la propuesta de la medida de eximir a los agentes de responsabilidad penal por entrar en propiedades sin orden judicial.
En qué va
El Proyecto del Senado 157 fue el 2 de enero de 2025 y referido a comisión en el Senado. El 31 de octubre de 2025, la Comisión de Seguridad Pública y Asuntos del Veterano emitió un , no recomendando su aprobación debido a serias preocupaciones constitucionales.
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