Para declarar la última semana del mes de mayo de cada año, como la “Semana del Programa de Educación para Adultos del Departamento de Educación de Puerto Rico”, a fin de reconocer la labor educativa que realiza dicho Programa; destacar los logros de sus participantes; y difundir al Pueblo puertorriqueño sobre las oportunidades académicas, ocupacionales y de desarrollo personal de este.
Qué propone
La medida declara la última semana del mes de mayo de cada año como la "Semana del Programa de Educación para Adultos del Departamento de Educación de Puerto Rico". Su propósito es reconocer la labor del programa, destacar los logros de sus participantes y difundir las oportunidades académicas, ocupacionales y de desarrollo personal que ofrece a la ciudadanía adulta. El Departamento de Educación deberá organizar actividades y divulgar información sobre el programa durante esta semana, con la colaboración de entidades municipales, laborales, educativas y comunitarias.
Pros
Contras
Intereses en juego
En qué va
Esta medida legislativa (PS 1474) fue el 21 de septiembre de 2026 y referida a comisión el 24 de septiembre de 2026, tras aparecer en Primera Lectura del Senado. Es presentada por la senadora Jamie Barlucea Rodríguez (PNP).
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Última acción · 24 de septiembre de 2026
Referido a Comisión(es)
Otras medidas sobre el mismo asunto. Se encuentran por significado, no solo por palabras.
Para crear la “Ley del Programa de Educación para el Respeto, Cuidado, Protección y Dignidad de las Personas Adultas Mayores en las Escuelas Públicas de Puerto Rico”, a los fines de establecer como política pública la educación de las nuevas generaciones sobre el envejecimiento, los derechos, la dignidad, el cuidado y la protección de las personas adultas mayores; crear un programa educativo progresivo para los niveles elemental, intermedio y superior; establecer componentes de educación sobre edadismo, abandono, negligencia, maltrato, aislamiento social y explotación financiera; promover experiencias intergeneracionales; establecer las responsabilidades del Departamento de Educación y la colaboración interagencial; disponer para la capacitación del personal docente; establecer mecanismos de evaluación científica y rendición de cuentas; asignar los recursos necesarios para su implementación; y para otros fines relacionados.
La medida crea la Ley del Programa de Educación para el Respeto, Cuidado, Protección y Dignidad de las Personas Adultas Mayores en las Escuelas Públicas de Puerto Rico. Establece como política pública la educación sobre el envejecimiento, los derechos y la protección de adultos mayores, creando un currículo progresivo para todos los niveles escolares. El Departamento de Educación desarrollará e implementará el programa, capacitará al personal docente y colaborará con otras agencias y entidades. Afecta directamente a estudiantes, personal docente y administrativo del sistema público de enseñanza.
Para reconocer el cuarto domingo de julio de cada año como el “Día de la Fe de la Juventud Puertorriqueña” y para otros fines relacionados.
La medida PS 1469 propone reconocer el cuarto domingo de julio de cada año como el “Día de la Fe de la Juventud Puertorriqueña”. El Gobernador emitirá una proclama anual exhortando al pueblo a rendir homenaje a los jóvenes creyentes. Se exhorta a agencias gubernamentales y comunidades de fe a convocar actividades relacionadas. La ley entrará en vigor inmediatamente después de su aprobación y contiene una cláusula de salvaguarda para su validez parcial.
Para establecer como política pública del Gobierno de Puerto Rico la integración del Lenguaje de Señas Puertorriqueño (PRSL) y del Lenguaje de Señas Americano (ASL) como curso académico formal en el sistema de educación pública; autorizar la creación de una ruta ocupacional en Traducción e Interpretación de Lenguaje de Señas bajo el marco de la educación ocupacional y técnica; ordenar la ejecución de un Programa Piloto en la Escuela Especializada en Idiomas Juan Ponce de León del Municipio de Humacao; y para otros fines relacionados.
La medida PS 1476 establece como política pública la integración del Lenguaje de Señas Puertorriqueño (PRSL) y el Lenguaje de Señas Americano (ASL) como curso académico formal en el sistema de educación pública. Autoriza la creación de una ruta ocupacional en Traducción e Interpretación de Lenguaje de Señas y ordena la ejecución de un Programa Piloto en la Escuela Especializada en Idiomas Juan Ponce de León en Humacao. Afecta directamente al Departamento de Educación de Puerto Rico (DEPR) y a estudiantes de nivel secundario.
Para declarar el mes de septiembre de cada año como el “Mes de Concientización sobre el Testamento y la Planificación Sucesoria”, con el propósito de educar sobre la planificación sucesoria; fomentar la otorgación de testamentos; ordenar la creación de campañas educativas sobre la seguridad jurídica patrimonial después de la muerte; establecer una proclama anual; y para otros fines relacionados.
Esta medida legislativa declara el mes de septiembre de cada año como el “Mes de Concientización sobre el Testamento y la Planificación Sucesoria”. Ordena al Gobernador a emitir una proclama anual y al Departamento de Justicia, en coordinación con el Departamento de Estado y la Oficina de Inspección de Notarías (ODIN), a implementar una política pública de educación legal. Esto incluye la organización de foros, alianzas con entidades no gubernamentales y el desarrollo de un portal digital. Las agencias deberán usar sus presupuestos ordinarios o buscar fondos externos para estas iniciativas, y el Departamento de Justicia deberá rendir un informe anual a la Asamblea Legislativa sobre el impacto de la campaña. Afecta a la ciudadanía al buscar educarla sobre planificación sucesoria y a las agencias gubernamentales encargadas de su implementación.
Para declarar la tercera semana del mes de octubre, como la “Semana del Profesional de Recursos Humanos y Relaciones Laborales en Puerto Rico” con el fin de reconocer la labor de los profesionales de recursos humanos y de las relaciones laborales; celebrar actividades educativas para promover la capacitación y el desarrollo de estos profesionales; y para otros fines relacionados.
Crea por ley la “Semana del Profesional de Recursos Humanos y Relaciones Laborales en Puerto Rico” durante la tercera semana de octubre de cada año; no deroga ni enmienda otra ley. La OATRH y el Departamento del Trabajo deberán promover actividades de reconocimiento con los recursos disponibles de cada agencia, sin asignaciones presupuestarias adicionales. El Gobernador deberá emitir una proclama al menos 10 días antes de esa semana y exhortar a entidades públicas y privadas y a la ciudadanía a participar u organizar actividades; el Departamento de Estado distribuirá la proclama a los medios. Aunque el título menciona actividades educativas, el articulado no exige específicamente capacitación ni adiestramientos.
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