Qué propone
Crea una ley nueva y añade la Sección 4030.29 y un párrafo a la Sección 6080.14 del Código de Rentas Internas, además de añadir una al Artículo 24 de la Ley 272-2003. Un evento debe durar al menos dos días, celebrarse presencialmente, generar estadías y tener más de la mitad de sus participantes presenciales inscritos como no residentes; Hacienda expediría el certificado luego de que Turismo evalúe los requisitos turísticos. El certificado permitiría eximir del 100% del IVU estatal y municipal ciertas compras de la entidad organizadora, y del impuesto de hospedaje las habitaciones pagadas por esa entidad, hasta diez noches por participante y evento. La solicitud debe presentarse al menos 60 días antes; Turismo tendría 15 días laborables para evaluar y Hacienda 30 días laborables para notificar su determinación final, y las exenciones comenzarían 180 días después de la aprobación; no se ninguna disposición, sino que se crean estas exenciones nuevas.
Pros
Contras
Intereses en juego
En qué va
Fue el 15 de octubre de 2026. La información de trámite provista no identifica una comisión de referido ni una acción posterior.
Generado por IA · puede contener errores y los argumentos a favor/en contra son posibles puntos de debate, no una postura oficial. Verifica con el texto oficial.
Última acción · 15 de octubre de 2026
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