Qué propone
los artículos 3 y 5 de la Ley 20-2024 y añade el artículo 3-A. Exige que las entidades gubernamentales permitan solicitar citas o turnos por plataforma digital, teléfono y presencialmente, y que cada oficina reserve al menos el 15% de su capacidad diaria para solicitudes telefónicas o presenciales; esos espacios no se ofrecerán inicialmente por la plataforma digital. Amplía las opciones no digitales para entregar formularios, recibir orientación y evitar cargos adicionales, pérdida de turno o trato adverso por usar esas opciones; también añade una alternativa presencial o telefónica para ciertos servicios digitales de duración o disponibilidad geográfica limitada. PRITS debe establecer el protocolo uniforme dentro de 120 días y las entidades deben implantar los cambios dentro de 180 días; el texto conserva las disposiciones reproducidas sobre formularios impresos, asistencia tecnológica y equipo computadorizado, sin eliminar expresamente esos requisitos.
Pros
Contras
Intereses en juego
En qué va
La medida fue el 15 de octubre de 2026 y referida a una comisión; el documento no identifica cuál. No consta en la información provista una votación ni acción posterior.
Generado por IA · puede contener errores y los argumentos a favor/en contra son posibles puntos de debate, no una postura oficial. Verifica con el texto oficial.
Última acción · 15 de octubre de 2026
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