Para enmendar el Artículo 4 de la Ley Núm. 45 de 3 de junio de 1983, según enmendada, a los fines de establecer que las huellas dactilares y fotografías de una persona cuyo historial criminal haya sido eliminado permanecerán bajo la custodia del Estado y se conservarán de manera confidencial; y para otros fines relacionados.
Qué propone
el Artículo 4 de la Ley 45-1983 para que las huellas dactilares y fotografías de personas cuyo historial criminal se elimine bajo la Ley 254-1974 permanezcan bajo custodia del Estado, sean estrictamente confidenciales y solo puedan usarse por agencias autorizadas por ley en sus funciones oficiales. La ley permite solicitar la devolución de esos datos a personas absueltas o indultadas, pero no establecía en ese artículo una regla expresa para quienes obtienen la eliminación de su historial bajo la Ley 254. La medida no cambia el trámite de devolución para absueltos o indultados: si el Ministerio Público no objeta en 10 días, el tribunal puede ordenar la devolución sin vista; si objeta, se celebra una .
Pros
Contras
Intereses en juego
En qué va
Fue en el Senado el 19 de octubre de 2026. El trámite no indica que haya sido referido a una comisión ni que haya recibido otra acción legislativa.
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Última acción · 19 de octubre de 2026
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