Qué propone
Esta medida legislativa establece la Administración para el Mejoramiento de la Infraestructura de las Escuelas Públicas (AMIEP), otorgándole autonomía fiscal y administrativa. Crea un nuevo organismo adscrito al Departamento de Educación, pero con capacidad jurídica propia y exento de ciertas leyes de compras y administración de servicios generales. La AMIEP asumirá las funciones de la antigua Oficina para el Mejoramiento de las Escuelas Públicas (OMEP) y se le asignan mecanismos de financiamiento específicos, como transferencias del presupuesto del Departamento de Educación y un dólar por factura de la Autoridad de Acueductos y Alcantarillados.
Pros
Contras
Intereses en juego
Perspectiva histórica
Esta medida se inscribe en el contexto de la infraestructura escolar, un tema recurrente en la historia reciente de Puerto Rico, especialmente tras los terremotos de 2020 que expusieron la vulnerabilidad de los planteles y la falta de mantenimiento. La creación de una nueva administración con autonomía fiscal y administrativa para el mejoramiento de la infraestructura escolar busca abordar las deficiencias históricas en la gestión de fondos y la ejecución de proyectos, que han sido un problema persistente en el Departamento de Educación.
En qué va
La medida, Proyecto del Senado 191, fue el 8 de enero de 2025 y referida a comisión en el Senado. Tuvo una el 9 de septiembre de 2025.
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Última acción · 9 de septiembre de 2025
: Salón Roberto Rexach Benítez
Otras medidas sobre el mismo asunto. Se encuentran por significado, no solo por palabras.
Para crear la "Ley parala Municipalización y el Mantenimiento Optimo de los Planteles de Educación Pública"; disponer el traspaso de titularidad de los planteles escolares; añadir un nuevo inciso (g) al Articulo 8.01 y dos nuevos Articulos 8.02 y 8.03 a la Ley 85-2018, según enmendada, a los fines de viabilizar la transferencia voluntaria de las gestiones no docentes en los planteles escolares a los municipios de Puerto Rico, autorizar el establecimiento de consorcios o agrupaciones de municipios para estos fines; establecer el carácter obligatorio de parte del Departamento de Educación en responder positivamente a cualquier solicitud de transferencia de parte de cualquier municipio o alianza entre ellos, asi como delinear los deberes y responsabilidades de este Departamento, de la Oficina de Gerencia y Presupuesto, de la Autoridad de Asesoria Financiera y Agencia Fiscal y del Departamento de Hacienda con relación a cualquier transferencia propuesta; todo ello en aras de promover que los municipios puedan voluntariamente ofrecerse a responsabilizarse del mantenimiento de los planteles escolares y otros servicios dirigidos a asegurar la calidad de las instalaciones educativas disponibles para nuestros esfudiantes, y para otros fines relacionados.
La medida crea la 'Ley para la Municipalización y el Mantenimiento Óptimo de los Planteles de Educación Pública' y enmienda la Ley 85-2018 para permitir el traspaso voluntario de la titularidad de planteles escolares y/o la gestión de servicios no docentes (mantenimiento, transportación, comedor, administración general) a los municipios. Afecta directamente al Departamento de Educación, a los municipios que soliciten la transferencia y a los estudiantes al modificar la administración de sus instalaciones educativas.
Para enmendar el Articulo 8.01 de la Ley 85-2018, según enmendada, conocida como "Ley de Reforma Educativa de Puerto Rico", a los fines de disponer que todos los proyectos y planos de construcción de planteles escolares, deberán incluir la instalación de plantas de emergencia o cualesquiera otros dispositivos alternos para la generación de energia renovable y cisternas u otros sistemas de captación de agua, de manera que no se vean interrumpidas las labores escolares en aquellas ocasiones donde falle el suplido normal de cualquiera de estos dos recursos; derogar la Ley 96- 2005, conocida como "Ley sobre Equipos de Emergencia en los Planteles Escolares"; y la Res. Conj. 75-2018; y para otros fines relacionados.
El Proyecto del Senado 192 enmienda el Artículo 8.01 de la Ley 85-2018 (Ley de Reforma Educativa) para exigir que todos los nuevos proyectos y planos de construcción de planteles escolares incluyan plantas de emergencia o dispositivos de energía renovable, y cisternas o sistemas de captación de agua. Busca asegurar la continuidad de labores escolares ante fallos en el suministro de energía o agua. Además, deroga la Ley 96-2005 y la Res. Conj. 75-2018, consolidando estas disposiciones en la Ley 85-2018. Afecta directamente al Departamento de Educación, la Autoridad de Edificios Públicos, el Colegio de Ingenieros y Agrimensores, y a los futuros proyectos de construcción escolar.
Para establecer la Ley de Apoyo a Sistemas Municipales de Educación; disponer los mecanismos de apoyo económico y operacional para las escuelas municipales, así como los requisitos y obligaciones municipales para gozar de los mismos; y para otros fines.
Esta medida, la 'Ley de Apoyo a Sistemas Municipales de Educación', busca establecer y apoyar escuelas públicas alianza operadas por municipios. Enmienda la Ley 85-2018 para garantizar que al menos 15 de las Escuelas Públicas Alianza sean municipales y que se destinen fondos específicos para ellas a partir del año fiscal 2025-2026. Afecta directamente a los municipios con capacidad y recursos para operar escuelas, al Departamento de Educación (DE) en la asignación de fondos, y a estudiantes y comunidades que se beneficiarían de estas escuelas municipales.
Para enmendar los Artículos 2.04, 2.08, 2.22, 2.23 y añadir los nuevos Artículos 2.02-A, 2.04-A, 2.26, 2.27 y 2.28 a la Ley 85-2018, según enmendada, conocida como la "Ley de Reforma Educativa de Puerto Rico", a los fines de establecer una nueva estructura organizacional para el Departamento de Educación; crear las posiciones de Subsecretario, Oficial Principal Financiero y Oficial Principal de Informática; disponer sus cualificaciones, funciones y deberes; transformar al Subsecretario para Asuntos Académicos y Programáticos en el Oficial Principal Académico; establecer la coordinación entre estos; y para otros fines relacionados.
Esta medida enmienda la Ley 85-2018 (Ley de Reforma Educativa) para reestructurar el Departamento de Educación (DE). Crea las posiciones de Subsecretario, Oficial Principal Financiero (CFO), Oficial Principal de Informática (CIO) y Oficial Principal Académico (CAO). Establece un orden de sucesión para el Secretario del DE y define las cualificaciones y deberes de estas nuevas posiciones, además de reorganizar varias oficinas internas. Afecta directamente la estructura administrativa y de toma de decisiones del DE.
Para crear la “Ley del Programa Piloto para la Integración del Pre-Kínder al Sistema Público de Enseñanza de Puerto Rico”, a los fines de establecer un programa piloto dirigido a incorporar el nivel de Pre-Kínder como parte de la educación formal elemental dentro del sistema de enseñanza pública; disponer sobre su implantación gradual en las escuelas del Departamento de Educación de Puerto Rico; establecer los deberes y responsabilidades del Departamento de Educación; autorizar la adopción de reglamentación; disponer sobre la identificación de fondos; requerir informes de evaluación y resultados; y para otros fines relacionados.
La medida crea la "Ley del Programa Piloto para la Integración del Pre-Kínder al Sistema Público de Enseñanza de Puerto Rico". Establece un programa piloto para incorporar el nivel de Pre-Kínder (niños de 4 años cumplidos) como parte de la educación formal elemental en escuelas públicas seleccionadas por el Departamento de Educación. El programa iniciará al inicio del próximo año escolar, sujeto a disponibilidad de fondos, y requerirá reglamentación específica en 180 días.
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