Qué propone
La medida P. del S. 191 propone la creación de la Administración para el Mejoramiento de la Infraestructura de las Escuelas Públicas (AMIEP). Esta nueva entidad tendrá autonomía fiscal y administrativa, y estará excluida de la Ley de Centralización de Compras (Ley 73-2019). Se definen las funciones del Secretario de Educación, del Administrador de la AMIEP y su personal, y se la Resolución Conjunta Núm. 3 de 1990 que creó la Oficina para el Mejoramiento de las Escuelas Públicas (OMEP). La medida busca establecer una política pública y asignar responsabilidades para la conservación de los centros escolares, afectando directamente al Departamento de Educación, su personal, estudiantes y la comunidad escolar en general.
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Última acción · 9 de septiembre de 2025
: Salón Roberto Rexach Benítez
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Para crear la "Ley parala Municipalización y el Mantenimiento Optimo de los Planteles de Educación Pública"; disponer el traspaso de titularidad de los planteles escolares; añadir un nuevo inciso (g) al Articulo 8.01 y dos nuevos Articulos 8.02 y 8.03 a la Ley 85-2018, según enmendada, a los fines de viabilizar la transferencia voluntaria de las gestiones no docentes en los planteles escolares a los municipios de Puerto Rico, autorizar el establecimiento de consorcios o agrupaciones de municipios para estos fines; establecer el carácter obligatorio de parte del Departamento de Educación en responder positivamente a cualquier solicitud de transferencia de parte de cualquier municipio o alianza entre ellos, asi como delinear los deberes y responsabilidades de este Departamento, de la Oficina de Gerencia y Presupuesto, de la Autoridad de Asesoria Financiera y Agencia Fiscal y del Departamento de Hacienda con relación a cualquier transferencia propuesta; todo ello en aras de promover que los municipios puedan voluntariamente ofrecerse a responsabilizarse del mantenimiento de los planteles escolares y otros servicios dirigidos a asegurar la calidad de las instalaciones educativas disponibles para nuestros esfudiantes, y para otros fines relacionados.
La medida crea la 'Ley para la Municipalización y el Mantenimiento Óptimo de los Planteles de Educación Pública'. Dispone el traspaso voluntario de la titularidad de planteles escolares y la gestión de servicios no docentes a los municipios. Autoriza la formación de consorcios municipales para estos fines y enmienda la Ley 85-2018 para viabilizar estas transferencias. Establece como obligatorio que el Departamento de Educación responda positivamente a las solicitudes de transferencia de los municipios, delineando responsabilidades de varias agencias gubernamentales.
Intereses en juego
📜 Perspectiva histórica
. Esta medida se inscribe en el debate histórico sobre la infraestructura escolar, que se ha agudizado por los terremotos de 2020 que expusieron la vulnerabilidad estructural de los planteles y la falta de mantenimiento. La creación de una nueva administración con autonomía fiscal y administrativa busca abordar las ineficiencias y la centralización burocrática que han caracterizado al Departamento de Educación en el manejo de fondos y proyectos de infraestructura.
En qué va
La medida P. del S. 191 fue el 8 de enero de 2025 y referida a la Comisión de Gobierno del Senado, donde tuvo una el 9 de septiembre de 2025.
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Para enmendar el Articulo 8.01 de la Ley 85-2018, según enmendada, conocida como "Ley de Reforma Educativa de Puerto Rico", a los fines de disponer que todos los proyectos y planos de construcción de planteles escolares, deberán incluir la instalación de plantas de emergencia o cualesquiera otros dispositivos alternos para la generación de energia renovable y cisternas u otros sistemas de captación de agua, de manera que no se vean interrumpidas las labores escolares en aquellas ocasiones donde falle el suplido normal de cualquiera de estos dos recursos; derogar la Ley 96- 2005, conocida como "Ley sobre Equipos de Emergencia en los Planteles Escolares"; y la Res. Conj. 75-2018; y para otros fines relacionados.
El Proyecto del Senado 192 enmienda el Artículo 8.01 de la Ley 85-2018 (Ley de Reforma Educativa) para exigir que todos los proyectos y planos de construcción de planteles escolares incluyan plantas de emergencia o dispositivos de energía renovable, así como cisternas o sistemas de captación de agua. El objetivo es asegurar la continuidad de labores escolares ante fallos en el suministro normal de estos recursos. La medida deroga la Ley 96-2005 y la Resolución Conjunta 75-2018, consolidando estas disposiciones bajo el marco de la Ley 85-2018. Afecta directamente al Departamento de Educación, la Autoridad de Edificios Públicos y todas las nuevas construcciones escolares.
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