Qué propone
El Proyecto del Senado 192 el Artículo 8.01 de la Ley 85-2018 (Ley de Reforma Educativa) para exigir que todos los proyectos y planos de construcción de planteles escolares incluyan plantas de emergencia o dispositivos de energía renovable, así como cisternas o sistemas de captación de agua. El objetivo es asegurar la continuidad de labores escolares ante fallos en el suministro normal de estos recursos. La medida la Ley 96-2005 y la Resolución Conjunta 75-2018, consolidando estas disposiciones bajo el marco de la Ley 85-2018. Afecta directamente al Departamento de Educación, la Autoridad de Edificios Públicos y todas las nuevas construcciones escolares.
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Última acción · 20 de febrero de 2026
Remitido a Comisión de Calendarios de la Cámara
La lectura de coincidencia compara solo a favor vs. en contra de cada lado.
A favor (26)
Otras medidas sobre el mismo asunto, encontradas por significado (no solo por palabras).
Para enmendar el Artículo 8.01 de la Ley 85-2018, según enmendada, conocida como “Ley de Reforma Educativa de Puerto Rico”, a los fines de disponer que todos los proyectos y planos de construcción de planteles escolares, deberán incluir la instalación de plantas de emergencia o cualesquiera otros dispositivos alternos para la generación de energía renovable y cisternas u otros sistemas de captación de agua, de manera que no se vean interrumpidas las labores escolares en aquellas ocasiones donde falle el suplido normal de cualquiera de estos dos recursos; derogar la Ley 96-2005, conocida como “Ley sobre Equipos de Emergencia en los Planteles Escolares”; y la Res. Conj. 75-2018; y para otros fines relacionados.
La medida Propone enmendar el Artículo 8.01 de la Ley 85-2018 (Ley de Reforma Educativa) para exigir que todos los nuevos proyectos y planos de construcción de planteles escolares incluyan obligatoriamente plantas de emergencia o sistemas de energía renovable alternos, y cisternas o sistemas de captación de agua. El objetivo es evitar la interrupción de labores escolares por fallas en el suministro eléctrico o de agua. La medida deroga la Ley 96-2005 y la Res. Conj. 75-2018. Afecta directamente al Departamento de Educación, a los diseñadores y constructores de escuelas, y de forma indirecta a estudiantes y personal escolar.
Para enmendar el Articulo 2.(X, y afradir un nuevo Articulo 8.02, en la Ley 85-2018, según enmendada, conocida como "Ley de Reforma Educativa de Puerto Rico", a los fines de disponer para que se incluyan en el curriculo de enseñanza del sistema público, módulos orientados hacia cómo establecer huertos escolares en aquellos planteles que cuenten o formen parte del Programa de Educación Agricola y, además, cuenten con las facilidades o los terrenos aptos para ello, de conformidad con las normas aplicables; proveer para que el Secretario del Departamento de Educación establezca, mediante reglamento, la planificación y estrategias sobre la adquisición y uso y manejo de terrenos para la enseflanza agricola, y autorizarle a suscribir acuerdos colaborativos con otros jefes de agencias e instrumentalidades priblicas que sean tenedoras de fincas, terrenos o remanentes de estos, aledaffos a escuelas que cuenten con programas de educación agrícola, para que se puedan destinar para la enseñanza de dicha materia; derogar Ia Ley Núm. 19 de 30 de marzo de 1944, según enmendada, la Ley 233-2018, y la Res. Conj.127-2011y para otros fines relacionados
Contras
Intereses en juego
📜 Perspectiva histórica
. Esta medida se inscribe en el contexto de la Ley 85-2018, conocida como la Ley de Reforma Educativa de Puerto Rico, y busca abordar la vulnerabilidad de los planteles escolares, un problema que se hizo evidente tras los terremotos de 2020 y la falta de mantenimiento, como se menciona en los fragmentos. La propuesta de instalar sistemas de energía renovable y captación de agua busca mitigar las interrupciones en las labores escolares, un problema que se agudizó con los desastres naturales y la crisis de infraestructura.
En qué va
El Proyecto del Senado 192 fue aprobado por el Senado el 24 de junio de 2025 y enviado a la Cámara de Representantes, donde recibió un de la Comisión de Educación el 20 de febrero de 2026.
En contra (2)
La medida enmienda la Ley 85-2018 para integrar módulos sobre la creación de huertos escolares en el currículo del sistema público, dirigidos a planteles con programas de Educación Agrícola y terrenos aptos. Faculta al Secretario de Educación a establecer reglamentos para la planificación, adquisición, uso y manejo de terrenos agrícolas y autoriza la suscripción de acuerdos colaborativos con otras agencias para destinar terrenos adyacentes a escuelas. Deroga la Ley Núm. 19 de 1944, la Ley 233-2018 y la Res. Conj. 127-2012.
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