Para enmendar el Artículo 2.12(c) de la Ley 85-2018, según enmendada, denominada “Ley de Reforma Educativa de Puerto Rico”, con el fin de establecer la concesión de un diferencial de sueldo de mil dólares ($1,000.00) mensuales a todo el personal docente, no docente y asistente de servicios especiales del sistema de educación pública que trabaje en las islas municipio de Vieques y Culebra; y para decretar otras disposiciones complementarias.
Qué propone
La medida PS 360 el Artículo 2.12(c) de la Ley 85-2018 (Ley de Reforma Educativa) para aumentar el diferencial de sueldo mensual a $1,000.00 para todo el personal docente, no docente y asistente de servicios especiales que trabaje en las islas municipio de Vieques y Culebra. El texto actualiza el monto de incentivo y amplía la elegibilidad del personal beneficiado.
Pros
Contras
Intereses en juego
Perspectiva histórica
Esta medida se enmarca en la reconfiguración del sistema de educación pública de Puerto Rico, formalizada por la Ley 85-2018, conocida como la Ley de Reforma Educativa. La medida busca esta ley para establecer un diferencial de sueldo para el personal docente y no docente en Vieques y Culebra, lo que refleja los desafíos de retención de personal en el sistema educativo, que ha enfrentado cierres de escuelas y una crisis demográfica.
En qué va
La medida PS 360, presentada por María de Lourdes Santiago Negrón y Adrián González Costa (ambos del PIP), fue el 24 de febrero de 2025 y referida a la Comisión de Educación, Arte y Cultura del Senado. La Comisión no recomendó su aprobación el 20 de octubre de 2025, y fue .
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Última acción · 20 de octubre de 2025
Comisión no recomienda aprobación de la medida
Otras medidas sobre el mismo asunto. Se encuentran por significado, no solo por palabras.
Para enmendar el Artículo 2.12(c) de la Ley 85-2018, según enmendada, denominada “Ley de Reforma Educativa de Puerto Rico”, con el fin de establecer la concesión de un diferencial de sueldo de mil dólares ($1,000.00) mensuales a todo el personal docente, no docente y asistente de servicios especiales del sistema de educación pública que trabaje en las islas municipio de Vieques y Culebra; y para decretar otras disposiciones complementarias.
Esta medida enmienda el Artículo 2.12(c) de la Ley 85-2018 (Ley de Reforma Educativa de Puerto Rico). Establece un diferencial de sueldo de $1,000.00 mensuales para todo el personal docente, no docente y asistente de servicios especiales del sistema de educación pública que trabaje en las islas municipio de Vieques y Culebra. Elimina el incentivo anterior de $300.00 para quienes viajan diariamente y aumenta el diferencial para quienes se trasladan o trabajan allí.
Para enmendar los Artículos 2.06 y 3.03 de la Ley Núm. 85 de 29 de marzo de 2018, según enmendada, conocida como la “Ley de Reforma Educativa de Puerto Rico”, a los fines de requerir la designación permanente de al menos un Oficial Examinador en cada una de las siete (7) Oficinas Regionales Educativas del Departamento de Educación, con el propósito de agilizar los procedimientos disciplinarios y la adjudicación de medidas cautelares aplicadas al personal escolar; establecer que dicha designación no conlleva impacto fiscal adicional; y para otros fines relacionados.
La medida enmienda la Ley de Reforma Educativa de Puerto Rico (Ley 85-2018) para requerir que cada una de las siete (7) Oficinas Regionales Educativas del Departamento de Educación (DE) tenga al menos un Oficial Examinador designado de forma permanente. El propósito es agilizar los procedimientos disciplinarios y la adjudicación de medidas cautelares contra el personal escolar, estableciendo un plazo de 60 días para recomendaciones, y se afirma que no tendrá impacto fiscal adicional.
Para enmendar el Artículo 2 de la Ley 10-2022, conocida como “Ley Especial de Salario Base para los Maestros y Maestras del Sistema de Educación Pública de Puerto Rico”, para establecer una escala salarial según el grado académico obtenido; establecer un aumento anual por años de servicio; y para otros fines relacionados.
El Proyecto del Senado 326 buscaba enmendar la Ley 10-2022 para crear una nueva escala salarial para los maestros del sistema público, diferenciada por grado académico (bachillerato, maestría, doctorado) y añadir un aumento anual por años de servicio de al menos $50 mensuales. Afectaría a todos los maestros del sistema público de educación.
“Para enmendar los Artículos 1.03, 2.01, 2.04, añadir un nuevo Capítulo XIV, reenumerar los actuales Capítulos XIV, XV, y XVI como los nuevos Capítulos XV, XVI y XVII, reenumerar los actuales Artículos 14.01 al 14.09, como los nuevos Artículos 15.01 al 15.09, reenumerar el actual Artículo 15.01 como el nuevo Artículo 16.01, reenumerar los actuales Artículos 16.01 al 16.07, como los nuevos Artículos 17.01 al 17.07, de la Ley 85-2018, según enmendada y conocida como “Ley de Reforma Educativa de Puerto Rico” a los fines de establecer un nuevo modelo educativo conocido como “Escuelas Públicas de Inclusión” donde todos los estudiantes de educación especial y/o con diversidad funcional puedan desempeñarse por grados académicos junto con estudiantes de la corriente regular y recibir en el mismo plantel escolar, todos los servicios necesarios; fomentar ambientes inclusivos dentro del sistema público de enseñanza; establecer un término de diez (10) años para que el Departamento de Educación formalice el establecimiento de “Escuelas Públicas de Inclusión”; y para otros fines relacionados.”
La medida PS 681 enmendaba la Ley 85-2018 (Ley de Reforma Educativa) para establecer un nuevo modelo educativo llamado 'Escuelas Públicas de Inclusión'. Este modelo busca integrar a estudiantes de educación especial y/o con diversidad funcional en el mismo plantel escolar que estudiantes de la corriente regular, por grados académicos, y proveerles servicios necesarios (terapias, apoyo educativo) en un mismo lugar. Se establece un plazo de diez (10) años para que el Departamento de Educación formalice su establecimiento.
Para añadir un nuevo Artículo 2.26 a la Ley Núm. 85-2018, según enmendada, conocida como “Ley de Reforma Educativa de Puerto Rico”, a los fines de permitir que los maestros y personal docente puedan adquirir, mediante compraventa simbólica por el valor de un dólar ($1.00), las computadoras portátiles u otros equipos tecnológicos que el Departamento de Educación pretenda descartar como parte de procesos de renovación o reemplazo; y para otros fines.
La medida PS 722 propone añadir un nuevo Artículo 2.26 a la Ley Núm. 85-2018 (Ley de Reforma Educativa). Permite que maestros y personal docente adquieran equipos tecnológicos (como laptops) que el Departamento de Educación (DE) pretenda descartar, mediante una compraventa simbólica por $1.00. El cambio afecta directamente a los educadores elegibles y al DE.
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