Qué propone
El Proyecto del Senado 361 buscaba las Secciones 1, 2 y 3 de la Ley Núm. 1 de 17 de febrero de 1970 para aclarar el alcance y contenido de un curso sobre relaciones obrero-patronales ofrecido por el Departamento de Educación. La intención era ampliar este curso a todo el nivel secundario del sistema de educación pública.
Contras
Intereses en juego
En qué va
El Proyecto del Senado 361 fue el 24 de febrero de 2025 y referido a la Comisión de Educación, Arte y Cultura del Senado. Dicha comisión emitió un el 20 de junio de 2025, no recomendando su aprobación por considerarla inviable fiscal y operativamente en el momento actual.
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Última acción · 20 de junio de 2025
Comisión no recomienda aprobación de la medida
Otras medidas sobre el mismo asunto. Se encuentran por significado, no solo por palabras.
Para enmendar las Secciones 1, 2 y 3 de la Ley Núm. 1 de 17 de febrero de 1970, con el fin de aclarar el alcance y contenido del curso sobre relaciones obrero-patronales ofrecido por el Departamento de Educación; y para decretar otras disposiciones complementarias.
Esta medida enmienda las Secciones 1, 2 y 3 de la Ley Núm. 1 de 17 de febrero de 1970 para convertir el curso sobre relaciones obrero-patronales, actualmente electivo y ofrecido por el Departamento de Educación (DE), en un mandato legislativo dentro del currículo de Estudios Sociales e Historia para los grados de escuela superior (9-12). Establece que el Secretario de Educación, en coordinación con el Secretario del Trabajo, mantendrá y actualizará dicho curso, detallando su contenido y estructura para capacitar al estudiantado en derechos laborales y sindicales.
“Para enmendar el título; los artículos: 1, 3, 4, 5 y 6 de la Ley 10-2025, conocida como “Ley de Integración de Valores y Ética” a los fines de ampliar sus disposiciones, situar una nueva definición; añadir una nueva área de apoyo al Oficial de Cumplimiento; y otros fines relacionados.”
El Proyecto del Senado 761 buscaba enmendar la Ley 10-2025, conocida como "Ley de Integración de Valores y Ética", para ampliar sus disposiciones, incluir la inteligencia emocional como eje curricular formal, añadir definiciones y crear nuevas responsabilidades para el Oficial de Cumplimiento dentro del Departamento de Educación. Afectaba directamente al Departamento de Educación, su personal docente y administrativo, y al estudiantado del sistema público.
Para crear el Instituto de Formación Docente Continua del Departamento de Educación de Puerto Rico; establecer sus funciones, estructura y coordinación interagencial; y para otros fines relacionados.
El Proyecto del Senado 601 buscaba crear el Instituto de Formación Docente Continua, adscrito al Departamento de Educación de Puerto Rico. Este instituto tendría la responsabilidad de coordinar, supervisar y garantizar una oferta formativa de alta calidad, accesible y pertinente para el personal docente del sistema público. Sus funciones incluirían desarrollar módulos de capacitación, establecer un currículo alineado con prioridades educativas, acreditar entidades externas y evaluar el impacto de la formación, financiado por asignaciones presupuestarias, fondos federales y convenios.
“Para añadir los incisos (8) y (9) a la Sección 13 de la Ley Núm. 15 de 14 de abril de 1931, según enmendada, conocida como “Ley Orgánica del Departamento del Trabajo y Recursos Humanos”, y enmendar dicha sección para ampliar la jurisdicción y establecer nuevas facultades a la Oficina de Mediación y Adjudicación; y para otros fines relacionados.”
La medida propone añadir dos incisos (8) y (9) a la Sección 13 de la Ley Núm. 15 de 1931, conocida como la Ley Orgánica del Departamento del Trabajo y Recursos Humanos (DTRH). El objetivo es ampliar la jurisdicción y otorgar nuevas facultades a la Oficina de Mediación y Adjudicación del DTRH. Afecta directamente a los procesos de mediación y adjudicación de disputas laborales y a los empleados y empleadores que interactúan con esta oficina.
Para enmendar el Artículo 2.12(c) de la Ley 85-2018, según enmendada, denominada “Ley de Reforma Educativa de Puerto Rico”, con el fin de establecer la concesión de un diferencial de sueldo de mil dólares ($1,000.00) mensuales a todo el personal docente, no docente y asistente de servicios especiales del sistema de educación pública que trabaje en las islas municipio de Vieques y Culebra; y para decretar otras disposiciones complementarias.
El Proyecto del Senado 360 buscaba enmendar el Artículo 2.12(c) de la Ley 85-2018 para añadir un diferencial de sueldo de mil dólares ($1,000.00) mensuales. Este beneficio se aplicaría a todo el personal docente, no docente y asistente de servicios especiales del sistema de educación pública que trabaje en las islas municipio de Vieques y Culebra.
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