Qué propone
La medida propone crear la 'Ley Especial de Compensación Extraordinaria para el Personal de Sala de Operaciones de Puerto Rico'. Establece que el exceso de 40 horas de trabajo semanales para técnicos quirúrgicos y de ortopedia, en sectores público y privado, se pague a tiempo doble. Además, exime de tributación dicho pago de horas extras a partir del 1 de julio de 2025. el Código de Rentas Internas de 2011 y la Ley de Jornada de Trabajo de 1948 para incorporar estos cambios.
Pros
Contras
Intereses en juego
En qué va
La medida, Proyecto del Senado 363, fue el 24 de febrero de 2025 y referida a la Comisión de Trabajo y Relaciones Laborales del Senado. Fue por su autor el 30 de mayo de 2025.
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Última acción · 30 de mayo de 2025
por su Autor
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Para crear la “Ley de Profesiones Técnicas de Puerto Rico”, a los fines de otorgar una licencia provisional de adiestramiento automática por un período de doce (12) meses a toda persona que haya satisfactoriamente completado su educación formal para ejercer la profesión técnica; y para otros fines relacionados.
La medida proponía crear la "Ley de Profesiones Técnicas de Puerto Rico" para otorgar automáticamente una licencia provisional de adiestramiento por doce (12) meses a graduados de profesiones técnicas específicas (como barbería, electricidad, mecánica automotriz, entre otras) tras completar su educación formal. Esta licencia provisional permitiría al graduado emplearse y practicar la profesión mientras se prepara para el examen de reválida y cumple otros requisitos para la licencia permanente.
Para añadir unos nuevos subincisos (36) y (37), y reenumerar los actuales subincisos (36), (37) y (38), como los subincisos (38), (39) y (40), respectivamente, en el inciso (a) de la Sección 1031.02 de la Ley 1-2011, según enmendada, conocida como “Código de Rentas Internas de Puerto Rico de 2011”, a los fines de eximir del pago de contribuciones, los ingresos devengados por concepto de las horas extras trabajadas por los miembros del Cuerpo de Oficiales de Custodia del Departamento de Corrección y Rehabilitación, y por personal de rango del Negociado del Cuerpo de Bomberos de Puerto Rico; y para otros fines relacionados.
La medida enmienda el Código de Rentas Internas de Puerto Rico de 2011 para añadir una exención contributiva específica. Concretamente, propone eximir del pago de contribuciones sobre ingresos los pagos recibidos por concepto de horas extras trabajadas por los miembros del Cuerpo de Oficiales de Custodia del Departamento de Corrección y Rehabilitación y por personal de rango del Negociado del Cuerpo de Bomberos de Puerto Rico. Esta exención aplicaría a los ingresos devengados por estas horas extras.
Para establecer la “Ley Especial de Aumento Salarial para todo el personal no docente del Departamento de Educación”; establecer la responsabilidad de la Oficina de Gerencia y Presupuesto, el Departamento de Educación y la Autoridad de Asesoría Financiera y Agencia Fiscal de Puerto Rico de identificar, separar y garantizar anualmente los fondos necesarios para la consecución de esta Ley; y para otros fines relacionados
La medida propone crear la 'Ley Especial de Aumento Salarial para todo el personal no docente del Departamento de Educación'. Establece un aumento salarial de mil dólares ($1,000.00) mensuales para este personal, que incluye clasificaciones administrativas, de oficina, mantenimiento, seguridad, salud, psicología, y apoyo educativo, entre otras. La Oficina de Gerencia y Presupuesto (OGP), el Departamento de Educación (DE) y la Autoridad de Asesoría Financiera y Agencia Fiscal (AAFAF) tienen la responsabilidad de identificar y garantizar anualmente los fondos necesarios para su implementación.
Para añadir una nueva Sección 1033.23 al Subtítulo A del “Código de Rentas Internas para un Nuevo Puerto Rico”, Ley Núm. 1-2011, según enmendada, a los fines de establecer una deducción contributiva aplicable a la compensación elegible recibida por concepto de horas extras trabajadas; establecer límites, criterios de elegibilidad y mecanismos de fiscalización; delegar facultades reglamentarias al Secretario de Hacienda; y para otros fines relacionados.
La medida propone añadir una nueva Sección 1033.23 al Código de Rentas Internas de Puerto Rico (Ley 1-2011) para crear una deducción contributiva sobre la compensación elegible recibida por concepto de horas extras trabajadas. Esta deducción tendría un límite anual de $10,000 para contribuyentes individuales y $20,000 para contribuyentes conjuntos. Afecta directamente a los empleados que devengan horas extras y a sus patronos, quienes deberán certificar dicha compensación de forma separada. El Departamento de Hacienda tendrá 180 días para reglamentar la medida.
Para enmendar el Artículo 2.09 de la Ley Núm. 26-2017, según enmendada, mejor conocida como la “Ley de Cumplimiento con el Plan Fiscal”; enmienda el Artículo 7 de la Ley Núm. 135 - 2020, según enmendada, mejor conocida como la “Ley del Instituto de Ciencias Forenses de Puerto Rico”, a los fines de disponer que los empleados del Instituto de Ciencias Forenses de Puerto Rico tendrán derecho a una remuneración del trabajo en exceso a la jornada regular; y para otros fines relacionados.
Esta medida legislativa enmienda la Ley de Cumplimiento con el Plan Fiscal (Ley 26-2017) y la Ley del Instituto de Ciencias Forenses (ICF) (Ley 135-2020). Su propósito principal es otorgar a ciertos empleados del ICF el derecho a recibir pago a tiempo y medio por horas de trabajo en exceso de su jornada regular, con la opción de elegir entre pago en efectivo o tiempo compensatorio. Esto busca mejorar la retención y atracción de personal en el ICF.
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