Qué propone
Esta medida propone el Código de Rentas Internas de Puerto Rico (Ley 1-2011) para aumentar la por cada dependiente de $2,500 a $4,500 dólares anuales por individuo. El cambio entrará en vigor el 1 de enero de 2026 y afecta a todos los contribuyentes individuales que reclamen dependientes en su declaración de impuestos.
Pros
Contras
Intereses en juego
📜 Perspectiva histórica
. La medida, al proponer una por dependientes, se enmarca en el debate histórico sobre el sistema contributivo de Puerto Rico y el costo de vida. Mientras los fragmentos discuten el cambio del impuesto sobre ingresos al IVU y su impacto regresivo, la medida busca aliviar la carga contributiva de las familias, un tema recurrente en la discusión sobre el poder adquisitivo y el encarecimiento del día a día.
En qué va
La medida, P. del S. 377, fue el 27 de febrero de 2025 y referida a la Comisión de Hacienda, Presupuesto y PROMESA del Senado. Al 23 de junio de 2025, la comisión no recomendó su aprobación.
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Última acción · 23 de junio de 2025
Comisión no recomienda aprobación de la medida
Otras medidas sobre el mismo asunto, encontradas por significado (no solo por palabras).
Para enmendar la cláusula (i) del inciso (C) del párrafo (1) del apartado (b) de la Sección 1033.18 de la Ley 1-2011, según enmendada, conocida como “Código de Rentas Internas de Puerto Rico de 2011”, con el propósito de actualizar la regla general de concesión de la exención por dependientes cuando el dependiente devengue ingresos menores o iguales a cuatro mil quinientos dólares ($4,500); y para otros fines relacionados.
El Proyecto del Senado 638 propone enmendar la Sección 1033.18(b)(1)(C)(i) del Código de Rentas Internas de Puerto Rico de 2011. El objetivo es aumentar el límite de ingreso bruto anual que una persona puede devengar para ser reclamada como dependiente, de $2,500 a $4,500. Esto afectaría a contribuyentes que reclaman dependientes y a los propios dependientes que buscan cumplir con los requisitos para ser reclamados.
“Para añadir una nueva Sección 1052.05 a la Ley Núm. 1-2011, según enmendada, conocida como “Código de Rentas Internas para un Nuevo Puerto Rico”, a fin de establecer un crédito reembolsable para los contribuyentes que tengan dependientes con impedimentos físicos o mentales, o que padezcan de una condición de salud incapacitante, según enumerados.”
La medida propone añadir una nueva Sección 1052.05 al Código de Rentas Internas de Puerto Rico para crear un crédito contributivo personal y reembolsable de $300 por dependiente. Este crédito está dirigido a contribuyentes residentes que tengan a su cargo personas con impedimentos físicos o mentales específicos (como síndrome de Down, autismo, parálisis cerebral, sordera o ceguera total, distrofia muscular) o con condiciones de salud incapacitantes definidas (cáncer, obesidad mórbida, Alzheimer, demencia). El crédito aplicará al año contributivo 2025 y será adicional a otros beneficios existentes. El Departamento de Hacienda definirá mediante reglamento la evidencia necesaria para reclamarlo.
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