Qué propone
El Proyecto del Senado 638 enmendaba la Sección 1033.18(b)(1)(C)(i) del Código de Rentas Internas de Puerto Rico de 2011 (Ley 1-2011). Buscaba aumentar el límite de ingreso bruto anual para que una persona pueda ser reclamada como dependiente, de $2,500 a $4,500. Esto afectaría a contribuyentes que sostienen económicamente a familiares y a los familiares que podrían ser reclamados como dependientes bajo el nuevo umbral.
Pros
Contras
Intereses en juego
En qué va
El Proyecto del Senado 638 fue presentado en 2025 y referido a comisión en el Senado. En marzo de 2026, la Comisión de Hacienda, Presupuesto y PROMESA emitió un , recomendando no aprobar la medida debido a su impacto fiscal.
Generado por IA · puede contener errores y los argumentos a favor/en contra son posibles puntos de debate, no una postura oficial. Verifica con el texto oficial.
Última acción · 18 de marzo de 2026
Comisión no recomienda aprobación de la medida
Otras medidas sobre el mismo asunto. Se encuentran por significado, no solo por palabras.
“Para enmendar el inciso (b) de la Sección 1033.18 de la Ley 1-2011, según enmendada, conocida como “Código de Rentas Internas para un Nuevo Puerto Rico”, a los fines de aumentar de dos mil quinientos ($2,500) dólares a cuatro mil quinientos ($4,500) dólares la partida correspondiente a la exención contributiva por dependientes por individuo dispuesta en la Ley.”
La medida propone enmendar el Código de Rentas Internas de Puerto Rico (Ley 1-2011) para aumentar la exención contributiva por dependiente de $2,500 a $4,000 por individuo, por cada año contributivo. Este cambio afectaría directamente a los contribuyentes individuales que reclaman dependientes en sus planillas, modificando la base de cálculo de su obligación tributaria a partir del 1 de enero de 2026.
Para enmendar la Sección 1.052.02 de la Ley 1-2011, según enmendada, conocida como "Código de Rentas Internas de Puerto Rico de 2011", a los fines de aumentar los parámetros utilizados para computar la otorgación del crédito Para Personas mayores de sesenta y cinco (65) años o más, de quince mil (15,000) a veinticinco mil (25,000) dólares para contribuyentes individuos, y de treinta mil (30,000) a cincuenta mil (50,000) dólares para contribuyentes casados; y para otros fines relacionados.
El Proyecto del Senado 182 propone enmendar la Sección 1.052.02 del Código de Rentas Internas de Puerto Rico de 2011. Busca aumentar los límites de ingresos para computar la elegibilidad al crédito contributivo para personas mayores de 65 años. Específicamente, eleva el límite de $15,000 a $25,000 para contribuyentes individuos y de $30,000 a $50,000 para contribuyentes casados, manteniendo el crédito de $400 por persona elegible. Afecta directamente a contribuyentes mayores de 65 años y al fisco estatal.
Para enmendar la Secciones 1010.01, 1021.01, 1021.02, 1021.06, 1022.07, 1031.02, 1033.18, 1078.02, 1081.01, 3030.03, 4030.05, 4030.17 y 6041.11, de la Ley Núm. 1-2011, según enmendada, conocida como “Código de Rentas Internas de Puerto Rico de 2011 con el fin de reducir la carga contributiva de los contribuyentes en Puerto Rico; y para otros fines relacionados.
El P. del S. 912 enmienda el Código de Rentas Internas de Puerto Rico de 2011 (Ley 1-2011) para reducir la carga contributiva de los individuos y simplificar la tributación de compañías de responsabilidad limitada (LLC). Los cambios incluyen la posibilidad de que LLCs de un solo dueño (persona natural o jurídica) elijan ser tratadas como 'Entidad Ignorada' para fines contributivos a partir de 2024. A partir de 2025, se ajustan las tasas impositivas sobre ingresos para individuos, se duplica la exención por dependiente a $5,000, y se introduce ajuste por inflación para ciertos umbrales de ingreso y exenciones. También se derogan exenciones específicas sobre el impuesto sobre ventas y uso para material promocional y equipos solares, y se modifica la tributación de distribuciones de planes de retiro de servidores públicos.
Para enmendar el inciso (d) de la Sección 1033.18 de la Ley 1-2011, según enmendada, conocida como “Código de Rentas Internas para un Nuevo Puerto Rico” a fin de admitir una deducción contributiva, a los padres o madres no custodios quienes cumplen con su deber de pagar la pensión alimentaria de sus hijos, que no excederá de la mitad de la deducción a la que tiene derecho el padre o madre custodio, permitir que el padre o madre no custodio reclame la deducción de un menor dependiente en el caso que el custodio no tenga la obligación de rendir la Planilla de Contribución sobre Ingresos; y para otros fines relacionados.
Esta medida enmienda el inciso (d) de la Sección 1033.18 de la Ley 1-2011, Código de Rentas Internas. Busca permitir que padres o madres no custodios que pagan pensión alimentaria reclamen una deducción contributiva por hijos dependientes, limitada a la mitad de la deducción del custodio. También les permite reclamar la deducción si el custodio no está obligado a rendir planilla.
Para establecer la "Ley para Incentivar la Retención y Retorno de Nuestra Juventud y Fomento de Familias Jóvenes"; enmendar las Secciones 1031.02, 1033.15, añadir nuevas Secciones 1052.05, 1052 .06 y 1052.07 de la Ley 1-2011, conocida como Código de Rentas Internas de Puerto Rico de 2011, según enmendada; enmendar la Sección 1020.02 de la Ley 60-2019, conocida como el Código de Incentivos, según enmendada; a los fines de ampliar las exenciones contributivas aplicables a jóvenes, establecer un crédito por los pagos de préstamos estudiantiles, establecer un crédito por menor dependiente en Puerto Rico, disponer para la deducibilidad de los gastos de transporte aéreo y mudanza a Puerto Rico, los pagos de alquiler residencial a largo plazo y los gastos médicos veterinarios, establecer un crédito para la compra de bicicletas eléctricas, extender la edad de elegibilidad de incentivos para jóvenes empresarios para profesionales médicos y veteranos; y para otros fines relacionados.
El Proyecto del Senado 168 buscaba establecer la "Ley para Incentivar la Retención y Retorno de Nuestra Juventud y Fomento de Familias Jóvenes". Proponía enmendar el Código de Rentas Internas de Puerto Rico (Ley 1-2011) y el Código de Incentivos (Ley 60-2019) para ampliar exenciones contributivas a jóvenes (hasta $50,000 anuales para menores de 35 años, y 39 para médicos), crear créditos por préstamos estudiantiles y por menores dependientes, permitir deducciones por transporte aéreo, mudanza, alquiler residencial y gastos veterinarios, y establecer un crédito por compra de bicicletas eléctricas. También buscaba extender la edad de elegibilidad para jóvenes empresarios médicos y veteranos. Afectaba a jóvenes, profesionales médicos, veteranos, familias emergentes y contribuyentes en general, modificando sus obligaciones y beneficios fiscales.
Crea una cuenta gratis para opinar, comentar y seguir esta medida.
Aún no hay comentarios. Comparte tu opinión sobre esta medida.