Para crear la "Ley para el Establecimiento de un Programa de Monitoreo de Calidad del Aire en Comunidades Vulnerables"; a los fines de crear un programa permanente bajo la responsabilidad del Departamento de Recursos Naturales y Ambientales (DRNA), que permita establecer estaciones de monitoreo de calidad del aire en comunidades con alta exposición a contaminantes ambientales; disponer sobre la recopilación y publicación de datos; establecer deberes interagenciales; y para otros fines relacionados.
Qué propone
La medida proponía crear la 'Ley para el Establecimiento de un Programa de Monitoreo de Calidad del Aire en Comunidades Vulnerables'. Esta ley establecería un programa permanente bajo el Departamento de Recursos Naturales y Ambientales (DRNA) para instalar estaciones de monitoreo de aire en comunidades identificadas como vulnerables. Incluiría la recopilación, análisis y publicación de datos, la emisión de alertas tempranas, y la coordinación interagencial con departamentos como Salud y Educación, afectando directamente a las comunidades expuestas a contaminantes y a las agencias responsables de la salud y el medioambiente.
Pros
Contras
Intereses en juego
En qué va
El Proyecto del Senado 532, presentado el 10 de abril de 2025, fue referido a comisión en el Senado y posteriormente la comisión no recomendó su aprobación el 10 de septiembre de 2025, resultando en su rechazo.
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Última acción · 10 de septiembre de 2025
Comisión no recomienda aprobación de la medida
Otras medidas sobre el mismo asunto. Se encuentran por significado, no solo por palabras.
Para crear la “Ley para el Establecimiento de Proyectos de Energía Solar Comunitaria en los Residenciales Públicos de Puerto Rico”, a los fines de disponer la instalación de sistemas fotovoltaicos colectivos en complejos de vivienda pública administrados por la Administración de Vivienda Pública; establecer mecanismos de financiamiento, operación y mantenimiento; disponer sobre su coordinación interagencial; y para otros fines relacionados.
Esta medida legislativa, el P. del S. 538, busca crear la 'Ley para el Establecimiento de Proyectos de Energía Solar Comunitaria en los Residenciales Públicos de Puerto Rico'. Establece un programa bajo la Administración de Vivienda Pública (AVP) para instalar sistemas fotovoltaicos colectivos en complejos de vivienda pública. Define mecanismos de financiamiento, operación, mantenimiento y coordina la implementación en fases, afectando directamente a los residentes de estos complejos y a la AVP.
Para crear la “Ley para el plan nacional ante el calor extremo en Puerto Rico”; establecer la política pública para la protección a la vida y salud de la población y asegurar un desarrollo económico sostenible ante los riesgos del calor extremo en Puerto Rico; y para otros fines
Esta medida, la "Ley para el manejo del calor extremo en Puerto Rico", crea un marco legal para establecer una política pública y un plan nacional destinado a proteger la salud y la vida de la población, asegurar el desarrollo económico sostenible y mitigar los efectos adversos del calor extremo en la isla. Para ello, establece obligaciones y directrices para agencias gubernamentales, municipios, el sector privado y profesionales en áreas como salud, recreación, infraestructura, energía, manejo de agua, ecosistemas, agricultura y protección laboral. La ley entra en vigor inmediatamente tras su aprobación y requiere la actualización de reglamentos y la asignación presupuestaria anual para su cumplimiento.
“Para crear la “Ley de Mitigación Natural para las Costas”, y ordenar al Departamento de Recursos Naturales y Ambientales establecer en su reglamentación el uso en la zona costanera de estructuras de mitigación basadas en la naturaleza, costas vivas y alternativas de mitigación blandas como primera alternativa de mitigación para adaptar y proteger infraestructuras en riesgo o afectadas por erosión costera e inundaciones, entre otros eventos.”
La medida crea la "Ley de Mitigación Natural para las Costas" para establecer el uso de estructuras de mitigación basadas en la naturaleza, costas vivas y alternativas blandas como primera opción para proteger la infraestructura costera contra erosión e inundaciones. Ordena al Departamento de Recursos Naturales y Ambientales (DRNA) a reglamentar este orden de prelación, consultando con el Comité de Expertos y Asesores sobre Cambio Climático, en un plazo de 180 días. Afecta a cualquier proyecto de mitigación costera en Puerto Rico.
Para crear la “Ley de Igualdad de Oportunidades Deportivas Para Personas con Impedimentos”; a los fines de establecer que el desarrollo y la construcción de gimnasios al aire libre que sean financiados con fondos públicos garanticen la igualdad en acceso a todas las personas, incluyendo pero sin limitarse a las personas de diversidad funcional o con impedimentos; establecer acceso a máquinas de ejercicio para personas de diversidad funcional o con impedimentos; establecer sanciones por incumplimiento con esta Ley; establecer la facultad de la Defensoría de las Personas con Impedimientos para hacer cumplir esta Ley; y para otros fines relacionados.
La medida crea la Ley de Igualdad de Oportunidades Deportivas para Personas con Impedimentos. Establece que todo gimnasio al aire libre financiado con fondos públicos deberá garantizar que al menos el 30% de sus máquinas de ejercicio sean accesibles para personas con diversidad funcional o impedimentos. Los municipios y agencias deberán notificar a la Defensoría de las Personas con Impedimentos (DPI) sobre la instalación de estas facilidades y el porcentaje de máquinas accesibles. La DPI tendrá facultad para hacer cumplir la ley y podrá imponer multas de no menos de $1,000 por facilidad incumplidora.
Para crear la “Ley de Mitigación Natural para las Costas”, y ordenar al Departamento de Recursos Naturales y Ambientales establecer en su reglamentación el uso en la zona costanera de estructuras de mitigación basadas en la naturaleza, costas vivas y alternativas de mitigación blandas como primera alternativa de mitigación para adaptar y proteger infraestructuras en riesgo o afectadas por erosión costera e inundaciones, entre otros eventos.
La medida crea la Ley de Mitigación Natural para las Costas. Ordena al Departamento de Recursos Naturales y Ambientales (DRNA) a establecer mediante reglamentación que el uso de estructuras de mitigación basadas en la naturaleza, costas vivas y alternativas blandas sea la primera opción para proteger infraestructuras costeras contra erosión e inundaciones. Esto aplica a proyectos de mitigación climática en la zona costanera de Puerto Rico.
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