Qué propone
La medida propone crear la "Ley para la Protección de los Derechos de Pacientes con Enfermedades Crónicas en Puerto Rico". Busca establecer un marco de derechos fundamentales para esta población, asegurando acceso continuo, equitativo y digno a servicios de salud. Define deberes del Estado en su atención integral y promueve la coordinación multisectorial. Afecta directamente a personas diagnosticadas con condiciones crónicas y al sistema de salud en general.
Pros
Contras
Intereses en juego
En qué va
La medida, P. del S. 552, fue el 22 de abril de 2025 y referida a la Comisión de Salud del Senado. Al 30 de junio de 2025, la Comisión no recomienda su aprobación.
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Última acción · 30 de junio de 2025
Comisión no recomienda aprobación de la medida
Otras medidas sobre el mismo asunto, encontradas por significado (no solo por palabras).
Para crear la "Ley de Acompañamiento para Pacientes de Diálisis y Pacientes de Diálisis con necesidades de movilidad"; y para otros fines relacionados.
La medida crea la "Ley de Acompañamiento para Pacientes de Diálisis y Pacientes de Diálisis con necesidades de movilidad". Establece el derecho de los pacientes de diálisis, incluyendo aquellos con necesidades de movilidad, a contar con un acompañante de su elección durante sus tratamientos. La ley aplicará a entidades públicas y privadas de cuidado de salud en Puerto Rico. El texto proporcionado se interrumpe antes de detallar los mecanismos de implementación, financiamiento o supervisión.
“Para enmendar los Artículos 6, 10 y 12, y añadir un nuevo Artículo 11, a la Ley Núm. 81 de 14 de marzo de 1912, según enmendada, conocida como “Ley Orgánica del Departamento de Salud”; añadir un nuevo inciso (y) y reenumerar los actuales incisos (y) al (hh) de la Sección 1 del Artículo III como incisos (z) al (ii), respectivamente, enmendar la Sección 2 del Artículo IV y las Secciones 4, 6, 15 y 18 del Artículo VI de la Ley 72-1993, según enmendada, denominada “Ley de la Administración de Seguros de Salud de Puerto Rico”; añadir un nuevo inciso (l) al Artículo 2 y reenumerar los actuales incisos (l) al (v) como incisos (m) al (w), respectivamente, añadir un nuevo inciso (e) al Artículo 5, enmendar el inciso (b) del Artículo 8, enmendar el inciso (e) del Artículo 9, enmendar el Artículo 10 y añadir un nuevo inciso (i) al Artículo 12 de la Ley 194-2000, según enmendada, denominada “Carta de Derechos y Responsabilidades del Paciente”; enmendar el Artículo 2 y añadir un nuevo inciso (j) al Artículo 4 de la Ley Núm. 101 de 26 de junio de 1965, según enmendada, denominada “Ley de Facilidades de Salud”, con el fin de reformar elementos esenciales del sistema de salud de Puerto Rico para extender protecciones y derechos adicionales a las personas con diversidad funcional en su interacción con las proveedoras de servicios de salud, las organizaciones de seguros de salud, y las agencias gubernamentales que reglamentan o canalizan dichos servicios; y para establecer otras disposiciones complementarias.”
La medida propone reformar aspectos esenciales del sistema de salud de Puerto Rico mediante enmiendas a varias leyes clave: la Ley Orgánica del Departamento de Salud (Ley 81-1912), la Ley de la Administración de Seguros de Salud (Ley 72-1993), la Carta de Derechos y Responsabilidades del Paciente (Ley 194-2000) y la Ley de Facilidades de Salud (Ley 101-1965). El objetivo principal es extender protecciones y derechos adicionales a las personas con diversidad funcional en su interacción con proveedores de servicios de salud, aseguradoras y agencias gubernamentales relacionadas. Busca incorporar un lenguaje más inclusivo y compasivo, reemplazando términos como 'discapacidad' o 'impedimento' por 'diversidad funcional', y estableciendo la necesidad de 'acomodos razonables' para garantizar el acceso a servicios médicos dignos y libres de discrimen.
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