Qué propone
Esta medida legislativa la Sección 1052.02 del Código de Rentas Internas de Puerto Rico de 2011. Incrementa los límites de ingresos brutos anuales para cualificar al Crédito Compensatorio para Personas de 65 años o más, de $15,000 a $20,000 para individuos y de $30,000 a $40,000 para casados. También eleva el tope de pensión anual para el Crédito para Pensionados de Bajos Recursos de $4,800 a $5,000. Además, establece un mecanismo de ajuste automático de estos límites basado en el Índice de Precios al Consumidor y el aumento anual del Seguro Social, aplicable a partir del año contributivo 2026.
Pros
Contras
Intereses en juego
Perspectiva histórica
Esta medida busca aliviar la carga contributiva de personas mayores y pensionados de bajos recursos, un tema que se enmarca en el debate histórico sobre el costo de vida y la regresividad del sistema contributivo en Puerto Rico, especialmente tras la implantación y el alza del IVU. El ajuste automático propuesto responde a la preocupación por el encarecimiento del día a día y la erosión del poder adquisitivo del dólar, que afecta desproporcionadamente a los sectores más vulnerables.
En qué va
Esta medida legislativa, el 15 de septiembre de 2025, fue referida a la Comisión de Hacienda, Presupuesto y PROMESA del Senado. La comisión no recomendó su aprobación el 23 de febrero de 2026, resultando en su rechazo.
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Última acción · 23 de febrero de 2026
Comisión no recomienda aprobación de la medida
Otras medidas sobre el mismo asunto. Se encuentran por significado, no solo por palabras.
Para enmendar la Sección 1.052.02 de la Ley 1-2011, según enmendada, conocida como "Código de Rentas Internas de Puerto Rico de 2011", a los fines de aumentar los parámetros utilizados para computar la otorgación del crédito Para Personas mayores de sesenta y cinco (65) años o más, de quince mil (15,000) a veinticinco mil (25,000) dólares para contribuyentes individuos, y de treinta mil (30,000) a cincuenta mil (50,000) dólares para contribuyentes casados; y para otros fines relacionados.
El Proyecto del Senado 182 propone enmendar la Sección 1.052.02 del Código de Rentas Internas de Puerto Rico de 2011. Busca aumentar los límites de ingresos para computar la elegibilidad al crédito contributivo para personas mayores de 65 años. Específicamente, eleva el límite de $15,000 a $25,000 para contribuyentes individuos y de $30,000 a $50,000 para contribuyentes casados, manteniendo el crédito de $400 por persona elegible. Afecta directamente a contribuyentes mayores de 65 años y al fisco estatal.
Para enmendar la Sección 1052.01 (b) de la Ley 1-2011, segun enmendada, conocida como "Código de Rentas Internas para un Nuevo Puerto Rico" a los fines de realizar una enmienda tecnica que permita la mas efectiva implementación del Crédito por Trabajo ("Earned Income Tax Credit") del Código de Rentas Internas federal, segun este fue extendido a Puerto Rico en virtud de la Ley Publica 117-2, conocida como el American Rescue Plan Act of 2021; y para otros fines relacionados.
Esta medida enmienda la Sección 1052.01 (b) de la Ley 1-2011, el Código de Rentas Internas de Puerto Rico, para aclarar la definición de 'ingreso bruto ganado' a los fines de la implementación del Crédito por Trabajo (Earned Income Tax Credit - EITC) federal, extendido a Puerto Rico por el American Rescue Plan Act of 2021 (Ley Pública 117-2). Afecta a contribuyentes que reclaman este crédito y al Departamento de Hacienda en su administración.
Para añadir una nueva Sección 1052.05 a la Ley Núm. 1-2011, según enmendada, conocida como “Código de Rentas Internas para un Nuevo Puerto Rico”, a fin de establecer un crédito reembolsable para los contribuyentes que tengan dependientes con diversidad funcional, o que padezcan de una condición de salud incapacitante, según enumerados
Esta medida legislativa añade una nueva Sección 1052.05 al Código de Rentas Internas de Puerto Rico (Ley 1-2011). Establece un crédito contributivo reembolsable de $300 por dependiente para contribuyentes residentes que tengan a su cargo personas con ciertas diversidades funcionales (síndrome de Down, autismo, parálisis cerebral, sordera o ceguera total, distrofia muscular) o condiciones de salud incapacitantes (cáncer, obesidad mórbida, Alzheimer, demencia). El Departamento de Hacienda reglamentará la evidencia necesaria. El crédito aplica a partir del año contributivo 2026.
Para enmendar la Sección 1081.01 de la Ley 1-2011, según enmendada conocida como “Código de Rentas Internas de Puerto Rico de 2011”; y para otros fines relacionados.
Esta medida enmienda la Sección 1081.01 de la Ley 1-2011 (Código de Rentas Internas de Puerto Rico) para aumentar el límite máximo de aportación anual a planes de retiro cualificados. Específicamente, eleva el tope de $15,000 (vigente desde 2013) a $23,500 para el año contributivo comenzando el 1 de enero de 2026. Afecta directamente a los trabajadores y patronos que participan en estos planes de retiro cualificados en Puerto Rico.
Para enmendar la Sección 4030.12 de la Ley 1-2011, según enmendada, conocida como el "Código de Rentas Internas para un Nuevo Puerto Rico", con el fin de eximir del pago de impuesto sobre ventas y uso (IVU) a los medicamentos sin receta comprados o despachados en un establecimiento autorizado a personas de sesenta y cinco (65) años o más.
La medida propone enmendar la Sección 4030.12 del Código de Rentas Internas de Puerto Rico (Ley 1-2011) para eximir del pago del Impuesto sobre Ventas y Uso (IVU) a los medicamentos de venta sin receta (OTC) adquiridos por personas de 65 años o más. Esta exención aplicaría a compras realizadas o despachadas en establecimientos autorizados.
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