Qué propone
El Proyecto del Senado 725 propone el Artículo 23.01 de la Ley de Vehículos y Tránsito de Puerto Rico (Ley 22-2000). Busca obligar la emisión y entrega de un sello visible que indique el mes de vencimiento del marbete, complementando el sistema electrónico actual. El objetivo es facilitar el cumplimiento de la ley a personas de edad avanzada y otros sectores con limitaciones tecnológicas, sin sustituir el sistema digital.
Pros
Contras
Intereses en juego
📜 Perspectiva histórica
. La medida aborda la dificultad de ciertos sectores, como las personas de edad avanzada, para cumplir con los trámites vehiculares debido a limitaciones tecnológicas, un problema que se inscribe en el contexto histórico de la digitalización de los servicios de licenciamiento y marbetes a través de los CESCO, como se menciona en la Fuente 5. Esta digitalización, si bien ha aliviado la gestión para algunos, ha creado barreras para otros, lo que la medida busca mitigar.
En qué va
El Proyecto del Senado 725 fue el 15 de septiembre de 2025 y referido a comisión. Tras una , la Comisión de Transportación, Telecomunicaciones, Servicios Públicos y Asuntos del Consumidor del Senado emitió un el 1 de diciembre de 2025, no recomendando su aprobación.
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Última acción · 1 de diciembre de 2025
Comisión no recomienda aprobación de la medida
Otras medidas sobre el mismo asunto, encontradas por significado (no solo por palabras).
“Para enmendar el Artículo 23.01. de la Ley 22-2002, según enmendada, conocida como “Ley de Vehículos y Tránsito de Puerto Rico” a los fines de establecer que un quince (15) por ciento del total de los importes de derechos recaudados de conformidad con los Artículos 23.01 y 23.02 de esta Ley serán destinados a los gobiernos municipales; y para otros fines relacionados.”
El Proyecto del Senado 825 propone enmendar la Ley de Vehículos y Tránsito de Puerto Rico (Ley 22-2002) para destinar el 15% del total de los derechos recaudados anualmente por concepto de permisos de vehículos de motor, según establecidos en los Artículos 23.01 y 23.02, a los gobiernos municipales. Actualmente, estos fondos se destinan a la Autoridad de Carreteras y Transportación (ACT) o al Departamento de Hacienda para el pago de deuda pública.
Para enmendar el inciso (j) del Artículo 224 de la Ley 22-2000, según enmendada, conocida como “Ley de Vehículos y Tránsito de Puerto Rico”, a los fines de disponer que en aquellos casos en que medie certificación médica que acredite un impedimento permanente e irreversible, el permiso de estacionamiento será expedido con vigencia indefinida, sin necesidad de renovaciones periódicas; y para otros fines relacionados.
El Proyecto del Senado 736 propone enmendar el inciso (j) del Artículo 224 de la Ley 22-2000 (Ley de Vehículos y Tránsito de Puerto Rico). El cambio principal es que los permisos de estacionamiento para personas con impedimentos permanentes e irreversibles, certificados por un médico, tendrían validez indefinida, eliminando la necesidad de renovaciones cada diez (10) años. Esto afectaría directamente a las personas con condiciones médicas permanentes que actualmente requieren renovar su permiso de estacionamiento.
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