Qué propone
La medida PS 766 propone el Código Municipal de Puerto Rico (Ley 107-2020) para redirigir los recaudos de patentes municipales de servicios de telecomunicaciones prestados a clientes fuera de Puerto Rico. Estos fondos, actualmente asignados a la Oficina de Gerencia Municipal (OGM) para sus gastos operacionales, se transferirán en partes iguales a la OGM, la Asociación de Alcaldes y la Federación de Alcaldes. El Centro de Recaudación de Ingresos Municipales () será el ente encargado de recolectar y transferir estos fondos, que se usarán exclusivamente para herramientas tecnológicas, capacitación de alcaldes, gastos operacionales y promoción de beneficios municipales. Se requerirá por parte del CRIM y la presentación de informes auditados anuales por las entidades receptoras.
Pros
Contras
Última acción · 7 de abril de 2026
Remitido a la Comisión de Reglas y Calendario del Senado
Intereses en juego
📜 Perspectiva histórica
. Esta medida se inscribe en el debate sobre la autonomía y la estabilidad financiera de los municipios, un tema central desde la Ley de Municipios Autónomos de 1991 y el Código Municipal de 2020. La propuesta de redirigir fondos de patentes de telecomunicaciones para fortalecer los recaudos y operaciones municipales refleja la búsqueda constante de los ayuntamientos por asegurar recursos propios ante la eliminación de subsidios estatales y los retos del .
En qué va
La medida PS 766, el 7 de octubre de 2025, ha sido aprobada con en primer informe por la Comisión de Asuntos Municipales del Senado de Puerto Rico el 7 de abril de 2026, y actualmente se encuentra en trámite ante la Comisión de Reglas y Calendario del Senado.
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