Qué propone
Esta medida crea la "Ley de Acceso Justo a Espectáculos y Eventos" (Ley AJEE) y la Ley del Promotor de Espectáculos Públicos para exigir transparencia total en los precios de boletos, prohibiendo cargos adicionales no autorizados. Regula el uso de inteligencia artificial en la fijación de precios dinámicos y selección de asientos, y establece reembolsos automáticos por cancelación. Faculta al Departamento de Asuntos del Consumidor (DACO) para auditar algoritmos y sancionar, afectando a promotores, plataformas de venta de boletos y consumidores de eventos.
Pros
Contras
Última acción · 23 de junio de 2026
Quedó Pendiente de Acción Posterior en el Senado
Otras medidas sobre el mismo asunto, encontradas por significado (no solo por palabras).
“Para enmendar la Ley Núm. 5 de 23 de abril de 1973, según enmendada, conocida como “Ley Orgánica del Departamento de Asuntos del Consumidor”, a los fines de requerir un desglose detallado y transparente de todos los cargos adicionales en la venta de boletos para conciertos, obras teatrales, espectáculos deportivos y otros eventos similares en Puerto Rico, incluyendo, pero no limitándose a, cargos por servicio, cargos por mantenimiento, impuestos y cualquier otro cargo identificable, para garantizar la claridad y protección al consumidor; integrar las responsabilidades de los productores de espectáculos públicos conforme a la Ley Núm. 162 de 1996, según enmendada, y la Ley Núm. 113 de 2005, según enmendada; prohibir la inclusión de cargos por “infraestructura” o similares cuando las facilidades sean administradas de forma privada, obligando a los administradores y productores privados a absorber tales costos; y para otros fines relacionados.”
Esta medida enmienda la Ley Orgánica del Departamento de Asuntos del Consumidor (DACO) para exigir un desglose detallado y transparente de todos los cargos adicionales en la venta de boletos para eventos en Puerto Rico. Prohíbe explícitamente la imposición de cargos por 'infraestructura' o similares cuando las facilidades sean administradas de forma privada, obligando a los administradores y productores privados a absorber dichos costos. Afecta directamente a los consumidores que compran boletos, a los productores de espectáculos y a los administradores privados de recintos.
Para enmendar la Ley Núm. 209-2016, según enmendada, conocida como “Ley para la Transparencia en el Recibo de Compra”, a los fines de aclarar su Artículo 3 actual y prohibir expresamente la imposición y transferencia al consumidor de cargos denominados “promoter fee” o cualquier cargo análogo no optativo; y para otros fines relacionados.
Intereses en juego
En qué va
Este proyecto se encuentra en la Comisión de Innovación, Reforma y Nombramientos del Senado, habiendo sido presentado el 9 de enero de 2026 y referido a comisión. Un proyecto sustitutivo fue el 22 de junio de 2026 y se incluyó en el del Senado, quedando pendiente de acción posterior.
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La medida propone enmendar la Ley Núm. 209-2016 para prohibir expresamente que los comerciantes, especialmente en la industria del entretenimiento, impongan o transfieran al consumidor cargos adicionales no optativos conocidos como "promoter fee" o cualquier cargo análogo. Busca aclarar que estos costos son parte del riesgo empresarial del promotor y deben estar incluidos en el precio base anunciado, protegiendo así la transparencia en el precio final que paga el consumidor.
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