Qué propone
La medida la Ley Núm. 125 de 1966, conocida como Ley de Depósitos de Chatarra, para ampliar su marco regulatorio. Se introduce la figura del 'colector' (persona particular que compra, vende, almacena o maneja chatarra) y se le exige obtener una licencia, similar a los depósitos de chatarra. El Secretario del Departamento de Transportación y Obras Públicas (DTOP) será la autoridad principal para expedir y fiscalizar estas licencias, que deberán renovarse cada dos años. El objetivo es formalizar el sector, combatir la competencia desleal y asegurar que todos los actores operen bajo los mismos estándares de legalidad y responsabilidad social.
Pros
Contras
Intereses en juego
En qué va
La medida, P. del S. 909, fue el 9 de enero de 2026 y referida a la Comisión de Gobierno del Senado de Puerto Rico para su análisis.
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Última acción · 12 de enero de 2026
Referido a Comisión(es)
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