Qué propone
El P. del S. 1118 el Artículo 13 de la Ley Núm. 132 de 1968 para aumentar las sanciones por destruir dunas costeras o estructuras de restauración y estabilización de playas. Establece penas de restitución, multas de hasta $10,000, o reclusión de hasta tres años para daños a estructuras privadas o públicas. Si las estructuras afectadas fueron sufragadas total o parcialmente con fondos públicos, las penas se elevan a restitución total, multas de al menos $15,000, o reclusión fija de cinco años. La medida aplica a cualquier persona natural o jurídica, agencia gubernamental o instrumentalidad que cause la destrucción sin permiso de la Oficina de Gerencia de Permisos.
Pros
Contras
Intereses en juego
📜 Perspectiva histórica
Esta medida se enmarca en la preocupación histórica por la protección de las costas de Puerto Rico, que se ha intensificado por el cambio climático y la erosión. La Ley 33-2019 ya estableció un marco para la resiliencia costera, y esta medida busca fortalecer la protección de las dunas y playas, elementos clave para mitigar la erosión, en un contexto donde el desarrollo costero y el acceso público a las playas han sido temas de constante tensión.
En qué va
La medida, P. del S. 1118, fue el Senado de Puerto Rico el 5 de marzo de 2026 y referida a comisión el 9 de marzo de 2026, tras aparecer en Primera Lectura.
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Última acción · 9 de marzo de 2026
Referido a Comisión(es)
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