Qué propone
La Resolución de la Cámara 307 ordena a la Comisión de Educación de la Cámara de Representantes realizar una investigación exhaustiva sobre el programa de psicología escolar en Puerto Rico. La investigación debe analizar cuántos psicólogos de ambiente escolar realizan tareas de psicólogos escolares, la administración de pruebas, la existencia y contenido de planes de clasificación y escalas salariales, la disponibilidad de contratos, la cantidad de estudiantes atendidos por psicólogo, el acceso a adiestramientos y la tasa de renuncias desde 2020. Afecta directamente al Departamento de Educación y a los psicólogos que laboran en el sistema público escolar.
Pros
Contras
Intereses en juego
En qué va
La Resolución de la Cámara 307 fue el 9 de mayo de 2025 y referida a comisión el 12 de mayo de 2025, encontrándose actualmente en la Comisión de Educación de la Cámara de Representantes para su consideración.
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Última acción · 12 de mayo de 2025
Referido a Comisión(es)
Otras medidas sobre el mismo asunto. Se encuentran por significado, no solo por palabras.
Para ordenar a la Comisión de Educación de la Cámara de Representantes del Estado Libre Asociado de Puerto Rico llevar a cabo una investigación abarcadora en torno a la implantación y concreción en el cumplimiento del ordenamiento y conjunto de normas en cuanto al puesto de psicólogo escolar en el Departamento de Educación de Puerto Rico, estatuido en el Artículo 2.21 de la Ley Núm. 85 de 29 de marzo de 2018, según enmendada, conocida como “Ley de Reforma Educativa de Puerto Rico”; asimismo, identificar planes y proyectos que posibiliten dicho cumplimiento. Para ordenar a la Comisión de Educación de la Cámara de Representantes del Estado Libre Asociado de Puerto Rico llevar a cabo una investigación abarcadora en torno a la implantación y concreción en el cumplimiento del ordenamiento y conjunto de normas en cuanto al puesto de psicólogo escolar en el Departamento de Educación de Puerto Rico, estatuido en el Artículo 2.21 de la Ley Núm. 85 de 29 de marzo de 2018, según enmendada, conocida como “Ley de Reforma Educativa de Puerto Rico”; asimismo, identificar planes y proyectos que posibiliten dicho cumplimiento.
La Resolución de la Cámara 392 ordena a la Comisión de Educación de la Cámara de Representantes llevar a cabo una investigación exhaustiva sobre la implantación y el cumplimiento de las normas relativas al puesto de psicólogo escolar, según establecido en el Artículo 2.21 de la Ley 85-2018 (Ley de Reforma Educativa). La medida busca identificar deficiencias y proponer planes y proyectos para asegurar que el Departamento de Educación cumpla con la ley y provea los recursos psicológicos necesarios a la comunidad escolar.
Para ordenar a la Comisión de Educación de la Cámara de Representantes de Puerto Rico realizar una investigación sobre la disponibilidad, en el Departamento de Educación, de pruebas psicoeducativas en los idiomas necesarios; y examinar si la agencia incurre en la práctica de administrarle evaluaciones psicoeducativas en español a estudiantes cuyo primer idioma no es el español.
La Resolución de la Cámara 641 ordena a la Comisión de Educación de la Cámara de Representantes realizar una investigación sobre la disponibilidad de pruebas psicoeducativas en los idiomas necesarios dentro del Departamento de Educación. Adicionalmente, la comisión debe examinar si el Departamento administra evaluaciones psicoeducativas en español a estudiantes cuyo primer idioma no es el español. La Comisión tiene 120 días para rendir un informe con sus hallazgos, conclusiones y recomendaciones.
Para ordenar la Comisión de Educación, investigar la operación, implementación y retos del programa de Educación Especial, presentados por Departamento de Educación del Gobierno de Puerto Rico específicamente los Servicios Compensatorios a estudiantes; y para otros fines relacionados.
La Resolución de la Cámara 51 ordena a la Comisión de Educación de la Cámara de Representantes investigar la operación, implementación y los retos del programa de Educación Especial del Departamento de Educación de Puerto Rico, con un enfoque específico en los Servicios Compensatorios para estudiantes. La Comisión deberá presentar informes parciales y un informe final con hallazgos, conclusiones y recomendaciones, incluyendo posibles acciones legislativas y administrativas, antes de que finalice el término de la actual Vigésima Asamblea Legislativa (2025-2028). Afecta directamente al Departamento de Educación al requerirle proveer información y al poner bajo escrutinio público un programa clave para estudiantes con necesidades especiales.
Para ordenar a la Comisión de Educación de la Cámara de Representantes de Puerto Rico, a realizar una investigación exhaustiva sobre el estado en que se encuentra el comedor escolar de la escuela José Facundo Cintrón ubicada en el Municipio de Yabucoa.
La Resolución de la Cámara 301 ordena a la Comisión de Educación de la Cámara de Representantes realizar una investigación exhaustiva sobre el estado actual del comedor escolar de la escuela José Facundo Cintrón en Yabucoa. La Comisión deberá presentar un informe final con hallazgos, conclusiones y recomendaciones, incluyendo posibles acciones legislativas y administrativas, dentro de 120 días tras la aprobación de la medida. Afecta directamente a la Comisión de Educación, que debe ejecutar la investigación, y de forma indirecta a la comunidad escolar de Yabucoa, al buscar abordar la inactividad del comedor.
“Para ordenarle al Departamento de Educación solicitar y asignar el presupuesto necesario para operar el Programa de Psicología en el Ámbito Escolar sin la necesidad de desviar fondos de otros programas, oficinas o dependencias; tramitar la separación de los programas de Psicología en el Ámbito Escolar y de Educación Especial; asignar al Programa de Educación Especial su propio personal psicológico; crear y reclutar nuevas plazas de personal psicológico en la agencia; revisar, en colaboración con la oficina de la Monitora del caso Rosa Lydia Vélez y otros v. Awilda Aponte Roque y otros, el esquema establecido para evaluar el desempeño de las psicólogas en las escuelas, tomando en consideración las consideraciones éticas pertinentes; establecer acuerdos colaborativos o algún programa de mentoría entre el Programa de Psicología en el Ámbito Escolar y las proveedoras de servicios psiquiátricos; asignar espacios idóneos para la provisión de evaluaciones, terapias y entrevistas psicológicas, entre otros servicios, que cumplan con las condiciones necesarias para asegurar la dignidad, la confidencialidad y la buena práctica; modificar su formato de servicios psicológicos en las escuelas para integrar efectivamente a las madres y padres al proceso de terapia psicológica; prohibir mediante reglamentación la incorporación de cláusulas contractuales que no le permitan a las psicólogas u otras especialistas evaluadoras testificar en contra de la agencia en caso de controversia o incumplimiento; y corregir los problemas técnicos para garantizar la provisión de servicios confiables de internet en todas las escuelas, de manera que la coordinación, provisión y documentación de servicios educativos, relacionados, suplementarios e interdisciplinarios no se vea interrumpida; y para establecer otras disposiciones complementarias.”
La medida ordenaba al Departamento de Educación (DE) solicitar y asignar presupuesto propio y suficiente para operar el Programa de Psicología en el Ámbito Escolar (PPAE) sin desviar fondos de otros programas. Buscaba tramitar la separación del PPAE y el Programa de Educación Especial (PEE), asignar personal psicológico propio al PEE, y crear nuevas plazas de personal psicológico. También disponía la revisión de la evaluación de psicólogas, la asignación de espacios idóneos para servicios, la integración de padres al proceso terapéutico, la prohibición de cláusulas contractuales restrictivas y la corrección de problemas de internet en escuelas.
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