Para ordenar a la Comisión de Trabajos y Asuntos Laborales de la Cámara de Representantes de Puerto Rico, realizar una investigación sobre las prácticas patronales y relaciones laborales de la compañía Xpert’s Solutions LLC, quien sostiene contratos públicos para el mantenimiento de planteles escolares, investigar las condiciones laborales del personal que trabaja en esta compañía, el cumplimiento de la compañía con la legislación federal y estatal aplicable, sus protocolos laborales y operacionales, así como los efectos de sus prácticas patronales en la calidad y efectividad de los servicios que ofrecen; y para otros fines relacionados.
Qué propone
La Resolución de la Cámara 555 ordena a la Comisión de Trabajos y Asuntos Laborales de la Cámara de Representantes realizar una investigación exhaustiva sobre las prácticas patronales y relaciones laborales de la compañía Xpert’s Solutions LLC. Esta investigación debe abarcar las condiciones laborales de su personal, el cumplimiento de la legislación aplicable y los efectos de sus prácticas en la calidad de los servicios que provee bajo contratos públicos. La Comisión deberá rendir informes parciales y finales a la Cámara antes de que concluya la Vigésima Asamblea Legislativa.
Pros
Contras
Intereses en juego
Perspectiva histórica
La investigación sobre Xpert’s Solutions LLC se enmarca en la historia del movimiento obrero puertorriqueño, que desde la caña hasta la UTIER ha luchado por condiciones laborales justas y contra prácticas patronales abusivas. Esta medida refleja la continuidad de la preocupación por los derechos de los trabajadores, especialmente en el contexto de contratos públicos, un ámbito donde históricamente se han denunciado irregularidades y falta de transparencia.
En qué va
La Resolución de la Cámara 555 fue el 22 de enero de 2026, referida a comisión el 27 de enero de 2026, y un primer informe con fue rendido el 16 de julio de 2026, siendo luego remitida a la Comisión de Calendarios y Reglas Especiales de Debate.
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Última acción · 16 de julio de 2026
Remitido a Comisión de Calendarios y Reglas Especiales de Debate de la Cámara
Otras medidas sobre el mismo asunto. Se encuentran por significado, no solo por palabras.
Para ordenar a la Comisión del Trabajo y Asuntos Laborales y a la Comisión de Hacienda de la Cámara de Representantes realizar una investigación exhaustiva sobre aquellos patronos que utilizan la figura del contratista independiente como subterfugio para evitar conceder derechos y beneficios que como empleado tendría derecho una persona que labore para este; y para otros fines relacionados
La Resolución de la Cámara 305 ordena a las Comisiones de Trabajo y Asuntos Laborales y de Hacienda de la Cámara de Representantes realizar una investigación exhaustiva. El objetivo es determinar si patronos en Puerto Rico utilizan la figura del contratista independiente de manera indebida para evadir obligaciones laborales y contributivas. La medida se enfoca en sectores como compañías de seguridad privada y administración de condominios, y establece un plazo de 120 días para la presentación del informe final.
Para ordenar a la Comisión de Trabajo y Asuntos Laborales realizar una investigación sobre el alcance de las contrataciones por parte del Gobierno de Puerto Rico, sus agencias e instrumentalidades, con agencias de colocación de empleo parcial o temporero en Puerto Rico, que incluya pero no se limite a: como se determina la necesidad de una contratación de alguna agencia de empleo para suplir la necesidad de empleados de las entidades gubernamentales; los mecanismos utilizados para notificar o invitar a las agencias de empleo temporero a participar de sus procesos de subasta o de requerimiento de propuestas; identificar los parámetros de cumplimiento en cualesquiera de las alternativas para la otorgación de un contrato tales como cualificaciones, criterios de evaluaciones y adjudicaciones y quienes hacen tales determinaciones; en cumplimiento con la reglamentación existente aplicable; publicidad o comunicación de los procesos; e identificación apropiada de los servicios requeridos; requerir de las agencias gubernamentales concernidas un récord histórico de contrataciones con tales agencias de empleo temporero y las cuantías; y para otros fines relacionados.
La R. de la C. 544 es una resolución de investigación, no una ley que cree derechos u obligaciones generales. Ordena a la Comisión de Trabajo y Asuntos Laborales investigar cómo se contratan agencias de empleo parcial o temporero, incluidos los criterios de selección, las invitaciones a subastas o propuestas, la publicidad y la definición de los servicios; la versión enmendada incluye expresamente a las corporaciones públicas. También requiere un historial de contratos y sus cuantías, y un informe final antes de que termine la última sesión ordinaria de la Vigésima Asamblea Legislativa.
Para ordenar a la Comisión de Trabajo y Asuntos Laborales realizar una investigación sobre el alcance de las contrataciones por parte del Gobierno de Puerto Rico, sus agencias e instrumentalidades, con agencias de colocación de empleo parcial o temporero en Puerto Rico, que incluya pero no se limite a: como se determina la necesidad de una contratación de alguna agencia de empleo para suplir la necesidad de empleados de las entidades gubernamentales; los mecanismos utilizados para notificar o invitar a las agencias de empleo temporero a participar de sus procesos de subasta o de requerimiento de propuestas; identificar los parámetros de cumplimiento en cualesquiera de las alternativas para la otorgación de un contrato tales como cualificaciones, criterios de evaluaciones y adjudicaciones y quienes hacen tales determinaciones; en cumplimiento con la reglamentación existente aplicable; publicidad o comunicación de los procesos; e identificación apropiada de los servicios requeridos; requerir de las agencias gubernamentales concernidas un récord histórico de contrataciones con tales agencias de empleo temporero y las cuantías; y para otros fines relacionados.
La Resolución de la Cámara 549 ordena a la Comisión de Trabajo y Asuntos Laborales realizar una investigación exhaustiva sobre cómo el Gobierno de Puerto Rico y sus agencias contratan servicios de agencias de colocación de empleo parcial o temporero. La investigación debe detallar los procesos de determinación de necesidad, los mecanismos de notificación y subasta, los criterios de evaluación y adjudicación de contratos, el cumplimiento reglamentario, la publicidad de los procesos y los servicios requeridos. Además, se solicita un registro histórico de estas contrataciones y sus cuantías. Esta medida afecta a las agencias gubernamentales que utilizan estos servicios y a las propias agencias de empleo temporero.
Para ordenar a la Comisión del Trabajo y Asuntos Laborales de la Cámara de Representantes de Puerto Rico realizar una investigación exhaustiva sobre las razones que llevan a múltiples patronos a solicitar al Departamento del Trabajo y Recursos Humanos (DTRH) de manera consecutiva o recurrente la exoneración del pago del bono de Navidad, de conformidad con la Ley Núm. 148 de 30 de junio de 1969, según enmendada, conocida como la “Ley del Bono de Navidad para Trabajadores y Empleados de la Empresa Privada”
La Resolución de la Cámara 458 ordena a la Comisión del Trabajo y Asuntos Laborales de la Cámara de Representantes de Puerto Rico realizar una investigación exhaustiva. El objetivo es determinar las razones por las cuales múltiples patronos solicitan de manera consecutiva o recurrente la exoneración del pago del bono de Navidad, según lo permite la Ley Núm. 148 de 1969. La investigación debe incluir el análisis de criterios del DTRH, la situación financiera de los patronos, el impacto en empleados, tendencias y posibles lagunas legales. La Comisión tiene 180 días para rendir un informe.
Para ordenar a la Comisión del Trabajo y Asuntos Laborales de la Cámara de Representantes de Puerto Rico realizar una investigación exhaustiva sobre las razones que llevan a múltiples patronos a solicitar al Departamento del Trabajo y Recursos Humanos (DTRH) de manera consecutiva o recurrente la exoneración del pago del bono de Navidad, de conformidad con la Ley Núm. 148 de 30 de junio de 1969, según enmendada, conocida como la “Ley del Bono de Navidad para Trabajadores y Empleados de la Empresa Privada”.
La Resolución de la Cámara 146 ordena a la Comisión de Trabajo y Asuntos Laborales de la Cámara de Representantes realizar una investigación exhaustiva sobre las razones por las cuales múltiples patronos solicitan de manera recurrente la exoneración del pago del bono de Navidad, amparándose en la Ley Núm. 148 de 1969. La investigación debe evaluar los criterios del Departamento del Trabajo y Recursos Humanos (DTRH) para otorgar estas exoneraciones, la situación financiera de los patronos recurrentes, el impacto en los empleados, las tendencias de solicitudes en los últimos cinco años y posibles lagunas legales que permitan abusos. La Comisión deberá presentar un informe con hallazgos y recomendaciones en un plazo de 180 días.
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