Qué propone
La Resolución de la Cámara 305 ordena a las Comisiones de Trabajo y Asuntos Laborales y de Hacienda de la Cámara de Representantes realizar una investigación exhaustiva. El objetivo es determinar si patronos en Puerto Rico utilizan la figura del contratista independiente de manera indebida para evadir obligaciones laborales y contributivas. La medida se enfoca en sectores como compañías de seguridad privada y administración de condominios, y establece un plazo de 120 días para la presentación del informe final.
Pros
Contras
Intereses en juego
En qué va
La Resolución de la Cámara 305 fue el 9 de mayo de 2025 y referida a comisión. Un con fue rendido el 27 de junio de 2025, y la medida fue remitida a la Comisión de Calendarios y Reglas Especiales de Debate de la Cámara.
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Última acción · 27 de junio de 2025
Remitido a Comisión de Calendarios y Reglas Especiales de Debate de la Cámara
Otras medidas sobre el mismo asunto. Se encuentran por significado, no solo por palabras.
Para ordenar a la Comisión del Trabajo y Asuntos Laborales de la Cámara de Representantes de Puerto Rico a realizar una investigación exhaustiva sobre todo asunto o legislación relacionada con las condiciones de trabajo, horas y salarios, las relaciones obrero-patronales; el adiestramiento y readiestramiento de trabajadores; los servicios y orientación laboral; la capacitación sindical; el desempleo y la seguridad de empleo en general; la prevención y compensación por accidentes del trabajo y la rehabilitación por motivos de accidentes del trabajo; los trabajadores migrantes; las leyes especiales incluyendo las que prohíben todo tipo de discrimen en el empleo, y el trabajo en general; y sobre cualquier asunto que le delegue la Cámara de Representantes de Puerto Rico o el Presidente o la Presidenta de ésta.
La Resolución de la Cámara 111 ordena a la Comisión del Trabajo y Asuntos Laborales de la Cámara de Representantes a realizar una investigación exhaustiva sobre múltiples aspectos del mundo laboral en Puerto Rico, incluyendo condiciones de trabajo, horas y salarios, relaciones obrero-patronales, adiestramiento, desempleo, compensación por accidentes y discriminación. La investigación deberá incluir la posibilidad de citar personas y entidades, solicitar documentos e información, y rendir informes parciales y uno final antes de que concluya la Vigésima Asamblea Legislativa. Afecta directamente a la Comisión del Trabajo y Asuntos Laborales, a quienes deban ser citados o requeridos de información, y busca informar a la Cámara de Representantes sobre estrategias para un marco laboral más justo y eficiente.
Para ordenar a la Comisión de Trabajo y Asuntos Laborales realizar una investigación sobre el alcance de las contrataciones por parte del Gobierno de Puerto Rico, sus agencias e instrumentalidades, con agencias de colocación de empleo parcial o temporero en Puerto Rico, que incluya pero no se limite a: como se determina la necesidad de una contratación de alguna agencia de empleo para suplir la necesidad de empleados de las entidades gubernamentales; los mecanismos utilizados para notificar o invitar a las agencias de empleo temporero a participar de sus procesos de subasta o de requerimiento de propuestas; identificar los parámetros de cumplimiento en cualesquiera de las alternativas para la otorgación de un contrato tales como cualificaciones, criterios de evaluaciones y adjudicaciones y quienes hacen tales determinaciones; en cumplimiento con la reglamentación existente aplicable; publicidad o comunicación de los procesos; e identificación apropiada de los servicios requeridos; requerir de las agencias gubernamentales concernidas un récord histórico de contrataciones con tales agencias de empleo temporero y las cuantías; y para otros fines relacionados.
La Resolución de la Cámara 549 ordena a la Comisión de Trabajo y Asuntos Laborales realizar una investigación exhaustiva sobre cómo el Gobierno de Puerto Rico y sus agencias contratan servicios de agencias de colocación de empleo parcial o temporero. La investigación debe detallar los procesos de determinación de necesidad, los mecanismos de notificación y subasta, los criterios de evaluación y adjudicación de contratos, el cumplimiento reglamentario, la publicidad de los procesos y los servicios requeridos. Además, se solicita un registro histórico de estas contrataciones y sus cuantías. Esta medida afecta a las agencias gubernamentales que utilizan estos servicios y a las propias agencias de empleo temporero.
Para ordenar a la Comisión de Trabajos y Asuntos Laborales de la Cámara de Representantes de Puerto Rico, realizar una investigación sobre las prácticas patronales y relaciones laborales de la compañía Xpert’s Solutions LLC, quien sostiene contratos públicos para el mantenimiento de planteles escolares, investigar las condiciones laborales del personal que trabaja en esta compañía, el cumplimiento de la compañía con la legislación federal y estatal aplicable, sus protocolos laborales y operacionales, así como los efectos de sus prácticas patronales en la calidad y efectividad de los servicios que ofrecen; y para otros fines relacionados.
La Resolución de la Cámara 555 ordena a la Comisión del Trabajo y Asuntos Laborales de la Cámara de Representantes de Puerto Rico que realice una investigación exhaustiva sobre las prácticas patronales y relaciones laborales de la compañía Xpert’s Solutions LLC. Esta investigación debe cubrir las condiciones laborales de su personal, el cumplimiento de la compañía con leyes federales y estatales, sus protocolos operativos, y el impacto de sus prácticas en la calidad de los servicios de mantenimiento que ofrece a planteles escolares bajo contrato público. La medida no crea derechos ni obligaciones nuevas, ni asigna fondos, sino que encarga una función fiscalizadora.
Para ordenar a la Comisión de Trabajo y Asuntos Laborales realizar una investigación sobre el alcance de las contrataciones por parte del Gobierno de Puerto Rico, sus agencias e instrumentalidades, con agencias de colocación de empleo parcial o temporero en Puerto Rico, que incluya pero no se limite a: como se determina la necesidad de una contratación de alguna agencia de empleo para suplir la necesidad de empleados de las entidades gubernamentales; los mecanismos utilizados para notificar o invitar a las agencias de empleo temporero a participar de sus procesos de subasta o de requerimiento de propuestas; identificar los parámetros de cumplimiento en cualesquiera de las alternativas para la otorgación de un contrato tales como cualificaciones, criterios de evaluaciones y adjudicaciones y quienes hacen tales determinaciones; en cumplimiento con la reglamentación existente aplicable; publicidad o comunicación de los procesos; e identificación apropiada de los servicios requeridos; requerir de las agencias gubernamentales concernidas un récord histórico de contrataciones con tales agencias de empleo temporero y las cuantías; y para otros fines relacionados.
La Resolución de la Cámara 544 ordena a la Comisión de Trabajo y Asuntos Laborales de la Cámara de Representantes realizar una investigación exhaustiva sobre cómo el Gobierno de Puerto Rico y sus instrumentalidades contratan agencias de empleo temporero. La investigación debe detallar los procesos de determinación de necesidad, los mecanismos de notificación y subasta, los criterios de evaluación y adjudicación de contratos, la publicidad de dichos procesos, y recopilar un historial de contrataciones y cuantías con estas agencias. Afecta directamente a las agencias gubernamentales y a las agencias de colocación de empleo temporal.
Para ordenar a la Comisión del Trabajo y Relaciones Laborales de la Cámara de Representantes de Puerto Rico, a investigar la viabilidad de establecer, en el servicio público, una compensación mínima de diez dólares con cincuenta centavos ($10.50) por hora; examinar el impacto legal, fiscal, presupuestario y administrativo de esa política pública; identificar cuántos empleados devengan actualmente menos de esa cantidad; determinar en qué agencias, municipios, corporaciones públicas, instrumentalidades y demás entidades gubernamentales laboran; evaluar el efecto sobre los planes de clasificación y retribución, las leyes habilitadoras, los convenios colectivos, los fondos recurrentes y la compresión salarial; y para otros fines relacionados.
La Resolución de la Cámara 725 ordena a la Comisión de Trabajo y Relaciones Laborales de la Cámara de Representantes de Puerto Rico realizar una investigación exhaustiva. El propósito es determinar la viabilidad legal, fiscal, presupuestaria, administrativa y operacional de establecer una compensación mínima de $10.50 por hora para empleados del servicio público. La investigación debe identificar cuántos empleados ganan menos de esa cantidad, en qué entidades gubernamentales laboran, y evaluar el impacto en planes de clasificación, convenios colectivos y fondos públicos.
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