Para ordenar a la Comisión de Asuntos Municipales de la Cámara de Representantes de Puerto Rico realizar una investigación exhaustiva dirigida a evaluar la situación de la titularidad de los solares residenciales ubicados en el Sector Monserrate del Municipio Autónomo de Toa Baja, cuyos residentes no cuentan con títulos de propiedad, con el fin de identificar y evaluar los procesos necesarios para que se otorgue la titularidad a favor de sus residentes; y para otros fines relacionados.
Qué propone
La Resolución de la Cámara 590 ordena a la Comisión de Asuntos Municipales de la Cámara de Representantes realizar una investigación exhaustiva sobre la situación de la titularidad de solares residenciales en el Sector Monserrate, Toa Baja. El objetivo es identificar y evaluar los procesos necesarios para otorgar títulos de propiedad a los residentes que actualmente carecen de ellos. La investigación deberá solicitar información a varias agencias gubernamentales y entidades privadas, y la Comisión deberá rendir un informe con hallazgos y recomendaciones en un plazo de 120 días.
Pros
Contras
Intereses en juego
En qué va
La Resolución de la Cámara 590 fue el 4 de febrero de 2026, referida a comisión, y por unanimidad el 29 de junio de 2026. Actualmente, se encuentra en proceso de de comisión.
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Última acción · 6 de octubre de 2026
: Salón de Audiencias #2
Otras medidas sobre el mismo asunto. Se encuentran por significado, no solo por palabras.
Para ordenar a la Autoridad de Tierras de Puerto Rico identificar, mensurar y segregar de la finca número 3,594 de Toa Baja, denominada Ingenio Pastillo, aquella porción de terreno donde ubica el Sector Monserrate de la Comunidad Ingenio, en el Barrio Sabana Seca del Municipio Autónomo de Toa Baja, y transferir, por el precio nominal de un dólar ($1.00), al Municipio Autónomo de Toa Baja el pleno dominio de la parcela resultante; disponer que la Autoridad de Tierras de Puerto Rico, en coordinación con el Municipio Autónomo de Toa Baja, realice los trámites administrativos y registrales necesarios para individualizar, transferir e inscribir el inmueble; facultar al Municipio Autónomo de Toa Baja a realizar, una vez adquirido el inmueble, las segregaciones y demás gestiones necesarias para encaminar el traspaso de los solares residenciales que componen el Sector Monserrate, sin que ello constituya una adjudicación de titularidad sobre solares particulares; establecer las condiciones restrictivas aplicables a la transferencia; disponer que la transferencia se realice sin sujeción a las disposiciones del Capítulo 5 de la Ley 26-2017, según enmendada, conocida como “Ley de Cumplimiento con el Plan Fiscal”, en cuanto a la evaluación y disposición de bienes inmuebles; y para otros fines relacionados.
Ordena a la Autoridad de Tierras identificar, mensurar y segregar de la finca 3,594, Ingenio Pastillo, en el barrio Sabana Seca de Toa Baja, la porción donde ubica el Sector Monserrate. La cabida y descripción final dependerán de la mensura; la transferencia no incluye el remanente de la finca. La Autoridad transferiría al Municipio de Toa Baja el pleno dominio de esa parcela por $1.00, y ambos realizarían los trámites para inscribirla; se excluye para esta transferencia el procedimiento del Capítulo 5 de la Ley 26-2017. El Municipio podría gestionar la regularización de los solares, pero la medida no adjudica títulos individuales y mantiene los requisitos legales aplicables; el terreno debe dedicarse a ese fin y revertirá a la Autoridad si se destina a otro.
Para ordenar a las Comisiones de Vivienda y de la Región Norte de la Cámara de Representantes de Puerto Rico realizar una investigación sobre las razones por las cuales las escrituras de título de propiedad correspondientes a las unidades de vivienda del Proyecto Villa Alegría, ubicado en el Municipio de Vega Alta, otorgadas a favor de sus titulares, no han sido entregadas por las agencias y entidades responsables; evaluar el estado actual del proceso de inscripción y entrega de dichas escrituras; determinar las causas de cualquier retraso o incumplimiento; y para otros fines relacionados.
La Resolución de la Cámara 798 ordena a las Comisiones de Vivienda y de la Región Norte de la Cámara de Representantes de Puerto Rico realizar una investigación exhaustiva. El objetivo es determinar las razones por las cuales las escrituras de título de propiedad de las unidades de vivienda del Proyecto Villa Alegría en Vega Alta no han sido entregadas a sus titulares, a pesar de haber sido otorgadas. La investigación evaluará el proceso de inscripción y entrega, identificará obstáculos y propondrá recomendaciones legislativas o administrativas.
Para ordenar a la Comisión de Asuntos Municipales de la Cámara de Representantes de Puerto Rico a realizar una investigación exhaustiva sobre el cumplimiento del Centro de Recaudación de Ingresos Municipales (CRIM) con su responsabilidad de cobrar contribuciones morosas mediante embargo y venta de la propiedad de los deudores en mora, específicamente en cuanto a las propiedades inmuebles abandonadas y desocupadas sitas en los municipios de Aguadilla y Moca, con el propósito de identificar alternativas de cobro y ejecución de dichas contribuciones morosas; y para otros fines relacionados.
La Resolución de la Cámara 480 ordena a la Comisión de Asuntos Municipales de la Cámara de Representantes a realizar una investigación exhaustiva sobre el cumplimiento del Centro de Recaudación de Ingresos Municipales (CRIM) en el cobro de contribuciones morosas mediante embargo y venta de propiedades, enfocándose en propiedades inmuebles abandonadas y desocupadas en Aguadilla y Moca. El objetivo es identificar alternativas de cobro y ejecución para estas deudas. La investigación debe completarse y presentarse en un informe dentro de 180 días desde la aprobación de la resolución.
Para ordenar a la Comisión de Vivienda y Desarrollo Urbano de la Cámara de Representantes de Puerto Rico que investigue cómo se están manejando las deudas de las propiedades muebles e inmuebles en el Centro de Recaudación de Ingresos Municipales.
La Resolución de la Cámara 681 ordena a la Comisión de Vivienda y Desarrollo Urbano de la Cámara de Representantes que investigue el manejo de deudas de propiedades muebles e inmuebles en el Centro de Recaudación de Ingresos Municipales (CRIM). La investigación debe detallar cuántas propiedades tienen deudas pendientes por municipio, el tiempo de vencimiento de estas deudas, y las gestiones de cobro realizadas o no por el CRIM. Además, se solicita información sobre embargos y el plan de acción del CRIM para reducir estas deudas en los próximos cinco años. La Comisión tiene 180 días para rendir un informe con hallazgos, conclusiones y recomendaciones.
Para requerirle a la Administración de Terrenos de Puerto Rico que entregue, a través de la Secretaría de la Cámara de Representantes en un término no mayor de cinco (5) días luego de la aprobación de esta Resolución, un listado con el inventario de terrenos, lotes y/o parcelas que tiene bajo su posesión, incluyendo si existen acuerdos de arrendamiento vigentes o trámites para la compraventa de alguno y el estatus en que se encuentra la transacción, así como la descripción registral de cada inmueble, en los municipios de: San Juan, Guaynabo, Bayamón, Cataño, Carolina, Trujillo Alto y Caguas; y para otros fines relacionados.
Esta Resolución de la Cámara de Representantes (RC 683) requiere a la Administración de Terrenos de Puerto Rico (AT) que entregue, en un plazo de cinco (5) días tras su aprobación, un inventario detallado de sus terrenos, lotes y parcelas en siete municipios específicos (San Juan, Guaynabo, Bayamón, Cataño, Carolina, Trujillo Alto y Caguas). El inventario debe incluir información sobre acuerdos de arrendamiento vigentes, transacciones de compraventa en curso y su estatus, y la descripción registral de cada inmueble. Afecta directamente a la AT, que debe compilar y remitir la información, y a la Secretaría de la Cámara de Representantes, que la recibirá.
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