Qué propone
La Resolución de la Cámara 601 ordena al Departamento de la Familia (DF) que informe detalladamente a la Cámara de Representantes sobre los mecanismos existentes para la entrega o colocación voluntaria de menores en cuidado sustituto, incluyendo la base legal, requisitos, procedimientos y salvaguardas. Además, exige evaluar la viabilidad de completar estos procesos administrativos en un plazo máximo de 48 horas, siempre que se garantice la seguridad del menor y el debido proceso. Si no existen protocolos formales, el DF deberá proponer un programa administrativo para consideración legislativa.
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Última acción · 6 de febrero de 2026
Referido a Comisión(es)
Otras medidas sobre el mismo asunto, encontradas por significado (no solo por palabras).
Para ordenar a las comisiones de Asuntos de la Juventud y de lo Jurídico de la Cámara de Representantes del Estado Libre Asociado de Puerto Rico realizar una exhaustiva investigación sobre la implementación y cumplimiento de las disposiciones de la Resolución Conjunta 1-2023, conocida como Resolución Conjunta del Plan de Emergencia para Atender la Crisis de Abuso y Maltrato de Menores en Puerto Rico; y para otros fines relacionados.
Esta Resolución de la Cámara (RC 575) ordena a las Comisiones de Asuntos de la Juventud y de lo Jurídico de la Cámara de Representantes llevar a cabo una investigación exhaustiva sobre cómo se ha implementado y cumplido la Resolución Conjunta 1-2023. La RC 1-2023, aprobada en enero de 2023, exigía a varios departamentos del Poder Ejecutivo crear un Plan de Emergencia para atender la crisis de abuso y maltrato de menores en un plazo de 60 días, además de otras responsabilidades como campañas educativas y colaboración estadística. La investigación busca determinar si estas disposiciones se han cumplido adecuadamente.
Para ordenar a las Comisiones de Gobierno y de Adultos Mayores y Bienestar Social de la Cámara de Representantes de Puerto Rico realizar una investigación exhaustiva sobre el manejo de los casos de maltrato a menores, la cantidad de trabajadores sociales reclutados luego de la entrada en vigor de la Ley Núm. 57 de 11 de mayo de 2023, mejor conocida como “Ley para la Prevención del Maltrato, Preservación de la Unidad Familiar y para la Seguridad, Bienestar y Protección de los Menores”; y cotejar el cumplimiento de la certificación requerida en el Artículo 83 de la Ley 57-2023; y para otros fines relacionados.
La Resolución de la Cámara 389 ordena a las Comisiones de Gobierno y de Adultos Mayores y Bienestar Social de la Cámara de Representantes a realizar una investigación sobre cómo se manejan los casos de maltrato a menores. Específicamente, se busca determinar la cantidad de trabajadores sociales reclutados tras la aprobación de la Ley 57-2023 y verificar si cumplen con la certificación requerida en el Artículo 83 de dicha ley. El objetivo es evaluar la capacidad institucional del Departamento de la Familia para proteger a los menores.
Intereses en juego
En qué va
La Resolución de la Cámara 601 fue y referida a la Comisión de Asuntos Internos el 6 de febrero de 2026, tras su primera lectura en la Cámara de Representantes.
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