Para ordenar al Departamento de la Familia del Gobierno de Puerto Rico que certifique e informe a la Cámara de Representantes la existencia, base legal, requisitos, procedimientos, términos y salvaguardas aplicables a cualquier mecanismo vigente de entrega o colocación voluntaria de menores en cuidado sustituto, incluida la “Autorización Voluntaria para Ubicación de un Menor en Cuidado Sustituto” reconocida en la Ley Núm. 57-2023; disponer la evaluación de viabilidad para que la tramitación administrativa inicial y/o la formalización del acuerdo correspondiente se complete en un término no mayor de cuarenta y ocho (48) horas, sin menoscabo de la seguridad del menor y del debido proceso; y, de no existir reglamentación, protocolo formal o procedimiento operativo vigente que permita la implementación uniforme de dicho mecanismo, ordenar el diseño y sometimiento de una propuesta formal de programa administrativo, con salvaguardas y coordinación interagencial, para consideración legislativa y fiscalizadora
Qué propone
La Resolución de la Cámara 601 ordena al Departamento de la Familia (DF) que informe sobre los mecanismos existentes para la entrega o colocación voluntaria de menores en cuidado sustituto, incluyendo la base legal, requisitos, procedimientos y salvaguardas. Además, instruye al DF a evaluar la viabilidad de completar estos trámites en 48 horas y, si no existen protocolos uniformes, a diseñar y someter una propuesta de programa administrativo con salvaguardas y coordinación interagencial. La medida afecta directamente al Departamento de la Familia y, de forma indirecta, a las familias y menores que podrían utilizar o ser objeto de estos mecanismos.
Pros
Contras
Intereses en juego
En qué va
Esta Resolución de la Cámara (RC 601) fue el 6 de febrero de 2026 y referida a comisión. Se encuentra actualmente en trámite legislativo.
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Última acción · 6 de febrero de 2026
Referido a Comisión(es)
Otras medidas sobre el mismo asunto. Se encuentran por significado, no solo por palabras.
Para ordenar a las comisiones de Asuntos de la Juventud y de lo Jurídico de la Cámara de Representantes del Estado Libre Asociado de Puerto Rico realizar una exhaustiva investigación sobre la implementación y cumplimiento de las disposiciones de la Resolución Conjunta 1-2023, conocida como Resolución Conjunta del Plan de Emergencia para Atender la Crisis de Abuso y Maltrato de Menores en Puerto Rico; y para otros fines relacionados.
La Resolución de la Cámara 575 ordena a las Comisiones de Asuntos de la Juventud y de lo Jurídico de la Cámara de Representantes realizar una investigación exhaustiva sobre la implementación y el cumplimiento de la Resolución Conjunta 1-2023. Esta última buscaba establecer un Plan de Emergencia para atender la crisis de abuso y maltrato de menores en Puerto Rico. La investigación verificará si las agencias designadas (Departamento de Familia, Educación, Salud Mental, Policía, Vivienda, Negociado de Telecomunicaciones, Instituto de Estadísticas) cumplieron con los plazos y mandatos específicos de la RC 1-2023, incluyendo la creación de planes, campañas educativas, convenios y la radicación de informes.
Para ordenar a la Comisión de Salud de la Cámara de Representantes de Puerto Rico realizar una realizar una investigación exhaustiva en torno a la implementación, ejecución, fiscalización y cumplimiento de la Ley 63-2025, conocida como “Ley para la protección de la salud y el bienestar de los menores de edad en Puerto Rico”, a un año de su aprobación; así como evaluar las acciones realizadas por el Departamento de Salud y demás agencias, instrumentalidades y entidades concernidas para garantizar su cumplimiento; determinar si se han realizado prácticas, tratamientos, intervenciones o procedimientos prohibidos por dicha Ley; evaluar la implementación de programas de educación y sensibilización conforme establece la Ley y cualquier otro asunto relevante a protocolos, reglamentos, órdenes administrativas, mecanismos de supervisión, auditorías y procedimientos de fiscalización, si alguno, que se hayan adoptado; y para otros fines relacionados.
La Resolución de la Cámara 785 ordena a la Comisión de Salud de la Cámara de Representantes realizar una investigación exhaustiva sobre la implementación, ejecución, fiscalización y cumplimiento de la Ley 63-2025, conocida como “Ley para la protección de la salud y el bienestar de los menores de edad en Puerto Rico”. La investigación evaluará las acciones de agencias, determinará si se han realizado prácticas prohibidas por la Ley 63-2025, y examinará la implementación de programas de educación y sensibilización. La Comisión deberá rendir un informe con hallazgos, conclusiones y recomendaciones en un plazo de 180 días. Afecta directamente a la Comisión de Salud de la Cámara de Representantes y, por extensión, al Departamento de Salud y otras agencias concernidas, así como a la ciudadanía al buscar asegurar el cumplimiento de la ley protectora de menores.
Para ordenar a la Comisión de Asuntos de la Juventud de la Cámara de Representantes de Puerto Rico realizar una investigación exhaustiva sobre el impacto de la implementación de la Ley Núm. 84-2021, según enmendada, conocida como “Ley de Política Pública de Puerto Rico para Combatir la Pobreza Infantil y la Desigualdad Social”; las iniciativas llevadas a cabo por la “Comisión para Combatir la Pobreza Infantil y la Desigualdad Social en Puerto Rico”; los esfuerzos del Departamento de la Familia para reducir la tasa de pobreza de menores de edad y sus familias; y para otros fines relacionados.os.
La Resolución de la Cámara 802 ordena a la Comisión de Asuntos de la Juventud de la Cámara de Representantes realizar una investigación exhaustiva sobre el impacto de la Ley 84-2021 (Ley de Política Pública para Combatir la Pobreza Infantil y la Desigualdad Social), las iniciativas de la Comisión creada por dicha ley, y los esfuerzos del Departamento de la Familia para reducir la pobreza infantil. La investigación deberá completarse y presentarse un informe con hallazgos, conclusiones y recomendaciones en un plazo de noventa (90) días tras la aprobación de la resolución.
Para ordenar a la Comisión de Adultos Mayores y Bienestar Social de la Cámara de Representantes de Puerto Rico a realizar una investigación sobre los 9,914 referidos de posible maltrato infantil detectó la Secretaria nominada al asumir las riendas del Departamento de la Familia.
La Resolución de la Cámara 73 ordena a la Comisión de Adultos Mayores y Bienestar Social de la Cámara de Representantes a investigar la cifra de 9,914 referidos de posible maltrato infantil detectados por la Secretaria nominada del Departamento de Familia al asumir su cargo. La investigación deberá enfocarse en los casos no asignados y en proceso de análisis, y priorizar el plan de 100 días de la Secretaria. La Comisión tiene 180 días para rendir un informe con hallazgos, conclusiones y recomendaciones.
Para ordenar al Departamento de Educación de Puerto Rico a investigar, validar y rendir un informe detallado sobre la implementación y efectividad de sus protocolos, políticas y procedimientos para la atención, identificación, notificación, manejo y seguimiento de sospechas de maltrato, maltrato institucional, negligencia y negligencia institucional de menores en el sistema escolar público, conforme a las disposiciones de la Ley 57-2023; para otros fines relacionados.
La Resolución de la Cámara 593 ordena al Secretario del Departamento de Educación de Puerto Rico (DEPR) a realizar una investigación y rendir un informe detallado sobre cómo se están implementando y qué tan efectivos son sus protocolos, políticas y procedimientos para identificar, atender, notificar, manejar y dar seguimiento a sospechas de maltrato y negligencia infantil en el sistema escolar público. Esto se hace en cumplimiento con la Ley 57-2023, que actualizó la política pública de protección de menores. El informe debe ser entregado dentro de 90 días calendario, con posibilidad de una prórroga de 30 días.
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