Qué propone
La Resolución de la Cámara 785 ordena a la Comisión de Salud de la Cámara de Representantes realizar una investigación exhaustiva sobre la implementación, ejecución, fiscalización y cumplimiento de la Ley 63-2025, conocida como “Ley para la protección de la salud y el bienestar de los menores de edad en Puerto Rico”. La investigación evaluará las acciones de agencias, determinará si se han realizado prácticas prohibidas por la Ley 63-2025, y examinará la implementación de programas de educación y sensibilización. La Comisión deberá rendir un informe con hallazgos, conclusiones y recomendaciones en un plazo de 180 días. Afecta directamente a la Comisión de Salud de la Cámara de Representantes y, por extensión, al Departamento de Salud y otras agencias concernidas, así como a la ciudadanía al buscar asegurar el cumplimiento de la ley protectora de menores.
Pros
Contras
Intereses en juego
En qué va
La Resolución de la Cámara 785 fue el 27 de agosto de 2026, apareció en Primera Lectura de la Cámara el 1 de septiembre de 2026 y fue referida a Comisión(es) el 1 de septiembre de 2026. Actualmente se encuentra en la Comisión de Salud de la Cámara de Representantes.
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Última acción · 1 de septiembre de 2026
Referido a Comisión(es)
Otras medidas sobre el mismo asunto. Se encuentran por significado, no solo por palabras.
Para ordenar a las comisiones de Asuntos de la Juventud y de lo Jurídico de la Cámara de Representantes del Estado Libre Asociado de Puerto Rico realizar una exhaustiva investigación sobre la implementación y cumplimiento de las disposiciones de la Resolución Conjunta 1-2023, conocida como Resolución Conjunta del Plan de Emergencia para Atender la Crisis de Abuso y Maltrato de Menores en Puerto Rico; y para otros fines relacionados.
La Resolución de la Cámara 575 ordena a las Comisiones de Asuntos de la Juventud y de lo Jurídico de la Cámara de Representantes realizar una investigación exhaustiva sobre la implementación y el cumplimiento de la Resolución Conjunta 1-2023. Esta última buscaba establecer un Plan de Emergencia para atender la crisis de abuso y maltrato de menores en Puerto Rico. La investigación verificará si las agencias designadas (Departamento de Familia, Educación, Salud Mental, Policía, Vivienda, Negociado de Telecomunicaciones, Instituto de Estadísticas) cumplieron con los plazos y mandatos específicos de la RC 1-2023, incluyendo la creación de planes, campañas educativas, convenios y la radicación de informes.
Para ordenar a la Comisión de Adultos Mayores y Bienestar Social de la Cámara de Representantes de Puerto Rico realizar una investigación sobre el nivel de cumplimiento por parte de las diferentes agencias del gobierno, con el mandato impuesto en la Ley 163-2024, conocida como: “Ley para la Protección, Seguridad, Integración, Bienestar y Desarrollo Integral de las Personas con los Trastornos del Espectro Autista”; y para otros fines relacionados.
La Resolución de la Cámara 739 ordena a la Comisión de Adultos Mayores y Bienestar Social de la Cámara de Representantes realizar una investigación exhaustiva sobre el cumplimiento de las agencias gubernamentales con la Ley 163-2024 (Ley para la Protección, Seguridad, Integración, Bienestar y Desarrollo Integral de las Personas con los Trastornos del Espectro Autista). La medida también busca evaluar el impacto de dicho cumplimiento en las personas con Trastornos del Espectro Autista (TEA) y sus familias, y fiscalizar la realización de un estudio de prevalencia requerido por la ley base.
Para ordenar a las Comisiones de Gobierno y de Adultos Mayores y Bienestar Social de la Cámara de Representantes de Puerto Rico realizar una investigación exhaustiva sobre el manejo de los casos de maltrato a menores, la cantidad de trabajadores sociales reclutados luego de la entrada en vigor de la Ley Núm. 57 de 11 de mayo de 2023, mejor conocida como “Ley para la Prevención del Maltrato, Preservación de la Unidad Familiar y para la Seguridad, Bienestar y Protección de los Menores”; y cotejar el cumplimiento de la certificación requerida en el Artículo 83 de la Ley 57-2023; y para otros fines relacionados.
La Resolución de la Cámara 389 ordena a las Comisiones de Gobierno y de Adultos Mayores y Bienestar Social de la Cámara de Representantes realizar una investigación exhaustiva sobre el manejo de casos de maltrato a menores. Específicamente, busca determinar la cantidad de trabajadores sociales reclutados tras la entrada en vigor de la Ley 57-2023 y verificar el cumplimiento de la certificación requerida en su Artículo 83. Esta medida no crea derechos ni obligaciones, ni asigna fondos, sino que solicita un informe a las comisiones legislativas.
Para ordenar a las comisiones de Asuntos de la Mujer y de Salud de la Cámara de Representantes de Puerto Rico, realizar una investigación exhaustiva sobre la atención a las víctimas de violencia doméstica en las instituciones hospitalarias y de salud; la implantación de los protocolos requeridos y el cumplimiento con los mismos; y para otros fines relacionados.
La Resolución de la Cámara 253 ordena a las Comisiones de Asuntos de la Mujer y de Salud de la Cámara de Representantes realizar una investigación exhaustiva. Esta indagación se centrará en los protocolos de atención a víctimas de violencia doméstica en facilidades de salud públicas y privadas, la efectividad de dichos protocolos, la capacitación del personal y los servicios ofrecidos. El objetivo es evaluar la respuesta actual del sistema de salud y determinar la necesidad de implementar medidas adicionales para fortalecer la intervención médica y el seguimiento a las personas afectadas.
Para ordenar a la Comisión de Asuntos de la Mujer y a la Comisión de Salud de la Cámara de Representantes de Puerto Rico realizar una investigación exhaustiva en torno a la vigencia, implementación y ejecución de todos los programas de salud que reciben fondos, por ejemplo, del Negociado de Salud Materno Infantil (Título V), del Negociado Federal de Educación, de los Centros para el Control y Prevención de Enfermedades (CDC, por sus siglas en inglés) y de cualquier otro programa federal u local que atienda a la población de adolescentes, jóvenes y mujeres en edad reproductiva, así como los beneficios que estas obtienen, así como los beneficios a sus infantes y familiares de modo que podamos conocer la ejecución y participación actual de las mujeres y de su entorno familiar en estos programas; y para otros fines relacionados.
La Resolución de la Cámara 542 ordena a las Comisiones de Asuntos de la Mujer y de Salud de la Cámara de Representantes realizar una investigación exhaustiva sobre la vigencia, implementación y ejecución de todos los programas de salud federales y locales dirigidos a adolescentes, jóvenes y mujeres en edad reproductiva. El objetivo es conocer los beneficios que estas poblaciones y sus infantes y familias obtienen, así como su participación actual en dichos programas. Las comisiones deberán rendir un informe con hallazgos, conclusiones y recomendaciones en un plazo de 180 días.
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