Qué propone
Esta Resolución Conjunta proponía ordenar a la Administración de Terrenos de Puerto Rico traspasar a título gratuito dos (2) propiedades en Río Piedras, San Juan, al Municipio Autónomo de San Juan. El Municipio, a su vez, arrendería estas propiedades por un dólar anual a la Fundación Sila M. Calderón, Inc. (Centro para Puerto Rico) para desarrollar un centro de servicios educativos, capacitación, acción social, empresarismo y empoderamiento comunitario. Afecta directamente a la Administración de Terrenos, al Municipio de San Juan y a la Fundación Sila M. Calderón, así como a las comunidades que se beneficiarían de los programas.
Pros
Contras
Intereses en juego
Perspectiva histórica
Esta medida se inscribe en la evolución de la autonomía municipal en Puerto Rico, un proceso que se consolidó con la Ley 81-1991 y el Código Municipal de 2020. El traspaso de propiedades y la capacidad de los municipios para establecer acuerdos con entidades sin fines de lucro, como la Fundación Sila M. Calderón, reflejan las competencias administrativas y de ordenación territorial que se han conferido a los gobiernos locales para atender las necesidades comunitarias.
En qué va
Esta Resolución Conjunta fue el 2 de enero de 2025 en la Cámara de Representantes, referida a comisión el 16 de enero de 2025, y por su autor el 8 de mayo de 2025.
Generado por IA · puede contener errores y los argumentos a favor/en contra son posibles puntos de debate, no una postura oficial. Verifica con el texto oficial.
Última acción · 8 de mayo de 2025
por su Autor
Otras medidas sobre el mismo asunto. Se encuentran por significado, no solo por palabras.
Para ordenar al Comité de Evaluación y Disposición de Bienes Inmuebles, creado por virtud de la Ley 26-2017, según enmendada, conocida como “Ley de Cumplimiento con el Plan Fiscal”, evaluar conforme a las disposiciones de la Ley y el reglamento, la transferencia, usufructo o cualquier otro negocio jurídico contemplado en dicha Ley, al Municipio de Juana Díaz de las instalaciones de la antigua Escuela Juanita Rivera localizada en dicho municipio y para otros fines relacionados.
Esta Resolución Conjunta ordena al Comité de Evaluación y Disposición de Bienes Inmuebles, creado por la Ley 26-2017 (Ley de Cumplimiento con el Plan Fiscal), a evaluar la transferencia, usufructo o cualquier otro negocio jurídico de las instalaciones de la antigua Escuela Juanita Rivera en Juana Díaz al Municipio de Juana Díaz. El objetivo es permitir que el municipio establezca proyectos de desarrollo económico, educativo, comunitario y deportivo. El Comité tiene un plazo improrrogable de sesenta (60) días laborables para completar esta evaluación.
Para ordenar al Departamento de Transportación y Obras Públicas del Gobierno de Puerto Rico, transferir al Municipio de Naranjito la administración y titularidad registral de las instalaciones descritas en el Acuerdo de Entrada, Uso y Ocupación, Sección de Contratos-DTOP, con número de registro interno 2025-000370, ("RÚSTICA: Parcela de terreno radicada en el Barrio Lomas, Sector La Jagua del término municipal de Naranjito, Puerto Rico, con un área superficial de 20,285.67 metros cuadrados, equivalente a 5.1612 cuerdas, en lindes por el NORTE, con camino vecinal; por el SUR y ESTE, con carretera municipal asfaltada; y por el Oeste, con terrenos de la Sucn. de Sebastián Ramos. Inscrita al Folio 268, del Tomo 87 de Naranjito, Finca 6,029”) con el propósito de formalizar la posesión de la propiedad que el Municipio ha mantenido por más de treinta (30) años y permitir el desarrollo de proyectos que generarán un impacto positivo transformador en la comunidad.
Esta Resolución Conjunta ordena al Departamento de Transportación y Obras Públicas (DTOP) transferir al Municipio de Naranjito la administración y titularidad registral de una parcela de terreno específica (Finca 6,029, Barrio Lomas, Sector La Jagua) en un plazo de 60 días. El propósito es formalizar la posesión que el municipio ha mantenido por más de 30 años y permitir el desarrollo de proyectos recreativos, deportivos y de mejora comunitaria, bajo la condición de que se utilicen para los fines establecidos en la resolución, con reversión al Gobierno de Puerto Rico en caso de incumplimiento.
Para ordenar al Departamento de Vivienda a transferir por el precio nominal de un dólar ($1.00) a Voluntarios Preocupados por la Educación Inc., el predio de terreno, así como la estructura ubicada en la Parcela Núm. 106 de la Comunidad Villa del Mar en el barrio Playa del Municipio de Santa Isabel, conocida como la Biblioteca Comunitaria Villa del Mar; sin sujeción a las disposiciones de la Ley 26-2017, según enmendada, mejor conocida como ‘’Ley de Cumplimiento con el Plan Fiscal’’; establecer restricciones a la variación de uso o enajenación de la propiedad sin el consentimiento expreso del Secretario del Departamento de Vivienda; y para otros fines relacionados.
Esta Resolución Conjunta ordena al Departamento de Vivienda a transferir gratuitamente (por el precio nominal de un dólar) un predio de terreno y la estructura de la Biblioteca Comunitaria Villa del Mar en Santa Isabel a la organización Voluntarios Preocupados por la Educación Inc. La transferencia se realiza sin sujeción a las disposiciones de la Ley 26-2017 (Ley de Cumplimiento con el Plan Fiscal) relativas a la disposición de propiedades. Se establecen restricciones para que la propiedad continúe siendo utilizada para fines educativos, sociales, cívicos, culturales o de fomento de valores, y se requiere el consentimiento del Secretario de Vivienda para cualquier cambio de uso o enajenación futura.
Para ordenar a la Autoridad de Tierras traspasar al precio nominal de un dólar ($1.00) al Municipio de Canóvanas, los terrenos donde enclavan las viviendas de los residentes de la calle número 10, en el Sector Jardines de Palmarejo, del Barrio San Isidro, y de la comunidad de Santa Catalina en el barrio de Torrecilla Alta calle 16, ambos localizados en el Municipio de Canóvanas, para que dicho Municipio a su vez realice todas las gestiones necesarias para segregarlos y cederlos a las familias que allí residen.
Esta Resolución Conjunta ordena a la Autoridad de Tierras traspasar al Municipio de Canóvanas, por el precio nominal de un dólar ($1.00), terrenos específicos ubicados en los barrios San Isidro y Torrecilla Alta del mencionado municipio. El propósito es que el municipio segrege dichas parcelas y las ceda a las familias que actualmente residen en ellas, otorgándoles títulos de propiedad. La transferencia por parte de la Autoridad de Tierras debe ocurrir en un plazo de 60 días calendario tras la aprobación de la medida.
Para ordenar al Comité de Evaluación y Disposición de Bienes Inmuebles, creado por virtud de la Ley 26-2017, según enmendada, conocida como “Ley de Cumplimiento con el Plan Fiscal”, evaluar conforme a las disposiciones de la ley y el reglamento, la transferencia, usufructo o cualquier otro negocio jurídico contemplado en dicha Ley, al Municipio de Juana Díaz, de las instalaciones de la antigua Escuela Luz Correa localizada en dicho municipio, y para otros fines relacionados.
Esta Resolución Conjunta ordena al Comité de Evaluación y Disposición de Bienes Inmuebles (CEDBI), creado por la Ley 26-2017, a evaluar la transferencia, usufructo o cualquier otro negocio jurídico de las instalaciones de la antigua Escuela Luz E. Correa al Municipio de Juana Díaz. Establece un plazo improrrogable de sesenta (60) días para la evaluación del CEDBI y treinta (30) días adicionales para la materialización del traspaso si es aprobado. El propósito es permitir que el municipio desarrolle proyectos de beneficio comunitario.
Crea una cuenta gratis para opinar, comentar y seguir esta medida.
Aún no hay comentarios. Comparte tu opinión sobre esta medida.