Qué propone
Esta Resolución Conjunta ordena al Departamento de Educación (DEPR) a dejar sin efecto la Carta Circular Núm. 006-2025-2026, la cual buscaba distinguir entre servicios relacionados educativos y terapias clínicas. Detiene y revierte cualquier procedimiento iniciado bajo dicha carta circular, y garantiza la continuidad de los servicios relacionados esenciales para el estudiantado del Programa de Educación Especial. Afecta directamente a estudiantes con impedimentos y sus familias, asegurando el acceso a terapias y apoyos que el DEPR podría haber restringido.
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Última acción · 12 de enero de 2026
Referido a Comisión(es)
Otras medidas sobre el mismo asunto, encontradas por significado (no solo por palabras).
Para ordenar al Departamento de Educación dejar sin efecto la Carta Circular Núm. 006- 2025-2026, titulada “Política pública y marco práctico para distinguir entre servicios relacionados educativos y terapias o tratamientos clínicos”; detener y revertir cualquier procedimiento iniciado al amparo de ésta; y garantizar la continuidad de los servicios relacionados provistos al estudiantado del Programa de Educación Especial al amparo de la Individuals with Disabilities Education Act, la Constitución de Puerto Rico, la Ley de Servicios Educativos Integrales para Personas con Impedimentos, la Sentencia por Estipulación del caso Rosa Lydia Vélez y otros v. Awilda Aponte Roque y otros y la jurisprudencia interpretativa que acompaña estas (y otras) fuentes jurídicas; y para establecer otras disposiciones complementarias.
La medida, una Resolución Conjunta del Senado 111, buscaba ordenar al Departamento de Educación dejar sin efecto la Carta Circular Núm. 006-2025-2026, la cual establecía un marco para distinguir entre servicios educativos y terapias clínicas. Pretendía detener y revertir procedimientos bajo esa carta y garantizar la continuidad de servicios para estudiantes de educación especial. Sin embargo, el Departamento de Educación ya derogó la Carta Circular 006-2025-2026 mediante otra comunicación oficial (Carta Circular CC-011202UN26), haciendo que el propósito principal de esta resolución conjunta se torne académico.
Para ordenar al Departamento de Educación restablecer, en un término de tres (3) meses, la oficina de la Facilitadora Docente de Educación Especial en Vieques; nombrar psicólogas escolares para todas las escuelas públicas sitas en Vieques en un término de tres (3) meses; comenzar a ofrecer al estudiantado de Vieques registrado en el Programa de Educación Especial, sin dilación, servicios relacionados de terapia psicológica, según sea requerido por el Programa Educativo Individualizado (PEI) de cada estudiante, observando los requisitos éticos y derechos de confidencialidad pertinentes; garantizar, sin dilación, los servicios relacionados de terapia del habla y lenguaje y de terapia ocupacional en la frecuencia y cantidad estipulada en el PEI a todo el estudiantado registrado en el Programa de Educación Especial ubicado en Vieques; comenzar a ofrecer los servicios de Educación Física Adaptada al estudiantado registrado en el Programa de Educación Especial ubicado en Vieques que así lo requiera; garantizar, sin dilación, el establecimiento de espacios idóneos para ofrecer los servicios relacionados de terapia en todas las escuelas de Vieques; identificar medidas concretas para atender el estado térmico de las escuelas públicas en Vieques; y gestionar, en un término de un (1) mes, la provisión de estacionamientos en las instalaciones del puerto de Ceiba para las maestras que viajan a Vieques diariamente desde la Isla Grande de Puerto Rico; con el propósito de que se dé oportuno cumplimiento a las fuentes de derecho que gobiernan la Educación Especial, incluyendo la sentencia por estipulación del caso Rosa Lydia Vélez y otros v. Awilda Aponte Roque y otros, en su aplicación al estudiantado de la isla municipio de Vieques.
Intereses en juego
En qué va
Esta Resolución Conjunta fue el 3 de diciembre de 2025 y referida a la Comisión de Educación de la Cámara de Representantes el 12 de enero de 2026, tras aparecer en Primera Lectura.
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Esta Resolución Conjunta ordena al Departamento de Educación (DEPR) restablecer la oficina de la Facilitadora Docente de Educación Especial en Vieques en tres meses, y nombrar psicólogas escolares para todas las escuelas de la isla en el mismo plazo. Además, exige que se provean sin dilación servicios de terapia psicológica, del habla y lenguaje, terapia ocupacional y educación física adaptada según el Programa Educativo Individualizado (PEI) de cada estudiante. También ordena garantizar espacios idóneos para terapias, identificar soluciones para el estado térmico de las escuelas y gestionar estacionamientos para maestras viajeras en Ceiba en un mes. Afecta directamente al estudiantado con necesidades de Educación Especial en Vieques y sus familias, así como al personal docente y administrativo del DEPR.
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