Qué propone
Esta Resolución Conjunta ordena al Secretario del Departamento de Asuntos del Consumidor (DACO) a implementar medidas administrativas para dotar a sus Inspectores de Pesas y Medidas con armas de fuego oficiales. Esto incluye la adquisición, asignación, inventario, mantenimiento y custodia de dichas armas, así como la formalización de convenios con la Policía de Puerto Rico o agencias federales para recibir donaciones de equipo. Afecta directamente a los Inspectores de Pesas y Medidas del DACO, quienes actualmente usan sus armas personales.
Pros
Contras
Intereses en juego
En qué va
Esta Resolución Conjunta (RCC 269) fue el 27 de enero de 2026 y referida a la Comisión de Asuntos del Consumidor de la Cámara de Representantes para su consideración.
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Última acción · 27 de enero de 2026
Referido a Comisión(es)
Otras medidas sobre el mismo asunto. Se encuentran por significado, no solo por palabras.
Para ordenar al Superintendente de la Policía de Puerto Rico a establecer un periodo de amnistía de sesenta (60) días para la entrega voluntaria de armas de fuego ilegales, legales, heredadas, pertenecientes a personas fallecidas, o con licencias vencidas; establecer mecanismos claros de recopilación, análisis y divulgación de datos que permitan medir su impacto real sobre la seguridad pública; disponer para la publicidad; presentación de informes; establecer que no se procesarán criminalmente a las personas que entreguen armas de fuego; y para otros fines relacionados.
Esta Resolución Conjunta ordena al Superintendente de la Policía de Puerto Rico a establecer un periodo de amnistía de sesenta (60) días para la entrega voluntaria de armas de fuego ilegales, legales, heredadas, pertenecientes a personas fallecidas o con licencias vencidas. Durante este periodo, quienes entreguen armas no serán procesados criminalmente por su posesión. La medida también exige campañas publicitarias, la recopilación y divulgación de datos sobre el impacto en seguridad pública, la devolución de armas hurtadas a sus dueños registrales, y la aprobación de reglamentos para el manejo seguro y la cadena de custodia.
Para enmendar el inciso (a) del Artículo 1.02 de la Ley 168-2019, conocida como “Ley de Armas de Puerto Rico de 2020”; y enmendar el Artículo 4 de la Ley 144-2020, según enmendada, conocida como la “Ley para Unificar las Funciones de los Agentes del Orden Público en Puerto Rico en el caso de una Declaración de Emergencia o Desastre”; a los fines de incluir a los Inspectores de Pesas y Medidas del Departamento de Asuntos del Consumidor dentro de la definición de “Agente del Orden Público”; y para otros fines relacionados.
La medida propone enmendar la Ley de Armas de Puerto Rico de 2020 (Ley 168-2019) y la Ley para Unificar las Funciones de los Agentes del Orden Público en caso de Emergencia o Desastre (Ley 144-2020) para incluir a los Inspectores de Pesas y Medidas del Departamento de Asuntos del Consumidor (DACO) dentro de la definición de 'Agente del Orden Público'. Esto les otorgaría facultades y reconocimiento como tales en ambas leyes, afectando su rol en la fiscalización y coordinación durante emergencias.
Para ordenar a la Comisión de Seguridad Pública de la Cámara de Representantes de Puerto Rico, realizar una investigación exhaustiva sobre el manejo y distribución de los recaudos generados por concepto de licencias y multas relacionadas con el Negociado de la Policía de Puerto Rico conforme a lo dispuesto en la Ley 168-2019, según enmendada, conocida como “Ley de Armas de Puerto Rico de 2020”; examinar posibles medidas para optimizar su utilización; y para otros fines relacionados.
La Resolución de la Cámara 92 ordena a la Comisión de Seguridad Pública de la Cámara de Representantes de Puerto Rico realizar una investigación exhaustiva sobre cómo se manejan y distribuyen los fondos recaudados por licencias y multas relacionadas con el Negociado de la Policía, según lo establecido por la Ley 168-2019 (Ley de Armas de Puerto Rico de 2020). Busca examinar posibles medidas para optimizar la utilización de estos fondos y mejorar la rapidez y el servicio en la expedición de licencias de armas. Afecta directamente al Negociado de la Policía y a los ciudadanos que tramitan licencias de armas.
Para ordenar al Superintendente de la Policía de Puerto Rico y al Secretario del Departamento de Corrección y Rehabilitación a cumplir con lo dispuesto en el Artículo 59 del Plan de Reorganización del Departamento de Corrección y Rehabilitación de 2011 (Plan 2-2011, según enmendado), mediante la elaboración, adopción e implementación de un protocolo conjunto que establezca los acuerdos de intervención e investigación de delitos y faltas dentro de las instituciones correccionales; establecer parámetros para su cumplimiento; y para otros fines relacionados
Esta Resolución Conjunta ordena al Superintendente de la Policía y al Secretario de Corrección y Rehabilitación a crear, adoptar e implementar un protocolo conjunto para la intervención e investigación de delitos y faltas dentro de las instituciones correccionales. Establece un plazo de 90 días para que ambas agencias presenten un informe de cumplimiento y el protocolo adoptado ante la Asamblea Legislativa. Afecta directamente a ambas agencias y, por extensión, a la seguridad dentro del sistema correccional.
Para ordenar a la Comisión de Seguridad Pública de la Cámara de Representantes de Puerto Rico, realizar una investigación sobre la magnitud, causas, rutas y métodos de entrada del tráfico ilegal de armas de fuego y municiones en Puerto Rico; evaluar la efectividad de las medidas de prevención, detección e intervención actualmente en ejecución por las agencias de seguridad pública, incluyendo aquellas relacionadas con el control del narcotráfico y el crimen organizado; y analizar el funcionamiento del Comité Interagencial para Combatir el Tráfico Ilegal de Armas de Fuego establecido en la Ley Núm. 168-2019, según enmendada, conocida como la “Ley de Armas de Puerto Rico de 2020”; con el propósito de formular recomendaciones de política pública y de acción legislativa y administrativa necesarias para atender de manera integral esta problemática de seguridad pública; y para otros fines relacionados.
La Resolución de la Cámara 293 ordena a la Comisión de Seguridad Pública de la Cámara de Representantes de Puerto Rico realizar una investigación exhaustiva sobre el tráfico ilegal de armas de fuego y municiones en la isla. La investigación debe abarcar la magnitud, causas, rutas y métodos de entrada, así como evaluar la efectividad de las medidas de prevención y el funcionamiento del Comité Interagencial para Combatir el Tráfico Ilegal de Armas de Fuego. El objetivo es formular recomendaciones de política pública y acción legislativa/administrativa para abordar esta problemática de seguridad pública.
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