Qué propone
Esta Resolución Conjunta ordena a la Defensoría de las Personas con Impedimentos (DPI), el Departamento del Trabajo y Recursos Humanos (DTRH), y el Departamento de Desarrollo Económico y Comercio (DDEC) a buscar y formalizar acuerdos de colaboración con entidades como el American Foundation for the Blind, SourceAmerica y la U.S. Ability One Commission, u otras organizaciones sin fines de lucro. El objetivo es identificar, promover y crear más oportunidades de empleo para personas con diversidad funcional en Puerto Rico. La DPI tiene 90 días para iniciar estas gestiones.
Pros
Contras
Intereses en juego
En qué va
Esta Resolución Conjunta fue el 12 de febrero de 2026 y apareció en Primera Lectura de la Cámara el 17 de febrero de 2026, siendo referida a Comisión(es) para su análisis.
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Última acción · 17 de febrero de 2026
Referido a Comisión(es)
Otras medidas sobre el mismo asunto. Se encuentran por significado, no solo por palabras.
“Para ordenar a la Junta Estatal del Programa de Desarrollo Laboral adscrito al Departamento de Desarrollo Económico y Comercio de Puerto Rico a separar como mínimo un diez por ciento (10%) del total de fondos que recibe en virtud del Título I de la Ley Pública Núm. 113-128 del 22 de julio de 2014, conocida como la Ley de Oportunidades de Innovación de la Fuerza Laboral (WIOA, por sus siglas en inglés), a los efectos de que sean distribuidos exclusivamente para brindar servicios a personas con diversidad funcional o personas con impedimentos; facultar al Departamento de Desarrollo Económico y Comercio a adoptar cualquier carta circular o normativa de conformidad con lo anterior; y disponer términos para cumplir con lo dispuesto mediante esta Resolución Conjunta; y para otros fines relacionados.”
Esta Resolución Conjunta ordena a la Junta Estatal del Programa de Desarrollo Laboral, adscrita al Departamento de Desarrollo Económico y Comercio (DDEC), a destinar un mínimo del 10% de los fondos federales recibidos bajo el Título I-B de la Ley de Oportunidades de Innovación de la Fuerza Laboral (WIOA) para servicios exclusivos a personas con diversidad funcional o impedimentos. Faculta al DDEC a adoptar la normativa necesaria para su implementación y establece términos para su cumplimiento.
Para ordenar al Departamento de Educación, en colaboración con la Oficina de Servicios a Estudiantes con Impedimentos de la Universidad de Puerto Rico, crear un sistema de certificaciones de adiestramiento y capacitación sobre asuntos relacionados a la concientización y sensibilización sobre las diferentes discapacidades para el personal docente; y para otros fines relacionados.
La Resolución Conjunta de la Cámara 110 ordena al Departamento de Educación (DE), en colaboración con la Oficina de Servicios a Estudiantes con Impedimentos (OSEI) de la Universidad de Puerto Rico, a crear un sistema de certificaciones de adiestramiento y capacitación para el personal docente sobre concientización y sensibilización de las diferentes discapacidades. El DE tiene 150 días para desarrollar esta certificación tras la aprobación de la medida, la cual entrará en vigor inmediatamente después de su aprobación.
Para ordenar al Departamento de Salud requerir créditos de educación continua a proveedores y profesionales de salud en temáticas de concientización y sensibilidad con las personas con discapacidades en todas sus modalidades.
Esta Resolución Conjunta ordena al Departamento de Salud de Puerto Rico a requerir que los proveedores y profesionales de la salud completen créditos de educación continua sobre temáticas de discapacidad. Específicamente, se les exigirá formación en concientización y sensibilidad hacia personas con discapacidades en todas sus modalidades, incluyendo lenguaje de señas y el Sistema Braille. El objetivo es mejorar la calidad y el trato en los servicios de salud ofrecidos a esta población.
Para ordenar a la Defensoría de las Personas con Impedimentos la creación de un “Código Integral de derechos para la defensa de Personas con Diversidad Funcional” que contenga toda la legislación y reglamentación dirigida a la protección de dicha población; la redacción de dicho Código estará a cargo de un grupo multisectorial adscrito a la Defensoría de las Personas con Impedimentos de Puerto Rico; y para otros fines relacionados.
La Resolución Conjunta del Senado 149 ordena a la Defensoría de las Personas con Impedimentos crear, en un plazo de un año y conforme a los recursos disponibles, un inventario o guía de información legal sobre legislación y reglamentación importante para la protección de personas con diversidad funcional. Esta herramienta será pública, accesible en línea y de carácter informativo, sin crear nuevos derechos ni alterar los existentes.
Para ordenar al Departamento de Transportación y Obras Públicas en conjunto con la Autoridad de Carreteras y Transportación y el Departamento de Desarrollo Económico y Comercio a evaluar e identificar espacios públicos disponibles y aptos para el establecimiento de negocios ambulantes; elaborar un mapa digital de acceso público con dichos espacios, las condiciones aplicables para su uso; y para otros fines relacionados.
Esta Resolución Conjunta ordena al Departamento de Transportación y Obras Públicas (DTOP), la Autoridad de Carreteras y Transportación (ACT) y el Departamento de Desarrollo Económico y Comercio (DDEC) a colaborar para identificar y evaluar espacios públicos aptos para negocios ambulantes. El objetivo es crear un mapa digital público con las condiciones de uso, y se autoriza a estas agencias a adoptar reglamentación necesaria. Afecta directamente a los miles de comerciantes ambulantes que buscan espacios seguros y regulados para operar, así como a las agencias gubernamentales encargadas de la planificación y el desarrollo económico.
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