Qué propone
La Resolución Conjunta del Senado 149 ordena a la Defensoría de las Personas con Impedimentos crear, en un plazo de un año y conforme a los recursos disponibles, un inventario o guía de información legal sobre legislación y importante para la protección de personas con diversidad funcional. Esta herramienta será pública, accesible en línea y de carácter informativo, sin crear nuevos derechos ni alterar los existentes.
Pros
Contras
Intereses en juego
En qué va
Esta Resolución Conjunta fue el 23 de febrero de 2026, aprobada con por el Senado el 17 de agosto de 2026, y enviada a la Cámara de Representantes para su consideración.
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Última acción · 24 de agosto de 2026
Referido a Comisión(es)
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A favor (27)
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Otras medidas sobre el mismo asunto. Se encuentran por significado, no solo por palabras.
“Para ordenar a la Comisión de Familia, Mujer, Personas de la Tercera Edad y Población con Diversidad Funcional del Senado de Puerto Rico realizar una investigación sobre el cumplimiento de la Ley 158-2015, según enmendada, conocida como “Ley de la Defensoría de las Personas con Impedimentos del Estado Libre Asociado de Puerto Rico”, en lo que concierne al proceso de nombramiento de las personas que han integrado el “Consejo Directivo para la Defensa de las Personas con Impedimentos” durante los últimos diez (10) años; así como la legitimidad de las acciones tomadas por ese organismo, en caso de que se identifique que alguno o varios de sus integrantes ocupan o han ocupado el cargo de forma ilícita.”
La Resolución del Senado 181 (RS 181) ordena a la Comisión de Familia, Mujer, Personas de la Tercera Edad y Población con Diversidad Funcional del Senado de Puerto Rico investigar el cumplimiento de la Ley 158-2015 (Ley de la Defensoría de las Personas con Impedimentos) en cuanto al proceso de nombramiento de los miembros del Consejo Directivo para la Defensa de las Personas con Impedimentos durante los últimos diez años, y la legitimidad de las acciones de dicho consejo si se identifican nombramientos ilícitos.
“Para ordenar al Departamento de la Familia de Puerto Rico, específicamente a la Administración de Familias y Niños (ADFAN), rendir un informe detallado sobre el número de jóvenes removidos participando en programas de vida independiente, los servicios ofrecidos, los mecanismos de medición planes de transición, su efectividad, desglose por edades y géneros, y la duración de los subsidios proporcionados; y para otros fines relacionados.”
La Resolución Conjunta del Senado 146 ordena al Departamento de la Familia, a través de la Administración de Familias y Niños (ADFAN), a rendir un informe detallado a la Asamblea Legislativa dentro de los 90 días posteriores a su aprobación. Este informe debe cubrir el número de jóvenes removidos participando en el Servicio de Vida Independiente (SVI) y programas análogos, los servicios ofrecidos, los mecanismos para medir planes de transición y su efectividad, un desglose por edades y géneros, y la duración y monto de los subsidios proporcionados. Afecta directamente a los jóvenes en programas de transición a la vida adulta bajo custodia estatal y a la Legislatura, que recibirá la información para evaluar dichos programas.
“Para ordenar a la Comisión de Familia, Mujer, Personas de la Tercera Edad y Población con Diversidad Funcional del Senado de Puerto Rico a realizar una investigación encaminada a obtener una radiografía de los servicios gubernamentales dirigidos a la población adulta con diversidad funcional, con especial atención a la sustentabilidad de los programas públicos, accesibilidad y calidad de los servicios, servicios a cuidadores, así como sobre aquellas asistencias públicas que les permitirían su desarrollo pleno como ciudadanos productivos e independientes; evaluar el cumplimiento de las agencias de gobierno con la política pública en beneficio de las personas con diversidad funcional; y para otros fines relacionados.”
La Resolución del Senado 41 ordenaba a la Comisión de Familia, Mujer, Personas de la Tercera Edad y Población con Diversidad Funcional del Senado de Puerto Rico realizar una investigación exhaustiva. El objetivo era obtener un panorama completo de los servicios gubernamentales dirigidos a adultos con diversidad funcional, enfocándose en la sostenibilidad de programas, accesibilidad y calidad de servicios, apoyo a cuidadores, y asistencia para el desarrollo pleno e independencia de esta población. También buscaba evaluar el cumplimiento de las agencias con la política pública establecida.
Para ordenar a la Secretaria del Departamento de la Familia, diseñar y establecer un programa piloto que ofrezca un sistema coordinado de apoyo y servicios a los adultos con neurodivergencia; establecer parámetros y requisitos del Programa; facultar a la Secretaria del Departamento de la Familia para adoptar la reglamentación necesaria a estos fines; y para otros asuntos relacionados.
La Resolución Conjunta del Senado 125 buscaba ordenar a la Secretaria del Departamento de la Familia (DF) a diseñar y establecer un programa piloto para ofrecer un sistema coordinado de apoyo y servicios a adultos con neurodivergencia. La medida facultaba a la Secretaria para adoptar la reglamentación necesaria y establecía parámetros y requisitos para dicho programa. Su objetivo era mejorar la calidad de vida, inclusión e integración comunitaria de esta población.
Para ordenar al Departamento de Salud requerir créditos de educación continua a proveedores y profesionales de salud en temáticas de concientización y sensibilidad con las personas con discapacidades en todas sus modalidades.
Esta Resolución Conjunta ordena al Departamento de Salud de Puerto Rico a requerir que los proveedores y profesionales de la salud completen créditos de educación continua sobre temáticas de discapacidad. Específicamente, se les exigirá formación en concientización y sensibilidad hacia personas con discapacidades en todas sus modalidades, incluyendo lenguaje de señas y el Sistema Braille. El objetivo es mejorar la calidad y el trato en los servicios de salud ofrecidos a esta población.
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