Qué propone
Esta Resolución Conjunta ordena a la Defensoría de las Personas con Impedimentos (DPI) la creación de un "Código Integral de derechos para la defensa de Personas con Diversidad Funcional". Este Código compilará toda la legislación y existente dirigida a la protección de esta población. La redacción del Código estará a cargo de un grupo multisectorial adscrito a la DPI, buscando facilitar el acceso a las fuentes legales que garantizan los derechos de las personas con diversidad funcional y sus familiares.
Pros
Contras
Intereses en juego
En qué va
La Resolución Conjunta del Senado 149 fue el 23 de febrero de 2026 y referida a comisión. Recibió un primer informe con el 25 de junio de 2026 y fue entirillada y remitida a la Comisión de Reglas y Calendario del Senado.
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Última acción · 25 de junio de 2026
Remitido a la Comisión de Reglas y Calendario del Senado
Otras medidas sobre el mismo asunto, encontradas por significado (no solo por palabras).
“Para ordenar a la Comisión de Familia, Mujer, Personas de la Tercera Edad y Población con Diversidad Funcional del Senado de Puerto Rico a realizar una investigación encaminada a obtener una radiografía de los servicios gubernamentales dirigidos a la población adulta con diversidad funcional, con especial atención a la sustentabilidad de los programas públicos, accesibilidad y calidad de los servicios, servicios a cuidadores, así como sobre aquellas asistencias públicas que les permitirían su desarrollo pleno como ciudadanos productivos e independientes; evaluar el cumplimiento de las agencias de gobierno con la política pública en beneficio de las personas con diversidad funcional; y para otros fines relacionados.”
La medida propone ordenar a la Comisión de Familia, Mujer, Personas de la Tercera Edad y Población con Diversidad Funcional del Senado de Puerto Rico a realizar una investigación exhaustiva. El objetivo es obtener una radiografía completa de los servicios gubernamentales dirigidos a adultos con diversidad funcional, evaluando su sustentabilidad, accesibilidad y calidad. También se busca analizar los servicios a cuidadores, las asistencias para el desarrollo pleno e independiente de esta población, y el cumplimiento de las agencias con la política pública establecida.
“Para ordenar al Departamento de la Familia de Puerto Rico, específicamente a la Administración de Familias y Niños (ADFAN), rendir un informe detallado sobre el número de jóvenes removidos participando en programas de vida independiente, los servicios ofrecidos, los mecanismos de medición planes de transición, su efectividad, desglose por edades y géneros, y la duración de los subsidios proporcionados; y para otros fines relacionados.”
Esta Resolución Conjunta ordena al Departamento de la Familia, a través de la Administración de Familias y Niños (ADFAN), a rendir un informe detallado a la Asamblea Legislativa dentro de 90 días. El informe debe desglosar datos sobre jóvenes removidos en programas de vida independiente, incluyendo número de participantes, servicios ofrecidos, mecanismos de medición de planes de transición, efectividad, duración y monto de subsidios, y desglose por edad, género y región. Afecta directamente a ADFAN, que debe recopilar y presentar la información, y a la Asamblea Legislativa, que la utilizará para evaluar y potencialmente mejorar los programas.
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