Qué propone
La Resolución Conjunta del Senado 125 buscaba ordenar a la Secretaria del Departamento de la Familia (DF) a diseñar y establecer un programa piloto para ofrecer un sistema coordinado de apoyo y servicios a adultos con neurodivergencia. La medida facultaba a la Secretaria para adoptar la necesaria y establecía parámetros y requisitos para dicho programa. Su objetivo era mejorar la calidad de vida, inclusión e integración comunitaria de esta población.
Pros
Contras
Intereses en juego
En qué va
La Resolución Conjunta del Senado 125 fue aprobada por ambas cámaras legislativas y , quien la expresamente el 18 de mayo de 2026, citando limitaciones administrativas, operacionales y fiscales.
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Última acción · 18 de mayo de 2026
Expreso
La lectura de coincidencia compara solo a favor vs. en contra de cada lado.
A favor (48)
A favor (26)
En contra (1)
Ausente (1)
Otras medidas sobre el mismo asunto. Se encuentran por significado, no solo por palabras.
“Para ordenar al Departamento de la Familia de Puerto Rico, específicamente a la Administración de Familias y Niños (ADFAN), rendir un informe detallado sobre el número de jóvenes removidos participando en programas de vida independiente, los servicios ofrecidos, los mecanismos de medición planes de transición, su efectividad, desglose por edades y géneros, y la duración de los subsidios proporcionados; y para otros fines relacionados.”
La Resolución Conjunta del Senado 146 ordena al Departamento de la Familia, a través de la Administración de Familias y Niños (ADFAN), a rendir un informe detallado a la Asamblea Legislativa dentro de los 90 días posteriores a su aprobación. Este informe debe cubrir el número de jóvenes removidos participando en el Servicio de Vida Independiente (SVI) y programas análogos, los servicios ofrecidos, los mecanismos para medir planes de transición y su efectividad, un desglose por edades y géneros, y la duración y monto de los subsidios proporcionados. Afecta directamente a los jóvenes en programas de transición a la vida adulta bajo custodia estatal y a la Legislatura, que recibirá la información para evaluar dichos programas.
Para ordenar a la Defensoría de las Personas con Impedimentos la creación de un “Código Integral de derechos para la defensa de Personas con Diversidad Funcional” que contenga toda la legislación y reglamentación dirigida a la protección de dicha población; la redacción de dicho Código estará a cargo de un grupo multisectorial adscrito a la Defensoría de las Personas con Impedimentos de Puerto Rico; y para otros fines relacionados.
La Resolución Conjunta del Senado 149 ordena a la Defensoría de las Personas con Impedimentos crear, en un plazo de un año y conforme a los recursos disponibles, un inventario o guía de información legal sobre legislación y reglamentación importante para la protección de personas con diversidad funcional. Esta herramienta será pública, accesible en línea y de carácter informativo, sin crear nuevos derechos ni alterar los existentes.
Para ordenar a la Comisión de Salud de la Cámara de Representantes de Puerto Rico realizar una investigación exhaustiva sobre la disponibilidad, accesibilidad, efectividad y suficiencia de los programas, servicios y ayudas dirigidos a adultos con Trastorno del Espectro Autista (TEA) en Puerto Rico; evaluar los procesos de transición desde la niñez a la adultez; examinar la coordinación interagencial y la inversión pública destinada a esta población; identificar deficiencias en áreas de salud, educación postsecundaria, empleo, vivienda, transportación y apoyo comunitario; y para otros fines relacionados.
La Resolución de la Cámara 623 ordena a la Comisión de Salud de la Cámara de Representantes realizar una investigación exhaustiva sobre los programas, servicios y ayudas dirigidos a adultos con Trastorno del Espectro Autista (TEA) en Puerto Rico. La investigación debe evaluar la disponibilidad, accesibilidad, efectividad y suficiencia de estos servicios, así como los procesos de transición de la niñez a la adultez, la coordinación interagencial y la inversión pública. Afecta indirectamente a adultos con TEA, sus familias y cuidadores, al buscar identificar deficiencias y formular recomendaciones para mejorar su calidad de vida e inclusión.
“Para ordenar a la Comisión de Familia, Mujer, Personas de la Tercera Edad y Población con Diversidad Funcional del Senado de Puerto Rico a realizar una investigación encaminada a obtener una radiografía de los servicios gubernamentales dirigidos a la población adulta con diversidad funcional, con especial atención a la sustentabilidad de los programas públicos, accesibilidad y calidad de los servicios, servicios a cuidadores, así como sobre aquellas asistencias públicas que les permitirían su desarrollo pleno como ciudadanos productivos e independientes; evaluar el cumplimiento de las agencias de gobierno con la política pública en beneficio de las personas con diversidad funcional; y para otros fines relacionados.”
La Resolución del Senado 41 ordenaba a la Comisión de Familia, Mujer, Personas de la Tercera Edad y Población con Diversidad Funcional del Senado de Puerto Rico realizar una investigación exhaustiva. El objetivo era obtener un panorama completo de los servicios gubernamentales dirigidos a adultos con diversidad funcional, enfocándose en la sostenibilidad de programas, accesibilidad y calidad de servicios, apoyo a cuidadores, y asistencia para el desarrollo pleno e independencia de esta población. También buscaba evaluar el cumplimiento de las agencias con la política pública establecida.
Para ordenar al Departamento de Educación de Puerto Rico el cumplimiento con la Ley 85-2019, según enmendada y conocida como la “Ley de Reforma Educativa de Puerto Rico:”, específicamente con los Artículos 10.10 y 11.01 del referido estatuto, los cuales garantizan los derechos de los estudiantes de educación especial, así como los derechos de los padres, tutores y encargados, así mismo, con la como la Ley 163- 2024, conocida como la “Ley para la Protección, Integración, Bienestar y Desarrollo Integral de las Personas con los Trastornos del Especto Autista”; y para otros fines relacionados.
La Resolución Conjunta del Senado 138 buscaba ordenar al Departamento de Educación (DEPR) a cumplir con disposiciones específicas de la Ley 85-2018 (identificada erróneamente como 85-2019 en el título de la medida) sobre derechos de estudiantes de educación especial y la Ley 163-2024 sobre personas con Trastorno del Espectro Autista (TEA). También proponía la creación de una nueva clasificación de asistentes de servicios educativos relacionada con el neurodesarrollo y la integración sensorial, y abordar otros planteamientos sobre servicios a estudiantes de educación especial.
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