Qué propone
La Resolución Conjunta del Senado 146 ordena al Departamento de la Familia, a través de la Administración de Familias y Niños (ADFAN), a rendir un informe detallado a la Asamblea Legislativa dentro de los 90 días posteriores a su aprobación. Este informe debe cubrir el número de jóvenes removidos participando en el Servicio de Vida Independiente (SVI) y programas análogos, los servicios ofrecidos, los mecanismos para medir planes de transición y su efectividad, un desglose por edades y géneros, y la duración y monto de los subsidios proporcionados. Afecta directamente a los jóvenes en programas de transición a la vida adulta bajo custodia estatal y a la Legislatura, que recibirá la información para evaluar dichos programas.
Pros
Contras
Intereses en juego
Perspectiva histórica
Esta medida se relaciona con la crisis estructural crónica del sistema de protección de menores en Puerto Rico, administrado por ADFAN. La medida busca fiscalizar la efectividad de los programas de vida independiente para jóvenes removidos, un aspecto crítico del seguimiento y planes de permanencia que históricamente han sido señalados como deficientes debido a la sobrecarga de casos y la falta de personal especializado.
En qué va
La Resolución Conjunta del Senado 146 fue el 23 de febrero de 2026, referida a comisión, y el 11 de junio de 2026. Posteriormente, fue enviada a la Cámara de Representantes, donde apareció en Primera Lectura el 18 de junio de 2026 y fue referida a comisión.
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Última acción · 18 de junio de 2026
Referido a Comisión(es)
La lectura de coincidencia compara solo a favor vs. en contra de cada lado.
A favor (22)
En contra (2)
Otras medidas sobre el mismo asunto. Se encuentran por significado, no solo por palabras.
Para ordenar al Departamento de la Familia de Puerto Rico, específicamente a la Administración de Familias y Niños (ADFAN), rendir un informe detallado sobre los recursos disponibles para adiestramientos a familias en cumplimiento de planes de reunificación familiar, incluyendo el sistema de renglones de servicios, proveedores, costos y mecanismos de monitoreo de eficiencia y calidad; así como sobre el número actual de menores removidos y en albergues participando en planes de reubicación familiar, desglosado por género y edad; y para otros fines relacionados.
La Resolución Conjunta del Senado 139 ordena al Departamento de la Familia, específicamente a la Administración de Familias y Niños (ADFAN), que en un plazo de 90 días desde su aprobación, presente un informe detallado a la Asamblea Legislativa. Este informe debe detallar los recursos para adiestramientos en planes de reunificación familiar (incluyendo renglones, proveedores, costos y monitoreo) y estadísticas sobre menores removidos y en albergues participando en dichos planes, desglosados por género, edad y municipio de origen, incluyendo tasas de éxito de reunificación.
Para ordenar a la Defensoría de las Personas con Impedimentos la creación de un “Código Integral de derechos para la defensa de Personas con Diversidad Funcional” que contenga toda la legislación y reglamentación dirigida a la protección de dicha población; la redacción de dicho Código estará a cargo de un grupo multisectorial adscrito a la Defensoría de las Personas con Impedimentos de Puerto Rico; y para otros fines relacionados.
La Resolución Conjunta del Senado 149 ordena a la Defensoría de las Personas con Impedimentos crear, en un plazo de un año y conforme a los recursos disponibles, un inventario o guía de información legal sobre legislación y reglamentación importante para la protección de personas con diversidad funcional. Esta herramienta será pública, accesible en línea y de carácter informativo, sin crear nuevos derechos ni alterar los existentes.
Para ordenar a la Comisión de Personas de la Tercera Edad del Senado de Puerto Rico realizar una investigación para conocer el estado actual de los hogares de envejecientes que se encuentran el Distrito Senatorial Mayagüez-Aguadilla, a los fines de auscultar el estado y los servicios que se les ofrece a los adultos mayores, de los municipios que comprenden el Distrito Senatorial Mayagüez-Aguadilla.
La Resolución del Senado 146 ordena a la Comisión de Familia, Mujer, Personas de la Tercera Edad y Población con Diversidad Funcional del Senado de Puerto Rico realizar una investigación sobre el estado actual y los servicios ofrecidos en los hogares de envejecientes dentro del Distrito Senatorial de Mayagüez-Aguadilla. La investigación deberá evaluar la cantidad de estas instituciones y su cumplimiento con servicios de calidad, y la Comisión tiene 180 días para rendir un informe con conclusiones y recomendaciones. Afecta directamente a los adultos mayores residentes en dichos hogares, a los operadores de estos establecimientos y a la Comisión senatorial encargada de la investigación.
Para ordenar al Departamento de Recreación y Deportes (DRD), en coordinación con el Departamento de la Familia y la Administración de Familias y Niños (ADFAN), la elaboración de un informe evaluativo sobre los programas existentes de recreación adaptada para adultos mayores, sus alcances, beneficios y oportunidades de expansión; y para otros fines relacionados.
Esta Resolución Conjunta ordena al Departamento de Recreación y Deportes (DRD) y a la Administración de Familias y Niños (ADFAN) a elaborar, en un plazo de 90 días tras su aprobación, un informe evaluativo sobre los programas de recreación adaptada para adultos mayores. El informe debe detallar su cobertura, beneficios, accesibilidad, identificar brechas y proponer oportunidades de expansión y mejora de la coordinación interinstitucional, sin que esto implique un impacto fiscal inmediato.
Para ordenar al Departamento de la Familia y a la Administración para el Cuidado y Desarrollo Integral de la Niñez (ACUDEN) revisar, armonizar, adoptar, promulgar e implantar, dentro de un término cierto, la reglamentación aplicable a la Ley Núm. 173-2016, según enmendada por la Ley Núm. 206-2024; disponer para la uniformidad de criterios administrativos entre las dependencias concernidas; requerir la rendición de informes periódicos a la Asamblea Legislativa; y para otros fines relacionados.
Esta Resolución Conjunta ordena al Departamento de la Familia y a la Administración para el Cuidado y Desarrollo Integral de la Niñez (ACUDEN) a revisar, armonizar, adoptar, promulgar e implementar la reglamentación aplicable a la Ley Núm. 173-2016, según enmendada por la Ley Núm. 206-2024. El objetivo es asegurar la uniformidad de criterios administrativos entre ambas agencias y otras dependencias relacionadas, como la Oficina de Licenciamiento. Se establece un plazo de 120 días para completar esta tarea y se exige la presentación de informes periódicos a la Asamblea Legislativa sobre el progreso.
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