Qué propone
Esta Resolución Conjunta ordena al Secretario de Hacienda a tomar las gestiones necesarias para que Puerto Rico se una al consorcio de lotería interestatal 'Mega Millions Jackpot'. Crea un Fondo Especial de Apoyo Fiscal Municipal, al cual se destinará el 75% de los ingresos netos generados por la participación en dicho juego, mientras que el 25% restante irá al . La medida establece un plazo de 365 días para su cumplimiento y requiere la creación conjunta de por parte de Hacienda y la Oficina de Gerencia y Presupuesto para la administración y distribución de los fondos municipales.
Pros
Contras
Intereses en juego
En qué va
La Resolución Conjunta de la Cámara 290 fue el 12 de febrero de 2026 y referida a la Comisión de Hacienda el 17 de febrero de 2026, tras su primera lectura.
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Última acción · 17 de febrero de 2026
Referido a Comisión(es)
Otras medidas sobre el mismo asunto. Se encuentran por significado, no solo por palabras.
Para asignar a los municipios, la cantidad de cuatro millones setecientos veintiocho mil doscientos sesenta y cinco dólares con ochenta y nueve centavos (4,728,265.89) provenientes de los ingresos generados según se dispone en la Sección 29, Inciso b, de la Ley Núm. 11 de 22 de agosto de 1933, según enmendada, conocida como “Ley de Máquinas de Juegos Azar” a ser transferidos para llevar a cabo los propósitos que se describen en la Sección 1 de esta Resolución Conjunta; para autorizar la contratación de tales obras; autorizar el traspaso de fondos; autorizar el pareo de los fondos reasignados; y para otros fines.
Esta Resolución Conjunta asigna $4,728,265.89 a 15 municipios de Puerto Rico, provenientes de los ingresos generados por la Ley de Máquinas de Juegos de Azar (Ley Núm. 11 de 1933). Los fondos se destinarán a obras de infraestructura, mejoras permanentes, rehabilitación de facilidades públicas y recreativas, y gastos operacionales específicos detallados por municipio. La medida autoriza la contratación de obras y el pareo de fondos con otras fuentes.
Para asignar la cantidad de cuatro millones setecientos veintiocho mil doscientos sesenta y cinco con noventa centavos ($4,728,265.90) provenientes de los fondos correspondientes a la participación de los municipios en los ingresos generados por las Máquinas de Juegos de Azar en Ruta, en virtud de la Sección 29 de la Ley Núm. 11 de 22 de agosto de 1933, según enmendada, conocida como “Ley de Máquinas de Juegos de Azar”, certificados por la Comisión de Juegos del Gobierno de Puerto Rico al 15 de junio de 2026, para ser distribuidos entre los gobiernos municipales de Puerto Rico con el propósito de atender operaciones municipales; proveer los servicios esenciales; para sufragar obras y mejoras permanentes; mejoras de capital; proyectos de desarrollo económico; mantenimiento de infraestructura crítica; la salud y la seguridad pública de los municipios del Gobierno de Puerto Rico; autorizar el desembolso de dichos fondos; y para otros fines relacionados.
Esta Resolución Conjunta asigna $4,728,265.90 de los ingresos generados por máquinas de juegos de azar en ruta. Estos fondos, provenientes de la participación de los municipios en dichos ingresos y certificados por la Comisión de Juegos al 15 de junio de 2026, se distribuirán entre diez municipios específicos. El propósito es sufragar operaciones municipales, servicios esenciales, obras permanentes, mejoras de capital, proyectos de desarrollo económico, mantenimiento de infraestructura crítica, y la salud y seguridad pública.
Para ordenar al Departamento de Hacienda del Gobierno de Puerto Rico la preparación y publicación anual de un Informe de Gasto Tributario Municipal comenzando con el año 2025, que incluya el examen del impacto que las distintas excepciones, exenciones, créditos, deducciones, exclusiones y tasas preferenciales creadas por legislación del Gobierno Central y municipal tienen sobre los recaudos municipales, su base imponible, su estabilidad fiscal y sobre su capacidad para prestar servicios esenciales; y para otros fines relacionados.
Esta Resolución Conjunta ordena al Departamento de Hacienda de Puerto Rico a preparar y publicar anualmente, a partir del año 2025, un Informe de Gasto Tributario Municipal. Este informe examinará el impacto de las exenciones, créditos y otras disposiciones fiscales (tanto del gobierno central como municipales) sobre los recaudos, la base imponible, la estabilidad fiscal y la capacidad de los municipios para prestar servicios esenciales. El estudio deberá incluir recomendaciones y proyecciones a cinco años, y se realizará en colaboración con el CRIM y las asociaciones de alcaldes.
Para ordenar a la Oficina de Gerencia y Presupuesto del Gobierno de Puerto Rico y al Departamento de Hacienda a asignar la cantidad de un millón ($1,000,000.00) de dólares a cada uno de los setenta y ocho (78) municipios de Puerto Rico, para el Año Fiscal 2026-2027, provenientes del sobrante del Fondo General correspondiente al Año Fiscal 2025-2026, con el propósito de apoyar la preparación y mitigación de daños ante el inicio de la temporada de huracanes; y para otros fines relacionados
Esta Resolución Conjunta ordena a la Oficina de Gerencia y Presupuesto (OGP) y al Departamento de Hacienda a asignar $1,000,000.00 a cada uno de los 78 municipios de Puerto Rico para el Año Fiscal 2026-2027. Los fondos provendrán de un sobrante proyectado del Fondo General del Año Fiscal 2025-2026. El propósito es apoyar la preparación y mitigación de daños ante la temporada de huracanes, permitiendo su uso en obras de mitigación, mantenimiento, mejoras permanentes, y gastos operacionales municipales relacionados con emergencias.
Para ordenar al Departamento de Hacienda de Puerto Rico que en la gestión y contratación de seguros públicos para los municipios tome en consideración la eliminación del riesgo asociado a accidentes en carreteras y aceras estatales que se encuentren dentro de los límites territoriales municipales, en virtud de la inmunidad concedida a los municipios por el Código Municipal.
Esta Resolución Conjunta ordena al Departamento de Hacienda a considerar la eliminación del riesgo de accidentes en carreteras y aceras estatales dentro de municipios al gestionar y contratar seguros públicos para los municipios. Esto se basa en la inmunidad municipal establecida por el Código Municipal de Puerto Rico (Ley 107-2020) para dichos incidentes. El Departamento de Hacienda tiene 30 días tras la vigencia de la medida para informar a la Asamblea Legislativa sobre la reducción de primas resultante.
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