Para asignar la suma de un millón quinientos mil dólares ($1,500,000), a ser distribuidos a organizaciones sin fines de lucro dedicadas a atender a sobrevivientes de violencia de género para que puedan garantizar sus operaciones administrativas y puedan brindar sus servicios de manera diligente, directa a sobrevivientes de violencia; y para otros fines relacionados.
Qué propone
Esta Resolución Conjunta asigna $1,500,000 para organizaciones sin fines de lucro que atienden sobrevivientes de violencia de género. Los fondos se destinarán a gastos operacionales y administrativos, garantizando la continuidad y calidad de los servicios directos. La Oficina de la Procuradora de las Mujeres (OPM) desarrollará las guías de distribución y supervisará el uso de los fondos, con informes requeridos a las entidades receptoras y a la Asamblea Legislativa.
Pros
Contras
Intereses en juego
Perspectiva histórica
Esta medida se inscribe en la respuesta gubernamental a la violencia de género, un tema que ha estado marcado por la presión cívica y la acción ejecutiva, como la creación de la Oficina de la Procuradora de las Mujeres (OPM) y la declaración de un estado de emergencia por violencia de género en 2021. La a organizaciones sin fines de lucro, supervisada por la OPM, es un paso en la dirección de fortalecer los servicios directos a sobrevivientes, un aspecto crucial de la respuesta multisectorial que busca optimizar la protección y provisión de intercesoría legal.
En qué va
Esta Resolución Conjunta fue el 23 de marzo de 2026 y referida a la Comisión de Hacienda de la Cámara de Representantes el 7 de abril de 2026.
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Última acción · 7 de abril de 2026
Referido a Comisión(es)
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Para asignar la suma de un millón de dólares ($1,000,000), a ser distribuidos a las organizaciones que componen la Red Nacional de Albergues de Violencia de Género, para que puedan mantenerse operantes y ampliando sus servicios y alcance a las sobrevivientes de violencia; y para otros fines relacionados.
La Resolución Conjunta del Senado 11 (RCS 11) propone asignar un millón de dólares ($1,000,000) para ser distribuidos a las organizaciones que componen la Red Nacional de Albergues de Violencia de Género. Estos fondos se destinarán a mantener operantes y ampliar los servicios y el alcance de dichas organizaciones para las sobrevivientes de violencia de género. La Oficina de Gerencia y Presupuesto (OGP) deberá identificar y consignar estos fondos para el Año Fiscal 2025-2026, y la Oficina de la Procuradora de las Mujeres (OPM), junto a la OGP, facilitará la distribución y desembolso, requiriendo un informe de uso a la Asamblea Legislativa para el 31 de diciembre de 2025.
Para ordenar a la Oficina de la Procuradora de las Mujeres actualizar el directorio de recursos y agencias gubernamentales que proveen asistencia a las víctimas de violencia doméstica, así como ordenar a las agencias gubernamentales incluir en sus portales el número de la línea de orientación a víctimas de violencia doméstica, y el enlace electrónico que redirija a los usuarios al directorio de recursos; y para otros fines relacionados.
Esta Resolución Conjunta ordena a la Oficina de la Procuradora de las Mujeres (OPM) actualizar un directorio de recursos y agencias gubernamentales que asisten a víctimas de violencia doméstica. También exige a todas las agencias gubernamentales incluir en sus portales electrónicos el número de la línea de orientación a víctimas de violencia doméstica y un enlace directo al directorio de la OPM. La OPM tiene 90 días para actualizar el directorio, y las agencias tienen 90 días adicionales para implementar los enlaces y números en sus portales. La OPM deberá informar a la Asamblea Legislativa sobre sus gestiones.
Para establecer un albergue-hogar para mujeres maltratadas, adscrito al Departamento de la Familia, en la región geográfica que comprende los municipios propios del Distrito Representativo Núm. 16, Isabela, San Sebastián y Aguadilla; facultar al Departamento de la Familia para implementar esta ley; y para asignar fondos.
Esta Resolución Conjunta (RCC 400) establece un nuevo albergue-hogar para mujeres maltratadas, adscrito al Departamento de la Familia. El albergue se ubicará en la región geográfica que incluye los municipios de Isabela, San Sebastián y Aguadilla. La medida faculta al Departamento de la Familia para implementar la ley y asignar los fondos necesarios para su funcionamiento.
Para crear la “Ley de Apoyo Financiero Permanente a la Red Nacional de Albergues de Violencia de Género”, con el propósito de proveer para una asignación mínima de fondos recurrentes y permanentes, para que estos puedan ofrecer, ininterrumpidamente, sus servicios a sobrevivientes de violencia de género, según corresponda; y para otros fines relacionados.
La medida propone crear la "Ley de Apoyo Financiero Permanente a la Red Nacional de Albergues de Violencia de Género". A partir del Año Fiscal 2026-2027, se asigna anualmente un millón de dólares ($1,000,000.00) a la Procuraduría de la Mujer para ser desembolsados a la Red de Albergues de Violencia Doméstica de Puerto Rico, Inc. Esta asignación busca garantizar fondos recurrentes para que la Red pueda continuar ofreciendo servicios ininterrumpidos a sobrevivientes de violencia de género. La Oficina de Gerencia y Presupuesto (OGP) deberá separar estos fondos anualmente en el presupuesto general.
Para ordenar a la Comisión de Asuntos de la Mujer de la Cámara de Representantes de Puerto Rico a realizar una investigación exhaustiva sobre el estado e implementación por parte de la Oficina de la Procuradora de las Mujeres, la Policía de Puerto Rico, el Departamento de Justicia, la Administración de Tribunales, el Departamento de la Vivienda y las organizaciones sin fines de lucro que ofrezcan servicios a víctimas sobrevivientes de violencia doméstica sobre el estado actual de acceso a vivienda segura o de traslado seguro a una vivienda, en cumplimiento con la "Violence Against Women Act" de 1994 y el programa estatal establecido bajo ésta; y para otros fines relacionados.
Esta Resolución de la Cámara (RC 419) ordena a la Comisión de Asuntos de la Mujer de la Cámara de Representantes a realizar una investigación exhaustiva. El objetivo es evaluar el estado de implementación y acceso a vivienda segura o traslado seguro para víctimas de violencia doméstica, por parte de la Oficina de la Procuradora de las Mujeres, la Policía, Justicia, Administración de Tribunales, Vivienda y organizaciones sin fines de lucro. La investigación debe verificar el cumplimiento de la ley federal 'Violence Against Women Act' (VAWA) de 1994 y su programa estatal. Afecta directamente a las agencias y organizaciones mencionadas, que deberán proveer información, y busca beneficiar a las víctimas de violencia doméstica al mejorar su acceso a vivienda segura.
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