Qué propone
Esta Resolución Conjunta ordena a la Comisión para la Seguridad en el Tránsito (CST) a establecer e implantar un plan de acción específico para prevenir accidentes en un tramo particular de la Avenida Alfonso Valdés Cobián (carretera PR-2R, intersección 65) en Mayagüez. El plan debe incluir la identificación de recursos financieros y estrategias viables para solucionar la alta incidencia de percances en dicha vía. La CST tiene 120 días tras la aprobación de la medida para presentar un informe de resultados ante la Cámara y el Senado.
Pros
Contras
Intereses en juego
Perspectiva histórica
La medida aborda la seguridad vial en una carretera específica, lo cual se enmarca en el tema más amplio de la infraestructura vial y su mantenimiento, un problema crónico en Puerto Rico según los fragmentos. Estos fragmentos detallan el deterioro de la red de carreteras secundarias y terciarias, la deuda de la Autoridad de Carreteras y Transportación (ACT) y la falta de inversión sostenida, lo que históricamente ha afectado la seguridad y la calidad de las vías.
En qué va
Esta Resolución Conjunta fue el 4 de junio de 2026 y apareció en Primera Lectura de la Cámara el 8 de junio de 2026, siendo referida a la Comisión de Transportación e Infraestructura.
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Última acción · 8 de junio de 2026
Referido a Comisión(es)
Otras medidas sobre el mismo asunto. Se encuentran por significado, no solo por palabras.
Para ordenar a la Autoridad de Carreteras y Transportación de Puerto Rico, conforme a los estatutos de la Ley Núm. 74 de 23 de junio de 1965, según enmendada, establecer e implantar los mecanismos necesarios para el funcionamiento eficiente de los sistemas de alumbrado eléctrico en las calles y carreteras que posibilitan y viabilizan el tránsito de vehículos y peatones en el Municipio de Mayagüez; igualmente, desarrollar planes de mantenimiento y provisión de servicios para garantizar la existencia y ejecución efectiva de la infraestructura que genere energía para iluminación precisa y adecuada en las vías de rodaje y caminos antes referidos.
Esta Resolución Conjunta ordena al Departamento de Transportación y Obras Públicas (DTOP) y a la Autoridad de Carreteras y Transportación (ACT) que, en coordinación con LUMA Energy, la Autoridad de Energía Eléctrica (AEE) u otras entidades, establezcan e implanten mecanismos para el funcionamiento eficiente del sistema de alumbrado eléctrico en calles y carreteras del Municipio de Mayagüez. También les ordena desarrollar planes de mantenimiento y provisión de servicios para garantizar la infraestructura de iluminación en dichas vías. Adicionalmente, se les requiere presentar un informe detallado sobre el cumplimiento de estas órdenes dentro de 120 días tras su aprobación.
“Para ordenar al Departamento de Transportación y Obras Públicas a realizar obras de mejoras a la Carretera PR-357 que discurre entre el Municipio de Maricao al Municipio de Mayagüez; y para otros fines relacionados.”
Esta Resolución Conjunta ordena al Departamento de Transportación y Obras Públicas (DTOP) a realizar obras de mejora específicas en la Carretera PR-357, desde el Km 0.0 al 7.1, que conecta los municipios de Maricao y Mayagüez. Establece un plazo de 180 días para iniciar los trabajos y 12 meses para completarlos, incluyendo fresado, depósito de asfalto, marcado de pavimento y ajuste de registros. El DTOP deberá rendir informes de progreso cada seis meses y un informe final 120 días después de terminadas las obras.
Para ordenar al Departamento de Transportación y Obras Públicas, en coordinación con el Municipio Autónomo de Cabo Rojo y la Policía de Puerto Rico, realizar los estudios técnicos de ingeniería de tránsito y llevar a cabo los trámites administrativos correspondientes para el establecimiento de un sistema de tránsito vehicular en una sola dirección en el tramo comprendido entre los kilómetros 3.8 y 4.3 de la Carretera PR-308, en la Comunidad de Puerto Real del Municipio Autónomo de Cabo Rojo; ordenar la instalación de la rotulación y señalización necesaria; requerir la rendición de un informe a la Asamblea Legislativa de Puerto Rico; y para otros fines relacionados.
Esta Resolución Conjunta ordena al Departamento de Transportación y Obras Públicas (DTOP), en coordinación con el Municipio de Cabo Rojo y la Policía de Puerto Rico, a realizar estudios técnicos y trámites administrativos para establecer un sistema de tránsito vehicular en una sola dirección en un tramo específico (kilómetros 3.8 a 4.3) de la Carretera PR-308 en Puerto Real, Cabo Rojo. También ordena la instalación de señalización y la rendición de un informe a la Asamblea Legislativa en 120 días. Afecta directamente a los conductores, residentes, comerciantes y visitantes de esa comunidad costera.
Para ordenar a la Autoridad de Carreteras y Transportación y al Departamento de Transportación y Obras Públicas de Puerto Rico, realizar un estudio de transito entre la Carretera Estatal PR-177 (Avenida Los Filtros) y la intersección con la Carretera Estatal PR-833 (área del semáforo donde ubica el "Hogar Crea") en el Municipio de Guaynabo, con el propósito de identificar alternativas viables dirigidas a descongestionar el tránsito de vehículos de motor en dicha área; y para otros fines relacionados.
Esta Resolución Conjunta ordena a la Autoridad de Carreteras y Transportación (ACT) y al Departamento de Transportación y Obras Públicas (DTOP) a realizar un estudio de tránsito en un área específica del Municipio de Guaynabo, entre la PR-177 (Avenida Los Filtros) y la PR-833. El estudio debe identificar alternativas para descongestionar el tráfico y mejorar la seguridad peatonal, incluyendo un análisis específico sobre los beneficios de una rotonda en dicha intersección. El estudio debe completarse en un plazo máximo de 180 días tras su aprobación.
Para ordenar al Departamento de Transportación y Obras Públicas (DTOP), al Departamento de Desarrollo Económico y Comercio (DDEC) y a los municipios de Puerto Rico, establecer de manera coordinada un plan interagencial de orientación, asistencia y reubicación para los comerciantes de negocios ambulantes que cuentan con patentes municipales vigentes, pero que ubican en servidumbres de paso estatales; establecer una moratoria de desalojos y multas para permitir una transición justa que no menoscabe la capacidad de estos negocios de generar ingresos; y para otros fines relacionados.
Esta Resolución Conjunta ordena al Departamento de Transportación y Obras Públicas (DTOP), al Departamento de Desarrollo Económico y Comercio (DDEC) y a los municipios de Puerto Rico a crear un Comité de Trabajo Interagencial para diseñar e implementar un Plan de Transición y Asistencia al Comerciante Ambulante. Establece una moratoria de 180 días para desalojos y multas a estos comerciantes con patentes municipales vigentes que operan en servidumbres estatales, siempre que no representen un peligro inminente. El plan debe incluir inventario, alternativas de reubicación, incentivos económicos y protocolos para posible permanencia bajo acuerdos.
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