Para ordenar al Comité de Evaluación y Disposición de Bienes Inmuebles y a la Junta de Gobierno de la Autoridad de Energía Eléctrica, evaluar conforme a las disposiciones de ley y el reglamento, incluyendo el Reglamento 7239, la transferencia o traspaso de título a los municipios de Puerto Rico que así lo soliciten, los inmuebles aledaños a los embalses pertenecientes a la Autoridad de Energía Eléctrica que actual, o posteriormente, pudieran estar ocupados por clubes de pesca recreativa.
Qué propone
Esta Resolución Conjunta ordena al Comité de Evaluación y Disposición de Bienes Inmuebles y a la Junta de Gobierno de la Autoridad de Energía Eléctrica (AEE) a evaluar la transferencia de título de propiedades de la AEE adyacentes a embalses a municipios que lo soliciten. La evaluación debe considerar inmuebles ocupados o que puedan ser ocupados por clubes de pesca recreativa, siguiendo las leyes y aplicables, incluido el Reglamento 7239. La determinación final de ambas entidades deberá presentarse en un solo documento.
Pros
Contras
Intereses en juego
Perspectiva histórica
Esta medida se inscribe en la evolución de la autonomía municipal en Puerto Rico, un proceso que se ha buscado consolidar a través de leyes como la Ley de Municipios Autónomos de 1991 y el Código Municipal de 2020. La transferencia de propiedades de la AEE a los municipios, como propone la medida, es un ejemplo concreto de cómo se busca fortalecer la capacidad de gestión y el control territorial de los gobiernos locales, aunque el traspaso efectivo de competencias ha sido desigual.
En qué va
Esta Resolución Conjunta fue el 5 de junio de 2026 y referida a la Comisión de Gobierno de la Cámara de Representantes el 8 de junio de 2026, tras su primera lectura.
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Última acción · 8 de junio de 2026
Referido a Comisión(es)
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Para ordenar al Comité de Evaluación y Disposición de Bienes Inmuebles a emitir una Resolución a favor de la transferencia del usufructo libre de costo por parte de la Junta de Gobierno de la Autoridad de Energía Eléctrica a los municipios de Puerto Rico que así lo deseen, los muebles aledaños a los embalses que actualemente ocupan los clubes de pesca recreativa.
Se trata del usufructo de inmuebles aledaños a embalses que actualmente ocupan clubes de pesca recreativa; el texto no identifica ubicación, cabida ni número de finca o catastro. Ordena al CEDBI emitir una resolución a favor de que la Junta de Gobierno de la AEE otorgue el usufructo a los municipios que lo soliciten, por un costo nominal de un dólar ($1.00), sin transferir el título de propiedad. El articulado garantiza acceso irrestricto a la AEE, pero no fija plazo, uso obligatorio ni reversión al Estado. La Exposición de Motivos plantea que los municipios podrían pasar la operación y mantenimiento a los clubes, pero el articulado no les exige hacerlo.
Para ordenar al Comité de Evaluación y Disposición de Propiedades Inmuebles, creado mediante la Ley 26-2017, según enmendada, conocida como la “Ley de Cumplimiento con el Plan Fiscal”, evaluar conforme a las disposiciones de la Ley y su Reglamento, la transferencia, usufructo o cualquier otro negocio jurídico contemplado en dicha Ley, por parte del Programa de Parques Nacionales adscrito al Departamento de Recursos Naturales y Ambientales al Municipio de San Juan, del Parque Luis Muñoz Rivera, localizado en Puerta de Tierra en el Municipio de San Juan, incluyendo todas sus instalaciones y edificaciones; establecer condiciones suspensivas para cualquier transferencia de título; y para otros fines relacionados.
Esta Resolución Conjunta ordena al Comité de Evaluación y Disposición de Propiedades Inmuebles, creado bajo la Ley 26-2017 (Ley de Cumplimiento con el Plan Fiscal), que evalúe la transferencia, usufructo o cualquier otro negocio jurídico del Parque Luis Muñoz Rivera, actualmente bajo el Programa de Parques Nacionales (DRNA), al Municipio de San Juan. Establece un plazo de 30 días para la evaluación y fija condiciones suspensivas para la transferencia de título, vinculadas a la culminación de obras de reconstrucción.
Para ordenar al Comité de Evaluación y Disposición de Bienes Inmuebles, creado por virtud de la Ley 26-2017, según enmendada, conocida como “Ley de Cumplimiento con el Plan Fiscal”, evaluar conforme a las disposiciones de la ley y el reglamento, la transferencia, usufructo o cualquier otro negocio jurídico contemplado en dicha Ley, al Municipio de Juana Díaz, de las instalaciones de la antigua Escuela Ramón Enrique Ortíz localizada en dicho municipio, y para otros fines relacionados
Esta Resolución Conjunta ordena al Comité de Evaluación y Disposición de Bienes Inmuebles a evaluar la transferencia, usufructo o negocio jurídico similar de las instalaciones de la antigua Escuela Ramón Enrique Ortíz en Juana Díaz al Municipio de Juana Díaz. El objetivo es permitir al municipio establecer proyectos de desarrollo económico, educativo, comunitario y deportivo. Se establece un plazo de 60 días laborables para la evaluación del Comité y 30 días adicionales para la materialización del traspaso si se aprueba.
Para ordenar al Comité de Evaluación y Disposición de Bienes Inmuebles, creado por virtud de la Ley 26-2017, según enmendada, conocida como “Ley de Cumplimiento con el Plan Fiscal”, evaluar conforme a las disposiciones de la ley y el reglamento, la transferencia, usufructo o cualquier otro negocio jurídico contemplado en dicha Ley, al Municipio de Juana Díaz, de las instalaciones de la antigua Escuela Tomás Carrión Maduro localizada en dicho municipio, y para otros fines relacionados.
Esta Resolución Conjunta ordena al Comité de Evaluación y Disposición de Bienes Inmuebles (CEDBI) a evaluar la transferencia, usufructo o negocio jurídico similar de las instalaciones de la antigua Escuela Tomás Carrión Maduro en Juana Díaz al Municipio de Juana Díaz. Establece plazos de 60 días para la evaluación del CEDBI y 30 días para la materialización de la cesión si es aprobada. La medida se fundamenta en la política pública de la Ley 26-2017 para disponer de propiedades gubernamentales en desuso para beneficio social y comunitario.
Para ordenar al Comité de Evaluación y Disposición de Bienes Inmuebles, creado por la Ley 26-2017, según enmendada, mejor conocida como “Ley de Cumplimiento con el Plan Fiscal”, evaluar conforme a las disposiciones de la Ley y el reglamento, la transferencia o traspaso de título de la antigua Escuela Elemental Emiliano Figueroa, localizada en la Carretera Estatal PR-187, Km. 8.2, en el Sector Piñones del Barrio Torrecilla Baja, en Loíza, Puerto Rico, al Municipio de Loíza, a los fines de desarrollar proyectos de impacto social y brindar servicios públicos que redunden en el desarrollo y bienestar de las comunidades circundantes; y para otros fines relacionados.
Esta Resolución Conjunta ordena al Comité de Evaluación y Disposición de Bienes Inmuebles evaluar la transferencia de título de la antigua Escuela Elemental Emiliano Figueroa en Loíza al Municipio de Loíza. El propósito es permitir el desarrollo de proyectos de impacto social y la provisión de servicios públicos. El Comité tiene 60 días laborables para evaluar la transferencia, y si no emite una determinación, se entenderá aprobada, debiendo iniciarse los procedimientos de cesión. La transferencia puede incluir condiciones restrictivas para asegurar el uso público y revertir la propiedad en caso de incumplimiento.
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