Qué propone
Esta Resolución Conjunta ordena al Departamento de la Vivienda, LUMA Energy LLC, la Autoridad de Acueductos y Alcantarillados (AAA) y el Departamento de Transportación y Obras Públicas (DTOP) a iniciar gestiones administrativas y técnicas en un plazo de 30 días tras su aprobación. El objetivo es atender necesidades de vivienda e infraestructura en la comunidad Villa Esperanza de Toa Alta, incluyendo la titulación de viviendas y mejoras permanentes para servicios de energía eléctrica, agua potable, alcantarillado y vialidad.
Pros
Contras
Intereses en juego
Perspectiva histórica
La medida aborda la necesidad de titulación de viviendas y mejoras de infraestructura en una comunidad específica, lo que se relaciona directamente con la informalidad en la titularidad de las viviendas que ha frenado la asistencia económica en emergencias (Fuente 5 y 6) y el legado de asentamientos informales y disputas por el uso de la tierra (Fuente 9). La falta de títulos formales ha sido un obstáculo histórico para el acceso a servicios y ayudas, y esta medida busca atender esa vulnerabilidad.
En qué va
Esta Resolución Conjunta fue el 1 de septiembre de 2026 y referida a comisión en la Cámara de Representantes el 3 de septiembre de 2026, durante la Cuarta de la 20ma. Asamblea Legislativa.
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Última acción · 3 de septiembre de 2026
Referido a Comisión(es)
Otras medidas sobre el mismo asunto. Se encuentran por significado, no solo por palabras.
Para ordenar a LUMA Energy LLC, a la Autoridad de Acueductos y Alcantarillados de Puerto Rico y al Departamento de Transportación y Obras Públicas a iniciar, con carácter prioritario, todas las gestiones administrativas necesarias dirigidas a realizar las mejoras permanentes que permitan a los residentes del sector Villas del Sol, en el municipio de Toa Baja, contar con conexión legal a los servicios de energía eléctrica y acueductos y alcantarillados, y con la infraestructura vial adecuada; y para otros fines relacionados.
Esta Resolución Conjunta ordena a LUMA Energy LLC, a la Autoridad de Acueductos y Alcantarillados (AAA) y al Departamento de Transportación y Obras Públicas (DTOP) a iniciar, en un plazo de 30 días tras su aprobación, las gestiones para realizar mejoras permanentes que conecten legalmente al sector Villas del Sol en Toa Baja a los servicios de energía eléctrica y acueductos/alcantarillados, y que atiendan la infraestructura vial. Se les exige presentar un plan de trabajo y cronograma en 60 días.
Para ordenar al Departamento de la Vivienda a adquirir al precio nominal de un (1.00) dólar por parte de la Autoridad de Tierras, los terrenos donde enclavan las viviendas de los residentes de la Calle Esperanza, en el Sector las Acerolas, del Barrio Almirante Norte del Municipio de Vega Baja, y una vez adquirida la titularidad, segregarlos y cederlos; otorgándole títulos de propiedad a los vecinos de la antes mencionada comunidad; disponiéndose que estas personas estarán exentos del cumplimiento del requisito de ingresos establecido en la Ley Núm. 132 de 1 de julio de 1975, según enmendada.
Esta Resolución Conjunta ordena a la Autoridad de Tierras transferir terrenos específicos en Vega Baja al Departamento de la Vivienda, para que este último los segregue y otorgue títulos de propiedad a los residentes de la Calle Esperanza, Sector Las Acerolas. Se exime a estos residentes del requisito de ingresos de la Ley 132 de 1975. La transferencia por parte de la Autoridad de Tierras deberá completarse en 60 días laborables tras la aprobación.
Para ordenar a LUMA Energy LLC, a la Autoridad de Acueductos y Alcantarillados de Puerto Rico y al Departamento de Transportación y Obras Públicas a iniciar, con carácter prioritario, todas las gestiones administrativas necesarias dirigidas a realizar las mejoras permanentes que permitan a los residentes del sector Villa Calma, en el municipio de Toa Baja, contar con conexión legal a los servicios de energía eléctrica y acueductos y alcantarillados, y con la infraestructura vial adecuada; y para otros fines relacionados.
Esta Resolución Conjunta ordena a LUMA Energy LLC, a la Autoridad de Acueductos y Alcantarillados (AAA) y al Departamento de Transportación y Obras Públicas (DTOP) a iniciar, con carácter prioritario, gestiones administrativas y técnicas para conectar legalmente el sector Villa Calma en Toa Baja a los servicios de energía eléctrica y acueductos/alcantarillados, y mejorar su infraestructura vial. Establece un plazo de 30 días para iniciar estas gestiones y 60 días para presentar un informe detallado sobre el plan de trabajo, cronograma, recursos y financiamiento. Afecta directamente a los residentes de Villa Calma y a las tres agencias públicas/privadas encargadas de los servicios. La medida fue retirada por su autor.
Para ordenar al Departamento de la Vivienda a adquirir al precio nominal de un (1.00) dólar por parte de la Autoridad de Tierras, los terrenos donde enclavan las viviendas de los residentes del barrio Bajura en el sector Bajura Marina del Municipio de Vega Alta, y una vez adquirida la titularidad, segregarlos y cederlos; otorgándole títulos de propiedad a los vecinos de la antes mencionada comunidad; disponiéndose que estas personas estarán exentos del cumplimiento del requisito de ingresos establecido en la Ley Núm. 132 de 1 de julio de 1975, según enmendada.
Esta Resolución Conjunta ordena al Departamento de la Vivienda (DV) adquirir terrenos de la Autoridad de Tierras (AT) en Vega Alta (Barrio Bajura, Sector Bajura Marina) por un dólar simbólico. Luego, el DV deberá segregar y ceder estos terrenos a los residentes actuales, otorgándoles títulos de propiedad. Se exime a estos residentes del requisito de ingresos establecido en la Ley 132 de 1975, permitiendo que personas de bajos recursos, que de otro modo no calificarían bajo esa ley, obtengan la propiedad de sus hogares.
Para ordenar a la Junta de Planificación, al Departamento de Transportación y Obras Públicas, al Departamento de Recursos Naturales y Ambientales y al Municipio de Loíza, llevar a cabo todas las gestiones administrativas requeridas, ya sea por virtud de las leyes o reglamentos aplicables, a los efectos de lograr la obtención de los endosos, la realización de estudios y la identificación de los recursos económicos necesarios para la construcción de un sistema de alcantarillado pluvial para la Comunidad Villa Cañona, en el Municipio de Loíza; y para otros fines relacionados.
Esta Resolución Conjunta ordena a la Junta de Planificación, al Departamento de Transportación y Obras Públicas (DTOP), al Departamento de Recursos Naturales y Ambientales (DRNA) y al Municipio de Loíza a realizar gestiones administrativas. Estas gestiones incluyen obtener endosos, llevar a cabo estudios e identificar recursos económicos para la construcción de un sistema de alcantarillado pluvial en la Comunidad Villa Cañona, Loíza. Además, exige informes periódicos a las Secretarías de ambas Cámaras Legislativas y autoriza a las agencias a parear fondos de diversas fuentes.
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