Qué propone
La Resolución Conjunta del Senado 157 la Resolución Conjunta 1508-2004 para ordenar al Departamento de Transportación y Obras Públicas (DTOP) a vender una propiedad específica en Adjuntas (598.68 m² con una estructura) a Ruth Nilda Rodríguez Ruiz por el valor nominal de un dólar ($1.00). La transacción debe completarse antes del 31 de diciembre de 2026 y se realiza sin sujeción a leyes o que impidan dicha venta bajo las condiciones establecidas.
Pros
Contras
Intereses en juego
En qué va
La Resolución Conjunta del Senado 157 fue el 27 de febrero de 2026 y referida a comisión el 5 de marzo de 2026, tras aparecer en Primera Lectura del Senado.
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Última acción · 5 de marzo de 2026
Referido a Comisión(es)
Otras medidas sobre el mismo asunto. Se encuentran por significado, no solo por palabras.
“Para ordenar al Departamento de Transportación y Obras Públicas a realizar obras de mejoras a la Carretera PR-357 que discurre entre el Municipio de Maricao al Municipio de Mayagüez; y para otros fines relacionados.”
Esta Resolución Conjunta ordena al Departamento de Transportación y Obras Públicas (DTOP) a realizar obras de mejora específicas en la Carretera PR-357, desde el Km 0.0 al 7.1, que conecta los municipios de Maricao y Mayagüez. Establece un plazo de 180 días para iniciar los trabajos y 12 meses para completarlos, incluyendo fresado, depósito de asfalto, marcado de pavimento y ajuste de registros. El DTOP deberá rendir informes de progreso cada seis meses y un informe final 120 días después de terminadas las obras.
Para ordenar al Departamento de Transportación y Obras Públicas (DTOP) del Gobierno de Puerto Rico a establecer una moratoria de seis (6) meses y paralizar inmediatamente cualquier acción de remoción, desalojo o reubicación dirigida a los negocios ambulantes ubicados en las carreteras estatales y para otros fines relacionados.
Esta Resolución Conjunta ordena al Departamento de Transportación y Obras Públicas (DTOP) a establecer una moratoria inmediata de seis (6) meses sobre cualquier acción de remoción, desalojo o reubicación de negocios ambulantes en carreteras estatales. Durante este periodo, el DTOP deberá realizar un inventario de estos negocios, evaluar riesgos de seguridad vial, determinar alternativas menos onerosas que la remoción, identificar posibles espacios de relocalización en coordinación con municipios, y crear criterios uniformes. Al final del plazo, deberá presentar un informe final con hallazgos y recomendaciones de política pública.
Para ordenar al Departamento de Transportación y Obras Públicas (DTOP) de Puerto Rico, en coordinación con el Departamento de Educación, La Autoridad de Edificios Públicos y cualquier otra agencia pertinente del Gobierno de Puerto Rico, evaluar y realizar, conforme a las disposiciones legales y reglamentarias aplicables, la transferencia, cesión, usufructo o cualquier otro negocio jurídico autorizado, por el valor nominal de un dólar ($1.00), del inmueble conocido como la antigua Escuela La Mina, localizada en el Barrio Cubuy, sector Río Blanco del Municipio de Naguabo; incluyendo el solar, finca registral, predio y estructuras que componen dicho inmueble, a favor del Comité Desarrollo Barrio Cubuy, Inc. entidad comunitaria sin fines de lucro representativa del sector; a los fines de formalizar su titularidad y utilización como centro comunitario, centro de operaciones de emergencia, refugio temporero, espacio de turismo comunitario sostenible, centro cultural y educativo, así como plataforma para actividades dirigidas a promover la sostenibilidad económica y social del proyecto; establecer condiciones restrictivas y de reversión; y para otros fines relacionados.
Esta Resolución Conjunta ordena al Departamento de Transportación y Obras Públicas (DTOP), en coordinación con otras agencias, a evaluar y formalizar la transferencia del inmueble conocido como la antigua Escuela La Mina en Naguabo al Comité Desarrollo Barrio Cubuy, Inc. por el valor nominal de un dólar ($1.00). La transferencia se realizará tras una evaluación de 90 días laborales y el inmueble se destinará a fines comunitarios, educativos, culturales, turísticos y de manejo de emergencias. Se establecen condiciones restrictivas y de reversión automática al incumplimiento de los usos autorizados.
Para ordenar al Departamento de Transportación y Obras Públicas (DTOP) a desarrollar un reglamento uniforme y moderno para los negocios ambulantes que operan en las orillas de las carreteras estatales.
Esta Resolución Conjunta ordena al Departamento de Transportación y Obras Públicas (DTOP) a crear un reglamento uniforme y moderno para regular la ubicación y operación de negocios ambulantes en las orillas de las carreteras estatales. El reglamento deberá incluir criterios claros de ubicación y seguridad vial, procedimientos uniformes para permisos, reglas de notificación para proyectos viales, parámetros de trato a comerciantes afectados, mecanismos de transparencia y un periodo de transición razonable. Afecta directamente a los comerciantes ambulantes que operan en las franjas de rodaje de las carreteras estatales y al DTOP, que tendrá la responsabilidad de su desarrollo e implementación.
Para ordenar al Departamento de Transportación y Obras Públicas del Gobierno de Puerto Rico, transferir al Municipio de Naranjito la administración y titularidad registral de las instalaciones descritas en el Acuerdo de Entrada, Uso y Ocupación, Sección de Contratos-DTOP, con número de registro interno 2025-000370, ("RÚSTICA: Parcela de terreno radicada en el Barrio Lomas, Sector La Jagua del término municipal de Naranjito, Puerto Rico, con un área superficial de 20,285.67 metros cuadrados, equivalente a 5.1612 cuerdas, en lindes por el NORTE, con camino vecinal; por el SUR y ESTE, con carretera municipal asfaltada; y por el Oeste, con terrenos de la Sucn. de Sebastián Ramos. Inscrita al Folio 268, del Tomo 87 de Naranjito, Finca 6,029”) con el propósito de formalizar la posesión de la propiedad que el Municipio ha mantenido por más de treinta (30) años y permitir el desarrollo de proyectos que generarán un impacto positivo transformador en la comunidad.
Esta Resolución Conjunta ordena al Departamento de Transportación y Obras Públicas (DTOP) transferir al Municipio de Naranjito la administración y titularidad registral de una parcela de terreno específica (Finca 6,029, Barrio Lomas, Sector La Jagua) en un plazo de 60 días. El propósito es formalizar la posesión que el municipio ha mantenido por más de 30 años y permitir el desarrollo de proyectos recreativos, deportivos y de mejora comunitaria, bajo la condición de que se utilicen para los fines establecidos en la resolución, con reversión al Gobierno de Puerto Rico en caso de incumplimiento.
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