“Para ordenar al Archivo General de Puerto Rico, adscrito al Instituto de Cultura Puertorriqueña, la entrega de las carpetas de información de inteligencia recopiladas por la Policía de Puerto Rico contra ciudadanos puertorriqueños; y para otros fines relacionados.”
Qué propone
La Resolución Conjunta del Senado 29 ordena al Archivo General de Puerto Rico entregar carpetas de información de inteligencia recopiladas por la Policía de Puerto Rico contra ciudadanos puertorriqueños. Se establece un plazo de 90 días para la entrega a los ciudadanos o sus herederos legales, y un proceso ágil y confidencial para reclamarlas. Los expedientes no reclamados en un año pasarán a ser de interés histórico bajo custodia del Archivo, disponibles para consulta pública protegiendo datos sensibles.
Pros
Contras
Intereses en juego
En qué va
La Resolución Conjunta del Senado 29 fue el 25 de febrero de 2025 y referida a comisión el 6 de marzo de 2025. La Comisión de Gobierno del Senado no recomendó su aprobación el 12 de noviembre de 2025, resultando en su rechazo.
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Última acción · 12 de noviembre de 2025
Comisión no recomienda aprobación de la medida
Otras medidas sobre el mismo asunto. Se encuentran por significado, no solo por palabras.
“Para ordenar a la Comisión de Gobierno del Senado de Puerto Rico realizar una investigación exhaustiva sobre aquellas acciones realizadas por el Gobierno de Puerto conducentes a divulgar información confidencial de residentes de Puerto Rico que pudieran constituir una violación a los derechos garantizados por las leyes y la Constitución de Puerto Rico; y que estén dirigidas a colaborar con los esfuerzos de arrestos y deportaciones de personas con estatus migratorio irregular por parte de las autoridades migratorias de los Estados Unidos; y para otros fines relacionados.”
La Resolución del Senado 222 ordena a la Comisión de Gobierno del Senado de Puerto Rico llevar a cabo una investigación exhaustiva. El objetivo es examinar las acciones del Gobierno de Puerto Rico que hayan resultado en la divulgación de información confidencial de residentes, potencialmente violando derechos constitucionales y legales. La investigación se enfocará específicamente en la colaboración con autoridades migratorias de Estados Unidos para la detención y deportación de personas con estatus migratorio irregular.
“Para ordenar al Departamento de la Vivienda del Gobierno de Puerto Rico a digitalizar todos los expedientes originales ubicados en sus oficinas regionales, particularmente aquellos relacionados con propiedades bajo usufructo, vacantes o en proceso de actualización; así como la digitalización de planos y documentos técnicos, a los fines de preservar la información en caso de desastres naturales, incendios, inundaciones u otras emergencias.”
La Resolución Conjunta del Senado 43 ordena al Departamento de la Vivienda (DV) a digitalizar todos los expedientes físicos originales en sus oficinas regionales, priorizando aquellos relacionados con propiedades bajo usufructo, vacantes o en proceso de actualización. También ordena la digitalización de planos y documentos técnicos. El objetivo es preservar esta información ante desastres naturales u otras emergencias, y facilitar su acceso. El DV deberá establecer un protocolo de respaldo seguro y presentar un informe a la Asamblea Legislativa en 120 días detallando el inventario, plan de trabajo, recursos y posibles colaboraciones.
Para crear la “Ley de Administración y Conservación de Documentos Públicos para el Siglo XXI”; derogar la Ley Núm. 5 de 8 de diciembre de 1955, según enmendada; establecer la nueva estructura del Archivo General de Puerto Rico; establecer la política pública sobre la identificación, manejo, protección y conservación de los documentos públicos; establecer el Programa de Gestión de Documentos Públicos para el Gobierno de Puerto Rico; delinear las funciones del Programa y los procedimientos de conservación de documentos e información pública; y para otros fines relacionados.
Esta medida, el P. del S. 69, propone crear la "Ley de Administración y Conservación de Documentos Públicos para el Siglo XXI". Deroga la Ley Núm. 5 de 1955 y establece una nueva estructura y política pública para la gestión, manejo, protección y conservación de documentos públicos en Puerto Rico, incluyendo un Programa de Gestión de Documentos Públicos centralizado. Afecta a todas las dependencias del Gobierno de Puerto Rico, sus empleados y la ciudadanía en cuanto al acceso y manejo de la información pública.
Para ordenar a la Comisión de ________________________ del Senado de Puerto Rico, realizar una investigación sobre el estado del Archivo General de Puerto Rico, particularmente las condiciones del acervo histórico, su infraestructura física, eléctrica y digital, así como cualquier otro asunto que requiera atención de la Asamblea Legislativa con miras a brindarle las herramientas necesarias para cumplir con su deber ante el país; para disponer sobre el proceso de investigación; y para otros fines relacionados.
La Resolución del Senado 3 ordena a una Comisión del Senado de Puerto Rico (aún por especificar) a realizar una investigación exhaustiva sobre el estado actual del Archivo General de Puerto Rico. La investigación debe cubrir las condiciones del acervo histórico, la infraestructura física, eléctrica y digital, y cualquier otro asunto relevante para que la Asamblea Legislativa pueda proveer las herramientas necesarias para su funcionamiento. La Comisión tendrá facultades para celebrar vistas, citar, requerir información y realizar inspecciones, debiendo presentar informes continuos y uno final antes de que concluya la Vigésima Asamblea Legislativa.
Para ordenar a la Comisión de Gobierno del Senado de Puerto Rico realizar una investigación sobre la operación de la Oficina del Procurador del Ciudadano, con particular atención al manejo y resolución de querellas; disponibilidad de personal y recursos para el manejo efectivo de casos; la accesibilidad a los servicios que ofrece la agencia; así como el cumplimiento con los demás deberes y funciones delegados en la Ley Núm. 134 de 30 de junio de 1977, según enmendada; y para otros fines relacionados.
La R. del S. 621 es una resolución investigativa: no enmienda ni deroga la Ley 134-1977 ni crea derechos nuevos para quienes presentan querellas. Ordena a la Comisión de Gobierno del Senado examinar la operación de la Oficina del Procurador del Ciudadano, en particular el manejo y la resolución de querellas, el personal y los recursos, la accesibilidad de los servicios y el cumplimiento de sus deberes bajo esa ley. La Comisión podrá celebrar vistas, citar funcionarios y testigos y requerir información, documentos y objetos. Deberá rendir un informe con hallazgos, conclusiones y recomendaciones legislativas dentro de los 90 días siguientes a la aprobación.
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