Para ordenar a las comisiones de Educación, Arte y Cultura y de Familia, Mujer, Personas de la Tercera Edad y Población con Diversidad Funcional e Impedimentos del Senado de Puerto Rico realizar una investigación exhaustiva sobre el cumplimiento de la Ley 3-1942, conocida como la “Ley de Protección de Madres Obreras”, por parte del Departamento de Educación, particularmente en lo relacionado con el trámite, otorgamiento y pago de licencias de maternidad.
Qué propone
La Resolución del Senado 387 ordena a las Comisiones de Educación, Arte y Cultura; y de Familia, Mujer, Personas de la Tercera Edad y Población con Diversidad Funcional e Impedimentos del Senado de Puerto Rico realizar una investigación exhaustiva sobre el cumplimiento de la Ley 3-1942 (Ley de Protección de Madres Obreras) por parte del Departamento de Educación. La investigación se enfocaría específicamente en el trámite, otorgamiento y pago de licencias de maternidad.
Pros
Contras
Intereses en juego
En qué va
La Resolución del Senado 387 fue el 10 de diciembre de 2025 y referida a comisiones el 12 de enero de 2026. La Comisión de Asuntos Internos emitió un el 10 de junio de 2026, no recomendando su aprobación al considerar que los objetivos se pueden alcanzar por vías de fiscalización ordinarias.
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Última acción · 10 de junio de 2026
Comisión no recomienda aprobación de la medida
Otras medidas sobre el mismo asunto. Se encuentran por significado, no solo por palabras.
Para ordenar a la Comisión de Trabajo y Asuntos Laborales de la Cámara de Representantes de Puerto Rico realizar una investigación exhaustiva sobre el establecimiento de lugares que garanticen a las madres lactantes privacidad, seguridad e higiene para la extracción de la leche materna, tanto en la empresa privada, como en las tres (3) ramas del Gobierno de Puerto Rico, incluyendo sus agencias, instrumentalidades y corporaciones públicas.
La Resolución de la Cámara 182 ordena a la Comisión de Trabajo y Asuntos Laborales de la Cámara de Representantes de Puerto Rico llevar a cabo una investigación exhaustiva. Esta investigación se centrará en el establecimiento y cumplimiento de lugares que garanticen privacidad, seguridad e higiene para madres lactantes que extraen leche materna. Afecta a la empresa privada y a las tres ramas del Gobierno de Puerto Rico, incluyendo sus agencias, instrumentalidades y corporaciones públicas. La Comisión tiene un plazo de 180 días para rendir un informe.
Para ordenar a la Comisión de Salud del Senado de Puerto Rico realizar una investigación sobre la violencia obstétrica con el fin de identificar prácticas, protocolos y políticas que incidan en el trato digno y humanitario de las mujeres durante el embarazo, parto y postparto; y para otros fines relacionados.
La Resolución del Senado 327 ordena a la Comisión de Salud del Senado de Puerto Rico llevar a cabo una investigación exhaustiva sobre la violencia obstétrica. El objetivo es identificar prácticas, protocolos y políticas que afectan el trato digno y humanitario de las mujeres durante el embarazo, parto y postparto. La Comisión tiene la facultad de celebrar vistas públicas, citar testigos y requerir información, debiendo presentar informes continuos y uno final antes de que concluya la Vigésima Asamblea Legislativa.
Para añadir una nueva Sección 2-A a la Ley Núm. 3 de 13 de marzo de 1942, según enmendada; y enmendar los incisos 3 y 4 de la Sección 9.1 del Artículo 9 de la Ley 8-2017, según enmendada, conocida como “Ley para la Administración y Transformación de los Recursos Humanos en el Gobierno de Puerto Rico”, a los fines de establecer el periodo de licencia por maternidad para las madres cuyo hijo o hija ha sido diagnosticado con alguna diversidad funcional; establecer una licencia por paternidad de diez (10) días laborables para los padres de dichos niños y niñas; y para otros fines relacionados.
Esta medida legislativa enmienda la Ley Núm. 3 de 1942 (Protección de Madres Obreras) y la Ley 8-2017 (Administración de Recursos Humanos en el Gobierno). Crea una licencia de maternidad extendida de 10 semanas (4 pre-natal, 6 post-natal, con opción a 1 pre-natal y 9 post-natal) para madres cuyos hijos sean diagnosticados con diversidad funcional. También otorga 10 días laborables adicionales de licencia por paternidad a los padres de estos niños. Afecta a empleadas públicas y privadas, y a sus respectivos patronos.
“Para ordenar a la Comisión de Educación, Arte y Cultura del Senado de Puerto Rico realizar una investigación sobre el estado de cumplimiento del Departamento de Educación de Puerto Rico con la Ley Núm. 158–1999, según enmendada, denominada “Ley de la Carrera Magisterial”, particularmente los incentivos establecidos en ella para el personal docente, los derechos de ascenso, los procedimientos instituidos para honrarlos y el estado de funcionamiento de la plataforma cibernética diseñada para radicar solicitudes y someter documentación al Programa de Carrera Magisterial.”
La Resolución del Senado 347 ordena a la Comisión de Educación, Arte y Cultura del Senado de Puerto Rico realizar una investigación exhaustiva sobre el cumplimiento del Departamento de Educación con la Ley de la Carrera Magisterial (Ley 158-1999). La investigación se centrará en los incentivos docentes, derechos de ascenso, procedimientos para honrarlos, y el estado de la plataforma cibernética para solicitudes del Programa de Carrera Magisterial. La Comisión deberá rendir un informe con hallazgos, conclusiones y recomendaciones dentro de 120 días tras la aprobación de la Resolución.
Para ordenar a la Comisión de Salud del Senado de Puerto Rico realizar una investigación exhaustiva sobre las condiciones en que se encuentran las facilidades del Departamento de Salud, en la Región de Mayagüez.
La Resolución del Senado 37 ordena a la Comisión de Salud del Senado de Puerto Rico llevar a cabo una investigación exhaustiva sobre las condiciones físicas de las facilidades del Departamento de Salud en la Región de Mayagüez. La investigación incluirá la posibilidad de celebrar vistas públicas, citar funcionarios y requerir información y documentos. La Comisión deberá presentar un informe final con hallazgos, conclusiones y recomendaciones dentro de 180 días tras la aprobación de la resolución. Esta medida afecta directamente a la Comisión de Salud del Senado y, de forma indirecta, a los empleados y ciudadanos que utilizan las instalaciones del Departamento de Salud en Mayagüez.
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