Para enmendar la Sección 3 de la R. del S. 191, aprobada el 8 de septiembre de 2025, que ordena a la Comisión de Gobierno del Senado de Puerto Rico realizar una investigación exhaustiva sobre la asignación y uso de los fondos provenientes de la Agencia Federal para el Manejo de Emergencias (FEMA) tras el paso del huracán María, dirigidos a la reconstrucción de los muelles en los Municipios de Humacao y Naguabo.
Qué propone
La Resolución del Senado 419 la Sección 3 de la Resolución del Senado 191, aprobada el 8 de septiembre de 2025. El cambio principal es extender el plazo para que la Comisión de Gobierno del Senado rinda un primer informe en o antes de 180 días a partir del comienzo de la Tercera (enero-junio 2026) y un informe final antes de la conclusión de la Séptima Sesión Ordinaria de la Vigésima Asamblea Legislativa (enero-junio 2028). Afecta directamente a la Comisión de Gobierno del Senado, que es la encargada de la investigación.
Pros
Contras
Intereses en juego
Perspectiva histórica
La medida se enmarca en las secuelas del huracán María, un evento que, según los fragmentos, generó una profunda controversia sobre la respuesta federal y el manejo de la crisis, afectando la confianza pública. La investigación sobre el uso de fondos de FEMA para la reconstrucción de muelles en Humacao y Naguabo es un ejemplo concreto de la fiscalización post-María, reflejando las preocupaciones históricas sobre la transparencia y eficacia de la ayuda federal y la gestión gubernamental en desastres.
En qué va
Esta medida, la Resolución del Senado 419, fue el 27 de enero de 2026 y de Puerto Rico el 29 de enero de 2026, en su Tercera de la Vigésima Asamblea Legislativa.
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Última acción · 29 de enero de 2026
Texto de Aprobación Final en Senado
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A favor (23)
Otras medidas sobre el mismo asunto. Se encuentran por significado, no solo por palabras.
“Para enmendar la Sección 3 de la R. del S. 301, según aprobada el 27 de octubre de 2025, a los fines de extender el término de tiempo de la Comisión de Planificación, Permisos, Infraestructura y Urbanismo del Senado de Puerto Rico, para rendir su informe final.”
La Resolución del Senado 491 enmienda la Sección 3 de la Resolución del Senado 301, aprobada el 27 de octubre de 2025. Específicamente, extiende el plazo para que la Comisión de Planificación, Permisos, Infraestructura y Urbanismo del Senado rinda su informe final sobre la investigación del Puente Número 702 en Arecibo. El nuevo plazo vence al cierre de la 3ra Sesión Ordinaria de la 20ma Asamblea Legislativa (30 de junio de 2026), en lugar de la fecha original del 24 de febrero de 2026. Afecta directamente a la comisión senatorial encargada de la investigación y, de forma indirecta, a los ciudadanos de Arecibo y al público interesado en la seguridad e infraestructura del puente.
Para enmendar la Sección 3 de la R. del S. 264, que ordena a la Comisión de Turismo, Recursos Naturales y Ambientales del Senado de Puerto Rico a realizar una investigación exhaustiva en torno a la asignación de 36.3 millones de dólares de la Agencia Federal para el Manejo de Emergencias (FEMA) al Municipio de Arecibo para la construcción de dos rompeolas en la zona costera de la Avenida Atlántico, evaluar el estado de ejecución del proyecto y las gestiones municipales para asegurar la utilización efectiva de los recursos antes de su fecha de expiración; y para otros fines relacionados.
La Resolución del Senado 330 enmienda la Sección 3 de la Resolución del Senado 264 para extender el plazo de entrega de un informe de investigación. La Comisión de Turismo, Recursos Naturales y Ambientales del Senado deberá ahora someter su informe sobre la asignación de $36.3 millones de FEMA para rompeolas en Arecibo, el estado de ejecución del proyecto y las gestiones municipales, a más tardar el 31 de octubre de 2025. Esto afecta directamente al Municipio de Arecibo y a la Comisión del Senado encargada de la investigación.
Para enmendar la Sección 3 de la R. del S. 264, aprobada el 18 de agosto de 2025, que ordena a la Comisión de Turismo, Recursos Naturales y Ambientales del Senado de Puerto Rico a realizar una investigación exhaustiva en torno a la asignación de 36.3 millones de dólares de la Agencia Federal para el Manejo de Emergencias (FEMA) al Municipio de Arecibo para la construcción de dos rompeolas en la zona costera de la Avenida Atlántico, evaluar el estado de ejecución del proyecto y las gestiones municipales para asegurar la utilización efectiva de los recursos antes de su fecha de expiración; y para otros fines relacionados.
La Resolución del Senado 297 enmienda la Sección 3 de la Resolución del Senado 264, aprobada el 18 de agosto de 2025. La enmienda modifica la fecha límite para que la Comisión de Turismo, Recursos Naturales y Ambientales del Senado someta un informe sobre la investigación de $36.3 millones asignados por FEMA al Municipio de Arecibo para la construcción de dos rompeolas. El informe debe presentarse antes del 10 de octubre de 2025.
Para enmendar la Sección 3 de la R. del S. 194, según aprobada el 20 de octubre de 2025, a los fines de extender el término de tiempo de la Comisión de Trabajo y Relaciones Laborales del Senado de Puerto Rico, para rendir su informe; y para otros fines relacionados.
Esta Resolución del Senado (R. del S. 469) enmienda la Sección 3 de la Resolución del Senado 194, aprobada el 20 de octubre de 2025. Su propósito es extender los plazos para que la Comisión de Trabajo y Relaciones Laborales del Senado rinda su informe. Los nuevos plazos fijan la entrega de un informe parcial para el 30 de junio de 2026 (fin de la Tercera Sesión Ordinaria de la Vigésima Asamblea Legislativa) y la entrega de informes parciales adicionales y un informe final para el 30 de junio de 2028 (fin de la Séptima Sesión Ordinaria de la Vigésima Asamblea Legislativa). Afecta directamente a la mencionada comisión senatorial y, por extensión, al proceso legislativo de evaluación de asuntos laborales.
Para enmendar la Sección 3 de la R. del S. 187, aprobada el 29 de junio de 2025, que ordenar a la Comisión de Gobierno del Senado de Puerto Rico realizar investigaciones continuas sobre la situación del sistema energético en Puerto Rico; incluyendo, pero sin limitarse, a la fiscalización y cumplimiento con las metas establecidas en la política pública energética de Puerto Rico, desarrollo de los proyectos de energía, acceso a energía, servicio y atención al cliente, generación, transmisión y distribución de energía eléctrica en la Isla, impacto ambiental y económico.
La Resolución del Senado 418 enmienda la Sección 3 de la Resolución del Senado 187, aprobada el 29 de junio de 2025. Extiende los plazos para que la Comisión de Gobierno del Senado rinda dos informes sobre la situación del sistema energético en Puerto Rico. El primer informe deberá presentarse dentro de 180 días a partir del inicio de la Tercera Sesión Ordinaria de la 20ma Asamblea Legislativa, y el informe final antes de la conclusión de la Séptima Sesión Ordinaria de dicha Asamblea.
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