Qué se movió cada día en la Legislatura. Toca un día para ver qué le pasó a cada medida. Los filtros te dejan seguir un solo tipo de trámite, como el Calendario de Órdenes Especiales, que es la antesala de una votación.
En trámite
Camino a votarse
Camino a ser ley
Detenidas
Resto
+2 más
7+30 más
8+8 más
9+13 más
+236 más
13+49 más
14+136 más
15+8 más
16+9 más
+54 más
20+49 más
21+15 más
22+51 más
23+31 más
24+80 más
27+123 más
28+21 más
29+159 más
30+36 más
Sra. Wesley E. Cullen como Miembro de la Junta de Directores del Instituto de Cultura Puertorriqueña.
Mons. Wilfredo Peña Moredo como Miembro de la Junta de Directores del Instituto de Cultura Puertorriqueña.
Dr. Edward R. Moreno Alonso como Miembro de la Junta de Directores del Instituto de Cultura Puertorriqueña.
Sr. Alberto L. Rosario Rivera como Miembro de la Junta de Directores de la Autoridad de los Puertos, en calidad de representante del interés público.
Sr. Femando L. Díaz Rivera como Defensor de las Personas con Impedimentos.
Para añadir el Artículo 249-A a la Ley Núm. 146-2012, según enmendada, conocida como “Código Penal de Puerto Rico”, con el fin de tipificar como delito menos grave el acto de intentar cruzar intencionalmente una vía pública inundada, o un cuerpo de agua desbordado, cuando dicha acción requiera la intervención de empleados o funcionarios públicos para rescatar a la persona del riesgo de perecer; fijar la pena de seis meses de reclusión y la obligación de sufragar los gastos en los que necesariamente incurrió el Estado para lograr el rescate; y para otros fines relacionados..
Para designar el dia dieciseis (16) de diciembre de cada año como el "Dia de Concientización Papi y Mami, Los Amo con Toda Mi Vida", con el propósito de promover la expresión del amor, la gratitud y el reconocimiento hacia los padres y figuras parentales en vida; fomentar una cultura de comunicación afectiva y valoración familiar; y para otros fines relacionados.
Para derogar el Artículo 65, añadir un nuevo Artículo 65 y añadir un nuevo Artículo 66A a la Ley de Condominios de Puerto Rico, Ley Núm. 129 de 16 de agosto de 2020, a los fines de aclarar la jurisdicción del Departamento de Asuntos del Consumidor (DACO), y del Tribunal de Primera Instancias para atender las controversias que se susciten bajo dicha Ley; y establecer un nuevo Proceso Adjudicativo Expedito Alterno ante DACO para atender la impugnación de acuerdos, determinaciones, omisiones o actuaciones del Consejo de Titulares, de la Junta de Directores, del director, presidente o del secretario de la Junta de Directores o del Síndico en los condominios con al menos un apartamento de uso residencial; y para otros fines relacionados.
Para añadir un subinciso (39) al inciso (a) de la Sección 1031.02 de la Ley Núm. 1-2011, según enmendada, conocida como “Código de Rentas Internas de Puerto Rico de 2011”, a fin de eximir del pago de contribuciones los ingresos devengados por concepto de las horas extras trabajadas por el personal de rango del Negociado del Cuerpo de Bomberos de Puerto Rico.
Para derogar la Ley Núm. 247-2015, conocida como “Ley para la Promoción de Bolsas Reusables y la Reglamentación del Uso de Bolsas Plásticas en el Estado Libre Asociado de Puerto Rico”; derogar la Ley Núm. 51-2022, según enmendada, conocida como “Ley para prohibir el expendio y utilización de plásticos de un solo uso en todo local comercial, de venta y distribución autorizada a realizar negocios conforme a las leyes del Estado Libre Asociado de Puerto Rico”; adicionar un inciso (z) al Artículo 5 de la Ley Núm. 23 de 20 de junio de 1972, según enmendada, conocida como “Ley Orgánica del Departamento de Recursos Naturales y Ambientales” (DRNA); y adicionar un nuevo inciso (m) y redesignar el actual inciso (m) como inciso (n) del Artículo 3 del Plan de Reorganización Núm. 3 de 22 de junio de 1994, según enmendado, a fin de autorizar al Secretario del Departamento Recursos Naturales y Ambientales establecer un programa de concienciación ambiental que promueva la disminución de plásticos de un solo uso, propulsando el uso de bolsas reusables; y autorizar al Secretario de Hacienda, en conjunto con el Departamento de Desarrollo Económico y Comercio de Puerto Rico, implementar mediante reglamento al respecto un estímulo monetario o crédito contributivo, una vez acreditado por los comercios exentos el cumplimiento con las normas consignadas.
Para adicionar un nuevo inciso (b); enmendar el actual inciso (b); y redesignar los actuales incisos (b), (c) (d) y (e) como incisos (c), (d) (e) y (f) del Artículo 17 de la Ley Núm. 83-2025, conocida como “Ley de la Policía de Puerto Rico”, a fin de autorizar al Superintendente de la Policía de Puerto Rico (PPR), establecer un banco de talentos de miembros de la PPR retirados para que atiendan asuntos puramente administrativos.
Para ordenar a todas las agencias, departamentos, oficinas, dependencias, corporaciones públicas e instrumentalidades del Gobierno de Puerto Rico a que, en coordinación con la Oficina de Gerencia y Presupuesto (OGP) y la Coordinadora de Eficiencia, creada en virtud del Boletín Administrativo Núm. OE-2025-023, identifiquen un ahorro de cinco por ciento (5%) en el presupuesto del Año Fiscal 2026-2027, a los fines de identificar quinientos (500) millones de dólares para financiar una reforma contributiva que beneficie a los contribuyentes de Puerto Rico; y para otros fines relacionados.