Para enmendar el inciso (b) de la Sección 2023.02 del Subcapítulo C del Capítulo 2 del Subtítulo B de la Ley 60-2019, según enmendada, mejor conocida como “Código de Incentivos de Puerto Rico”; a los fines de añadir a la Corporación del Fondo del Seguro del Estado, a la Administración de Compensaciones por Accidentes de Automóviles, a la Administración de Servicios de Salud Mental y Contra la Adicción y al Programa de Salud Correccional del Departamento de Corrección y Rehabilitación como entidades elegibles para que un Médico Cualificado pueda cumplir con el requisito de ciento ochenta (180) horas anuales de servicios comunitarios con remuneración.
Qué propone
La medida, Proyecto de la Cámara 1087, el inciso (b) de la Sección 2023.02 del Código de Incentivos de Puerto Rico (Ley 60-2019). Su propósito es añadir a la Corporación del Fondo del Seguro del Estado (CFSE), la Administración de Compensaciones por Accidentes de Automóviles (ACAA), la Administración de Servicios de Salud Mental y Contra la Adicción (ASSMCA) y el Programa de Salud Correccional del Departamento de Corrección y Rehabilitación como entidades elegibles para que médicos cualificados puedan cumplir con el requisito anual de 180 horas de servicios comunitarios de forma remunerada. Esto afecta a médicos cualificados que buscan mantener sus decretos de incentivos contributivos y a las poblaciones atendidas por estas agencias gubernamentales.
Pros
Contras
Intereses en juego
Perspectiva histórica
La medida aborda la escasez de médicos en Puerto Rico, un problema que se ha agudizado por la emigración masiva de profesionales de la salud debido a las bajas tarifas de reembolso de los planes médicos y los altos costos operacionales. Al ampliar las opciones para que los médicos cumplan con sus horas de servicio comunitario remunerado en agencias gubernamentales, la medida busca retener a estos profesionales y mejorar el acceso a servicios de salud especializados, mitigando así el impacto de la fuga de talento en el sistema sanitario local.
En qué va
La medida fue el 28 de enero de 2026 y apareció en Primera Lectura de la Cámara el 29 de enero de 2026. Fue referida a la Comisión de Hacienda, que en el 15 de septiembre de 2026 no recomendó su aprobación.
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Última acción · 15 de septiembre de 2026
Comisión no recomienda aprobación de la medida
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